Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 15/10/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 7 de septiembre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Sevilla, dimanante del procedimiento verbal núm. 686/2006. (PD. 4305/2007).

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NIG: 4109142C20060021926.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 686/2006. Negociado: 1.

De: Ainoa Obras, S.L.

Procuradora: Sra. Susana García Guirado260.

Contra: Don Olga Torres Estévez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«SENTENCIA

En Sevilla, a 17 de julio de 2007; don Rafael J. Páez Gallego, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de esta ciudad y su partido, ha visto y examinado los presentes autos de Juicio verbal de desahucio seguidos ante este Juzgado bajo el núm. 686/06, siendo partes en el mismo como demandante, la mercantil Ainoa Obras, S.L., representada por el Procuradora Sra. García Guirado; y como demandada, doña Olga Tomé Estévez, en ejercicio de acción de recuperación de finca urbana.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. García Guirado, en representación acreditada de la mercantil Ainoa Obras, S.L. contra doña Olga Tomé Estévez, debo declarar y declaro haber lugar a la resolución del contrato de arrendamiento que ligaba a las partes respecto de la vivienda sito en Sevilla, C/ Santa Clara, 59, bajo f, y como consecuencia de ello se condena a la demandada a estar y pasar por dicha declaración e igualmente a desalojar y dejar libre y a la entera disposición de la actora el citado piso, con el apercibimiento que de no verificarlo en el plazo de Ley, se procederá al lanzamiento judicial.

Y debo condenar y condeno igualmente a la referida demandada a abone a la actora las rentas y cantidades asimiladas adeudadas hasta la celebración del juicio, ascendentes a 4.639,79 €; y todo ello con expresa imposición de costas a la referida demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla, en el modo y forma previsto por la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, debiéndose cumplir en todo caso por la demandada lo previsto en el art. 449.1 del mencionado texto legal.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.»

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada doña Olga Torre Estévez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Sevilla, 7 de septiembre de 2007.- La Secretario.

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