Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 18/10/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 18 de septiembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba la modificación parcial de trazado de la vía pecuaria «Cañada Real de Torredelcampo a Cazalilla», en el término municipal de Jaén, provincia de Jaén (VP@1011/2006).

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Examinado el expediente de Modificación de Trazado de la vía pecuaria denominada «Cañada Real de Torredelcampo a Cazalilla», en el término municipal de Jaén, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Las vías pecuarias del término municipal de Jaén fueron clasificadas por Orden Ministerial de 4 de abril de 1968, clasificación publicada en el BOE de 13 de abril de 1968.

Segundo. Solicitada la presente Modificación de Trazado por don Miguel Rosales Peinado, Director del Área de Servicios Municipales de la Diputación Provincial de Jaén, la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Jaén informa favorablemente la referida solicitud por entender que se cumplen todos los requisitos técnicos exigidos por el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de nuestra Comunidad Autónoma.

Tercero. La Modificación de Trazado viene motivada por la instalación de la Planta de Recuperación, Compostaje y Biometanización de RSU Sierra Sur de Jaén y en cumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente al Proyecto de la Planta mencionada

La Modificación de Trazado de la vía pecuaria abarca un tramo de unos 540 m de longitud y 75,22 de anchura que atraviesa la Planta de Recuperación, Compostaje y Biometanización de RSU de la Sierra Sur de Jaén, proponiendo como nuevo trazado dos parcelas adosadas a la vía pecuaria con una superficie total de 40.663,50 m² de superficie, inicialmente desplazadas hacia el Oeste bordeando el vertedero, continuando por el Cordel de Torredelcampo al Vado del Manzano, hasta enlazar de nuevo con la vía pecuaria de, a fin de habilitar el paso y no interrumpir la continuidad de la vía pecuaria «Cañada Real de Torredelcampo a Cazalilla».

Cuarto. Mediante Resolución, de 5 de septiembre de 2006, del Viceconsejero de Medio Ambiente, se acuerda el inicio del Procedimiento Administrativo de Modificación de Trazado de la mencionada vía pecuaria.

Quinto. Redactada la Proposición de Modificación de Trazado, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, ésta se somete a exposición pública, previamente notificada a los interesados y organismos públicos, y anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 237, de fecha 13 de octubre de 2006, no habiéndose presentado alegaciones alguna.

Sexto. Visto el plazo para instruir y resolver el expediente, ante la dificultad técnica de cumplir el mismo se solicitó la ampliación del plazo del procedimiento, siendo resuelta por Resolución del Viceconsejero de Medio Ambiente de fecha 8 de agosto de 2007, ampliándose el plazo de instrucción del expediente por un período de seis meses más.

A la vista de tales Antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento Administrativo de Modificación de Trazado, en virtud de lo preceptuado en los artículos 43 y siguientes del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1.999, de 13 de enero, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. De acuerdo con las determinaciones previstas en la Declaración de Impacto Ambiental aprobadas por la Consejería de Medio Ambiente, la Diputación Provincial de Jaén deberá garantizar el acondicionamiento del nuevo trazado en el plazo máximo de tres meses desde la aprobación de la presente resolución. Así mismo, en el caso de que los terrenos ocupados por la planta para la recuperación y compostaje perdieran en algún momento su uso para esta finalidad, se restituiría el trazado original de la vía pecuaria.

Considerando que del examen del expediente se desprende que de conformidad con lo establecido tanto en el artículo 13 de la Ley de Vías Pecuarias, como en los arts. 39 y siguientes del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía quedan garantizados la continuidad, el tránsito ganadero y los demás usos complementarios y compatibles con aquel, quedando justificada la conveniencia de efectuar la modificación parcial del trazado, y que en su tramitación se ha seguido el procedimiento legalmente establecido,

Vista la propuesta formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén,

RESUELVO

Primero. Desafectar el tramo de la vía pecuaria denominada «Cañada Real de Torredelcampo a Cazalilla», en el término municipal de Jaén, provincia de Jaén.

Longitud desafectada: 540 metros.

Anchura desafectada: 75,22 metros.

Segundo. Aprobar la modificación del trazado parcial de la vía pecuaria denominada «Cañada Real de Torredelcampo a Cazalilla», en el tramo antes referido, en el término municipal de Jaén, que su nuevo trazado comprende dos parcelas adosadas a la Vía Pecuaria con una superficie total de 40.663,50 m² de superficie, inicialmente desplazadas hacia el Oeste bordeando el vertedero, continuando por el Cordel de Torredelcampo al Vado del Manzano, hasta enlazar de nuevo con la vía pecuaria de, a fin de habilitar el paso y no interrumpir la continuidad de la vía pecuaria «Cañada Real de Torredelcampo a Cazalilla».

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 18 de septiembre de 2007.- La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez.

EXPTE.: 279/03

ANEXO

RESOLUCIÓN DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 2007, DE LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DE TRAZADO DE LA VÍA PECUARIA «CAÑADA REAL DE TORREDELCAMPO A CAZALILLA», EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE JAÉN, PROVINCIA DE JAÉN

TRAZADO ACTUAL DE LA VÍA PECUARIA A DESAFECTAR
Punto Coord. X Coord. Y Punto Coord. X Coord. Y
1I 427049,25 4187969,36 1D 427124,08 4187956,75
2I 427069,23 4188179,11 2D 427144,20 4188179,01
3I 427041,92 4188455,66 3D 427109,29 4188544,45
TRAZADO ALTERNATIVO DE LA VÍA PECUARIA
PARCELA S-1
Punto Coord. X Coord. Y
13 426797 4188009
14 426772 4188035
15 426801 4188088
16 426899 4188069
17 426893 4188035
18 426975 4188019
19 427117 4187987
20 427112 4187956
21 476894 4187993
PARCELA S-2
Punto Coord X Coord Y
1 426978 4188353
2 427015 4188380
3 427038 4188391
4 427127 4188402
5 427190 4188450
6 427209 4188474
7 427229 4188518
8 427237 4188563
9 427235 4188581
10 427209 4188592
11 427177 4188620
12 427087 4188487
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