Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 19/11/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 31 de octubre de 2007, por la que se otorga una subvención excepcional a la Federación Nacional Empresarial de Transporte en Autobús para la XIX Semana Nacional del Autocar y del Autobús.

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Con fecha 21 de febrero de 2007 la Federación Nacional Empresarial de Transporte en Autobús (Fenebús) solicita de la Dirección General de Transportes la concesión de una subvención acogida a Ayuda de Mínimis para la celebración de la XIX Semana Nacional del Autocar y Autobús, en Sevilla del 20 al 24 de noviembre del presente año.

La Federación Nacional Empresarial de Transporte en Autobús (Fenebús) presenta como complemento de su petición memoria justificativa del evento en la que valora positivamente el proyecto, único de esta naturaleza que se celebra en nuestro país, y que reúne tanto a las empresas transportistas de España como de Ibero América y que cuenta con la participación de las distintas Administraciones Autonómicas, además de la Administración donde se desarrolla. Acompaña presupuesto del coste y el programa.

Con fecha 8 de mayo, la Dirección General de Transportes eleva propuesta de concesión de subvención excepcional en base de su finalidad pública y por considerar que es de interés social la celebración de este tipo de eventos.

Examinada la memoria justificativa de la Dirección General de Transportes con fecha 9 de mayo de 2007, la Viceconsejería de Obras Públicas y Transportes autoriza la iniciación del correspondiente expediente de subvención excepcional, encomendando su tramitación a la Dirección General de Transportes.

En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta que la citada subvención puede considerarse como excepcional, dado la finalidad pública y las razones de interés social de los objetivos que persigue, así como la inexistencia de bases reguladoras específicas a las que se pueda acoger conforme al artículo 15.2 del Decreto 254/01, y de conformidad con lo establecido en el Reglamento (CE) N.ª 1998/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006, la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, Tributarias, Administrativas y Financieras, lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en los artícu-
los 104 y 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por esta Consejería se ha resuelto lo siguiente:

Primero. Conceder una subvención de carácter excepcional acogida a ayudas de Mínimis a favor de la Federación Nacional Empresarial de Transporte en Autobús (Fenebús), por importe de sesenta mil euros (60.000 €), para la celebración de la XIX Semana Nacional del Autocar y Autobús, en Sevilla del 20 al 24 de noviembre del presente año.

Segundo. El importe de la subvención constituye el 50% del gasto total del presupuesto de ejecución que asciende a 120.000 euros y se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 1.13.00.03.00. 481.00.51B.

Tercero. La forma de pago de la subvención será la siguiente:

- Una primera aportación por importe de 45.000 euros, correspondiente al 75%, a la firma de la presente Resolución en concepto de anticipo a justificar por el beneficiario en un plazo de tres meses desde la materialización del pago.

- La segunda aportación, por importe de 15.000 euros, correspondientes al 25%, se hará efectiva previa justificación del anticipo anterior, con aportación de las facturas definitivas. El plazo de justificación de la subvención se efectuará en relación con el primer pago, en el plazo de tres meses, a partir de la efectividad del pago de la ayuda y respecto al segundo pago en el plazo de un mes a partir de la finalización de las actividades a subvencionar.

Cuarto. Serán obligaciones del beneficiario las establecidas con carácter general en el artículo 105 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Ley 11/2006, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2007, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en la Comunidad Autónoma y el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre.

Quinto. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Sexto. El beneficiario estará obligado a hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad y objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Junta de Andalucía, indicando la Consejería que lo ha concedido. Asimismo deberá cumplir con las disposiciones que sobre información y publicidad se dicten por la Unión Europea.

Séptimo. Se faculta a la Dirección General de Transportes para cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución de la presente Resolución.

Sevilla, 31 de octubre de 2007

CONCEPCIÓN GUTIÉRREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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