Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 03/10/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 31 de julio de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintitrés de Sevilla, dimanante del procedimiento verbal núm. 299/2006. (PD. 4152/2007).

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NIG: 4109142C20060012858.

Procedimiento: Juicio Verbal 299/2006. Negociado: 4D.

Sobre: 129/06.

De: Don Rafael Gálvez Rodríguez.

Procurador: Sr. Ignacio Javier Romero Nieto181.

Contra: Doña Rosa María Pérez Aradilla.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 576/06

En Sevilla, a 19 de julio de 2006.

Vistos por la Ilma. Sra. doña M.ª Amelia Ibeas Cuasante, Magistrada Juez de Primera Instancia (Familia) núm. Veintitrés de Sevilla y su partido, los presentes autos de Regulación Contenciosa de las Relaciones Paterno Filiales, seguidos en este Juzgado con el número 299/06-4.º a instancias de don Rafael Gálvez Rodríguez, representado por la Procuradora doña Rocío Olivares González y dirigido por el Letrado don David Guzmán García, contra doña Rosa María Pérez Aradilla, declarada en rebeldía; habiendo sido parte el Ministerio Fiscal.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales doña Rocío Olivares González, en nombre y representación de don Rafael Gálvez Rodríguez contra doña Rosa María Pérez Aradilla, declarada en rebeldía, debo acordar y acuerdo atribuir la guarda y custodia sobre la hija común menor de edad -Guadalupe- al Sr. Gálvez, así como el ejercicio de la patria potestad. No estableciendo régimen de visitas a favor de la Sra. Pérez. Fijando en 60 euros mensuales, por doce mensualidades la suma a abonar por la Sra. Pérez en concepto de alimentos. Dicha cantidad deberá hacerla efectiva dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante su ingreso en la cuenta de la Entidad Bancaria que al efecto se designe dentro de los cinco primeros días de cada mes por meses anticipados; dicha cantidad será actualizada anualmente el primero de enero de cada año de conformidad con el Índice de Precios al Consumo fijado por el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que lo sustituya; todo ello sin hacer expresa condena en costas a parte alguna.

Esta resolución no es firme y puede ser apelada mediante la interposición del correspondiente recurso ante este Juzgado en el término de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Rosa María Pérez Aradilla, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Sevilla, 31 de julio de dos mil siete.- El/La Secretario.

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