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Detectado error en el tramo de la vía que figura en la Resolución referida, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, conforme al artículo primero, punto 23 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, antes referida, pasamos a las siguientes correcciones:
Donde dice:
- Vía pecuaria denominada "Cordel de las Veredas", en el tramo completa en todo su recorrido a excepción del Descansadero del Baldío de la Barca y los 500 metros iniciales y del Descansadero de Lora.
Debe decir:
- Vía Pecuaria denominada "Cordel de las Veredas", en el tramo completa en todo su recorrido, incluido el Descansadero de Lora, a excepción del Descansadero del Baldío de la Barca y los 500 metros iniciales.
Sevilla, 25 de septiembre de 2007
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