Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 216 de 02/11/2007

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Ayuntamientos

Anuncio de 15 de octubre de 2007, del Ayuntamiento de Algeciras, de bases para la selección de Licenciado en Ciencias Políticas.

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BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE LICENCIADO EN CIENCIAS POLÍTICAS, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO

1.º Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de oposición libre de 1 plaza de Licenciado en Ciencias Políticas, vacante en la plantilla de funcionarios y que figura en el Anexo que acompaña a estas Bases.

La plaza objeto de esta convocatoria está incluida en la Oferta Pública de 2007 y dotada económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación en que se incluye.

2.º Normas generales.

La plaza que se convoca se ajustará a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril; R. Decreto 896/1991, de 7 de junio, y Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Comunicad Autónoma y por cualquiera otras disposiciones aplicables.

3.º Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los solicitantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación exigida.

Los requisitos establecidos en estas bases deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo.

4.º Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en la selección deberán hacerlo constar en instancia con los requisitos del art. 18 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, debiendo constar en la misma la denominación de la vacante, el sistema selectivo exigido y la denominación expresa de que reúne todos y cada uno de los requisitos de la convocatoria.

Las solicitudes se dirigirán a Iltmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, y se entregarán en el registro de entrada del Excmo. Ayuntamiento o en cualquiera de las formas contempladas en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Admisión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará la causa de la exclusión, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/1992.

6.º Tribunales.

El Tribunal Calificador de los méritos y ejercicios de los aspirantes se nombrará según lo recogido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

El Tribunal Calificador de los méritos y ejercicios de los aspirantes será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. Estará constituido por cinco miembros, y en su composición se velará por el cumplimiento del principio de especialidad. La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer igual o superior nivel de titulación o especialización a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

Se designarán miembros suplentes del Tribunal, que junto con los titulares se publicarán en el BOP, no pudiendo constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación de los mismos cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92, o cuando hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la Función Pública en los cinco años anteriores a esta convocatoria.

Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del que actúe como Presidente.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores técnicos, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades, con voz y sin voto.

Los Tribunales Calificadores quedarán facultados, para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, y para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas.

Podrán asistir a las actuaciones del Tribunal Calificador, en calidad de observadores, un representante de cada uno de los Grupos Políticos, con representación municipal, y uno de la Junta de Personal.

7.º Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

En la misma Resolución que aprueba las listas de admitidos y excluidos, se indicará composición nominal del Tribunal, hora y día de comienzo de las pruebas y el lugar de celebración de las mismas. Los sucesivos anuncios para la celebración de las restantes pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con doce horas de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho horas si se trata de un nuevo ejercicio.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

En cualquier momento del proceso selectivo, si los tribunales tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente del Tribunal.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio, en llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la ausencia de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluidos en consecuencia del procedimiento selectivo.

8.º Procedimiento de selección. Oposición.

Consistirá en dos ejercicios, uno teórico y otro práctico.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas del programa, preguntas sueltas sobre el temario o preguntas tipo test, atendiendo a la decisión del Tribunal. La duración máxima de este ejercicio será de dos horas.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo máximo de dos horas para su realización.

9.º Sistema de calificación.

9.1. Se calificará cada ejercicio de la oposición de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos como mínimo en cada uno de ellos. La calificación de esta fase será la suma de los dos ejercicios dividida entre dos.

Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna de las plazas convocadas, será necesario superar los ejercicios de la fase de oposición, y encontrarse en un número de orden no superior al número de plazas convocadas.

9.2. El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación.

En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjesen empates, éstos se resolverán atendiendo al siguiente criterio: Mayor puntuación en el ejercicio práctico.

10.º Propuesta de selección.

Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aprobados por orden de puntuación, proponiendo para su nombramiento a tantos aspirantes como plazas convocadas, y elevará dicha relación al Órgano Municipal competente.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

11.º Presentación de documentos.

11.1. Documentos exigibles.

Los aspirantes propuestos deberán aportar al Departamento de Personal de este Excmo. Ayuntamiento, sin perjuicio de su presentación en el Registro General del Ayuntamiento, los siguientes documentos, acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Copia autentificada o fotocopia (acompañada de original para su compulsa) del título académico exigido, o justificantes de haber abonado los derechos para su expedición.

c) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Tres fotografías tamaño carné.

En el supuesto de poseer un título que sea equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por el organismo competente que acredite la citada equivalencia. Si este documento estuviese expedido después de la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron los estudios, que deberá ser anterior en cualquier caso a la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias.

11.2. Plazo: El aspirante propuesto deberá aportar la documentación exigida, al Departamento de Personal de este Excmo. Ayuntamiento, en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del Departamento de Personal, sito en calle San Antonio (Edificio Escuela).

11.3. Falta de presentación de documentos. Conforme a lo dispuesto en el art. 23 del R.D. 364/1995, del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, quien dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia por solicitar la admisión a las pruebas selectivas.

12.º Nombramiento y toma de posesión.

12.1. Nombramiento y toma de posesión: Una vez presentada la documentación, el Órgano Municipal competente, nombrará como funcionarios en propiedad a los candidatos seleccionados, debiendo tomar posesión de sus cargos, en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente en que se les notifique el nombramiento. Quien sin causa justificada, no tomara posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.

12.2. Formalidades: Para la toma de posesión, los interesados comparecerán en el Ayuntamiento el día y la hora que a tal fin se les comunique, en cuyo momento y como requisito deberán prestar el juramento o promesa que prescribe la legislación vigente.

12.3. Efectos de la falta de toma de posesión: Quienes sin causa justificada no acudan a la toma de posesión, salvo causa de fuerza mayor, en el día y la hora que a tal fin se señale, se entenderá que renuncian a todos los derechos derivados de la convocatoria y del subsiguiente nombramiento.

13.º Incidencias.

El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo de los procesos selectivos.

14.º Base final.

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas en el plazo y forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Subgrupo A1 (anterior grupo A).

Sistema de selección: Oposición libre.

Titulación exigida: Licenciado en Ciencias Políticas.

Fase de oposición: La descrita en la Base 8.ª de las Bases Generales, ateniéndose al siguiente:

PROGRAMA

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución Española: Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado. El Gobierno del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

3. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Andalucía. Estructura y contenido.

4. El Régimen Local Español. El municipio: Organización y competencias. Otras Entidades Locales. La provincia: Organización y competencias. Atribuciones de sus órganos de gobierno.

5. Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales. ROF (Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre). Estatuto del Vecino.

6. La autonomía local. Antecedentes históricos y doctrinales. La autonomía local en la Constitución. Especial referencia al marco competencial de las Entidades Locales.

7. El procedimiento administrativo: Concepto y fases. Recursos administrativos y jurisdiccionales. Formas de acción de la Administración Pública.

8. Los bienes de las Entidades Locales: El dominio público y el patrimonio privado de la administración.

9. Patrimonio municipal del suelo y de la vivienda. Intervención de los Entes Locales en la actividad privada. Especial referencia al procedimiento de concesión de licencias.

10. El presupuesto municipal: Regulación, concepto y principios. Estructura. Elaboración y aprobación del presupuesto.

11. Protección de la legalidad urbanística. Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

12. Teoría general de los contratos administrativos: Concepto y clases.

13. Procedimientos y formas de selección del contratista y adjudicación de los contratos. Derechos y deberes de los contratistas y de la administración.

14. Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (Ley 15/1999, de 13 de diciembre): Disposiciones generales. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Ficheros de titularidad pública.

15. La administración institucional en los ámbitos estatal, autonómico y local. Origen, tipología y régimen jurídico.

16. La Unión Europea: Origen y evolución. Instituciones comunitarias, organización y competencias. El Comité de las Regiones.

17. El Consejo de Europa: Instituciones y organización. El Congreso de Poderes Locales y Regionales de Europa. La Cooperación y el asociacionismo internacional de las Entidades Locales.

18. La Carta Europea de la Autonomía Local. Contenido. Especial referencia a los aspectos económicos y financieros de la carta. Su posición y significación en el ordenamiento jurídico español.

MATERIAS ESPECÍFICAS:

1. Las Ciencias Políticas como disciplina científica. Marco histórico y social en los orígenes de las Ciencias Políticas.

2. La tradición clásica en Ciencias Políticas. Maquiavelo, Hobbes, Lock y Rousseau.

3. Desarrollo económico y proceso de modernización. La sociedad de consumo de masas. Crisis de la sociedad industrial. El advenimiento de la sociedad postindustrial y las nuevas tecnologías.

4. La mundialización de la vida social, de las tecnologías y de los medios de comunicación de masas. Las sociedades del tercer mundo y las sociedades multinacionales.

5. La función del politólogo en la Administración Pública: Urbanismo, bienestar social y servicios sociales, participación ciudadana, cultura, medio ambiente, socioeconomía y otros servicios.

6. Investigación social en la Administración Pública. Planificación de Políticas, diseño y evaluación. El documento administrativo como fuente de información.

7. Las organizaciones en la sociedad contemporánea. La sociedad organizacional. Los fines de las organizaciones. Clases de organizaciones.

8. El tipo ideal de la organización burocrática: sus características. El proceso de burocratización. Crítica del modelo weberiano.

9. La concepción científica de la organización. Tiempos, movimientos e incentivo salarial. El taylorismo y los trabajadores. La concepción humanista de la organización: La Escuela de las Relaciones Humanas.

10. La visión sitémica de la organización. La organización y su entorno social: Problemas de intercambio. El logro de los objetivos propuestos.

11. Aspectos formales de la estructura de la organización. Autoridad, jerarquía y responsabilidad. El grado de formalización de las actividades.

12. Aspectos informales de la estructura de la organización. Influencia y liderazgo. Los circuitos de comunicaciones. La «cultura» de la organización.

13. Conflicto, innovación y cambio en las organizaciones. La degradación de los fines y la «Ley de hierro de la oligarquía».

14. Las organizaciones para la acción pública en el Estado contemporáneo del abstencionismo a la planificación. La Administración del Estado de Bienestar.

15. Las Administraciones Públicas y el conflicto de intereses: La definición política del interés público en un sistema democrático, y el papel instrumental de aquéllas para su logro.

16. Políticos y altos funcionarios en los procesos de adopción de decisiones: Ámbito de la dicrecionalidad y control de la burocracia.

17. El análisis de políticas públicas: Teoría y técnicas.

18. El orden político. Teorías del interés y teorías del consenso de valores.

19. Estructuras de poder en la sociedad industrial. Métodos pluralistas y métodos de élite.

20. Participación política y participación ciudadana. Partidos, sindicatos, asociaciones y ONG.

21. Sistemas de partidos en España, con especial referencia a Andalucía.

22. Los grupos de presión. Los grupos de interés en España, con especial referencia a Andalucía.

23. Análisis de los procesos electorales. Actitudes políticas, electorales, tendencias, e interpretación de resultados.

24. Estado, Nación y nacionalismos.

25. Teorías sobre el Estado de Bienestar. La política social en España: Evolución y características.

26. Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las comunidades Autónomas en materia de Régimen Local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el Régimen Local.

27. Las competencias municipales: Sistema de determinación. Competencias propias, compartidas y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios.

28. El Sistema Electoral Local. Causas de inegilibilidad e incompatibilidad. Elección de los concejales y alcaldes. Elección de diputados provinciales y presidentes. Elección de consejeros y presidentes de cabildos y consejos insulares. La moción de censura en el ámbito local. El recurso contencioso-electoral. El Estatuto de los miembros electivos de las corporaciones locales.

29. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos.

30. Singularidades del procedimiento administrativo de las Entidades Locales. La revisión y revocación de los actos de los Entes Locales.

31. Tramitación de expedientes administrativos. Los interesados. Abstenciones y recusaciones. Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos locales.

32. Las relaciones interadministrativas. Principios. Colaboración, cooperación y coordinación.

33. La sustitución y la disolución de las corporaciones locales. Impugnación de los actos y acuerdos locales y ejercicio de acciones.

34. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: Clases y régimen jurídico. Plantillas y relaciones de puestos de trabajo. La oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización. Sistemas de selección y de provisión de puestos de trabajo. Derechos, deberes y situaciones administrativas. Derechos económicos y Seguridad Social. Negociación colectiva. Régimen de incompatibilidades.

35. Los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional: Normativa reguladora. Subescalas y categorías. Funciones. Sistema selectivo. Régimen de provisión de puestos de trabajo: Concurso ordinario y unitario. Otras formas de provisión.

36. El registro de habilitados nacionales. Peculiaridades de los regímenes de situaciones administrativas y disciplinario.

37. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa local en la actividad privada. Las licencias y autorizaciones administrativas: Sus clases. La actividad de fomento en la esfera local. La iniciativa pública económica de las entidades locales y la reserva de servicios.

38. El servicio público de las Entidades Locales. Clases. Los modos de gestión. Especial referencia a la concesión de servicios y a la empresa pública local. El consorcio.

39. Los bienes de las entidades locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y potestades de las entidades locales en relación con sus bienes. Los bienes comunales. El inventario. Los montes vecinales en mano común.

40. Evolución histórica de la legislación urbanística española. La Ley del Suelo de 1956 y sus reformas. El marco constitucional del urbanismo. La sentencia 61/97, del Tribunal Constitucional. Competencias del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo: Principios generales. Clasificación. Régimen del Suelo no urbanizable en la legislación estatal y autonómica. Criterios de valoración de esta clase de suelo.

41. Régimen de suelo urbano: Derechos y deberes de los propietarios en suelo urbano consolidado y no consolidado. Régimen del suelo urbanizable: Derechos y deberes de los propietarios. Criterios de valoración.

42. Ordenación del territorio y urbanismo: Problemas de articulación. Los instrumentos de ordenación territorial y su incidencia urbanística. Actuaciones de interés regional y otras figuras análogas de la legislación autonómica.

43. Instrumentos de planeamiento general: Planes generales, normas subsidiarias y complementarias. Municipios sin ordenación: Proyectos de delimitación del suelo urbano y normas de aplicación directa. Planeamiento de desarrollo. Planes parciales. Estudios de detalle. El planeamiento especial. Clases y régimen jurídico.

44. Elaboración y aprobación de planes. Competencia y procedimiento. Efectos de la aprobación. Iniciativa y colaboración de los particulares. Publicidad. Modificación y revisión de planes. Ejecución del planeamiento. Presupuestos de la ejecución.

45. Reglamento de Participación Ciudadana. Objetivos. Los órganos de participación. Procesos de participación ciudadana. La IAP.

46. Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación.

47. El registro Municipal de Asociaciones. Requisitos para la inscripción. Declaración de utilidad pública municipal para entidades. Requisitos para su solicitud.

48. Deberes de las asociaciones para su mantenimiento en el Registro Municipal de Asociaciones.

49. Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones.

50. Libro blanco para la mejora de los servicios públicos. Los desafíos. Las políticas y estrategias.

51. Las organizaciones públicas como prestadoras de servicios y los nuevos paradigmas de la gestión pública. El enfoque de la gestión operativa de servicios. El «outsourcing».

52. Sistemas de prestación de servicios públicos. Características de los servicios. Calidad en los servicios públicos. Desajustes de la calidad.

53. Agotamiento del método burocrático de Administración. Métodos para conocer la percepción ciudadana. Métodos cualitativos y de consenso. El concepto de «Gobernante».

54. Núcleos de Intervención Participativa (NIP).

55. Talleres participativos EASW. Métodos de evaluación de las técnicas de calidad.

56. La técnica «Delphi». El grupo nominal.

57. Gestión de calidad a partir de la comparación intermunicipal: «Benchmarking». Estrategias analíticas de evaluación.

58. Implantación de grupos de mejora y talleres de trabajo. Diagramas de flujo y diagramas abreviados.

59. La ingeniería de procesos, definición, identificación y representación de procesos.

60. Marco legal por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano. Las funciones de información administrativa y de atención al ciudadano.

61. Tecnologías de la información aplicadas a la atención al ciudadano: La atención telemática. El portal ciudadano. Estándares de accesibilidad. La carpeta ciudadana.

62. El concepto de administración electrónica. Líneas estratégicas de actuación para la e-Administración.

63. La atención presencial. Características y puntos diferenciales, actitudes y normas. La atención telefónica. Características y puntos diferenciales, actitudes y normas. Sistemas existentes para la atención telefónica.

64. Procedimientos de respuesta inmediata. Desconcentración de la gestión en la Unidades de atención e información.

65. Reglamento Orgánico Municipal. Información municipal.

66. El Ciudadano ante la Administración. Derechos del ciudadano.

67. El nuevo marco relacional Organización/Ciudadano. El concepto de ciudadano.

68. Variables clave en el desarrollo de una estrategia relacional.

69. El poder transformador del ciudadano sobre la Administración Local: La tramitación electrónica. De los servicios telemáticos a los expedientes digitales. Firma electrónica y certificado digital.

70. Gestión del padrón municipal de habitantes, altas, bajas y modificaciones. Tratamiento y cesión de los datos contenidos en el padrón municipal de habitantes. Volantes y certificados de empadronamiento y sus diferencias.

71. Acceso al padrón municpal de habitantes por las fuerzas de seguridad del Estado.

72. Registro General de Entrada y Salida de documentos. Registros auxiliares.

73. Ventanilla Única: Objetivos y procedimiento.

74. Registro de quejas y sugerencias. Objetivos, funciones y seguimiento.

Algeciras, 15 de octubre de 2007.- El Alcalde, Tomás Herrera Hormigo.

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