Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 03/10/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de junio de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga, dimanante del procedimiento verbal núm. 842/2006. (PD. 4151/2007).

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NIG: 2906742C20060016990.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 842/2006. Negociado: MB.

Sobre: Desahucio y reclamación de cantidad.

De: Doña Gloria Fernández Trabadelo.

Procuradora: Sra. Ana Anaya Berrocal.

Letrada: Sra. Parras Aparicio, Concepción.

Contra: Luminosos Europa 2001, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N) 842/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga a instancia de Gloria Fernández Trabadelo contra Luminosos Europa 2001, S.L., sobre desahucio y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA 1293/06

En nombre de S.M. el Rey.

En la ciudad de Málaga, a cuatro de octubre de dos mil seis.

Vistos por mí, doña Nuria Martínez Rodríguez, Magistrada-
Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia número Diez de los de Málaga, los presentes autos de juicio verbal, registrados con el número 842/06, siendo parte demandante doña Gloria Fernández Trabadelo, representada por la Procuradora doña Ana Anaya Berrocal y asistida por la Letrada doña Concepción Porras Aparicio, y parte demandada la entidad «Luminosos Europa 2001, S.L.», en situación procesal de rebeldía, en ejercicio de acción de desahucio por falta de pago y de reclamación de rentas vencidas y no satisfechas.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Anaya Berrocal en representación de doña Gloria Fernández Trabadelo, contra «Luminosos Europa 2001, S.L.»:

1. Debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha quince de octubre de 2002 celebrado entre las partes litigantes sobre el local de negocio sito en calle Esmalte, número 6, locales 11 y 12, de Málaga.

2. Debo condenar y condeno a «Luminosos Europa 2001, S.L.» a que desaloje y deje libre y expedito a disposición de la actora el citado inmueble, bajo apercibimiento expreso de que, si así no lo hiciere, se producirá el lanzamiento y a su costa.

3. Debo condenar y condeno a «Luminosos Europa 2001, S.L.» a pagar a la actora el importe de 5.685,83 euros (cinco mil seiscientos ochenta y cinco euros con ochenta y tres céntimos de euro), con los intereses especificados en el fundamento de derecho tercero de la presente Resolución.

4. Debo condenar y condeno a la parte demandada al pago de las costas ocasionadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que habrá de ser preparado ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.

Firme que sea la Resolución, llévese el original al Libro de las de su clase, quedándose testimonio de la misma en los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Luminosos Europa 2001, S.L., extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintinueve de junio de dos mil siete.- El/La Secretario.

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