Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 19/12/2007

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 4 de diciembre de 2007, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convocan procesos selectivos de promoción interna para cubrir dos plazas de la Escala de Gestión Universitaria de esta Universidad.

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En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 4/1994, de 12 de abril, de Creación de la Universidad Internacional de Andalucía y el Decreto 253/1997, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Universidad Internacional de Andalucía, y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades («Boletín Oficial del Estado» de 24 de diciembre de 2001), en relación con el artículo 2.2.e) de la misma norma, así como en la Ley de Creación y el Reglamento de esta Universidad, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía, por el sistema de promoción interna, con sujeción a las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna, las siguiente plazas de la Escala de funcionarios de Administración y Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía:

- Dos plazas de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía (Grupo A2).

1.2. Las presentes pruebas selectivas se regirán, en cuanto les sea de aplicación, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (Boletín Oficial del Estado de 13 de abril de 2007), la Ley 4/1994, de 12 de abril, de Creación de la Universidad Internacional de Andalucía y el Decreto 253/1997, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento de esta Universidad, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El proceso selectivo, que se llevará a cabo mediante el sistema de concurso-oposición constará de las siguientes fases: Fase de oposición y fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el Anexo I de esta Resolución.

1.4. El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5. Superarán el proceso selectivo aquellos aspirantes que, sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de las plazas convocadas.

1.6. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado, serán nombrados funcionarios de la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Internacional de Andalucía.

1.7. El primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir de la primera quincena del mes de marzo de 2008. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la resolución del Rectorado de la Universidad Internacional de Andalucía, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos. Las pruebas se celebrarán en la ciudad de Sevilla.

1.8. Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, se hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso, Dichas listas, deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el tablón de anuncios del Registro General de la Universidad Internacional de Andalucía.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:

2.1.1. Tener cumplidos los 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2. Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente a la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.3. Pertenecer el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes a la Escala Administrativa de la Universidad Internacional de Andalucía; prestar servicios en la Universidad Internacional de Andalucía con carácter definitivo en la situación de servicio activo y poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a la que pertenezcan además de reunir los requisitos exigidos.

2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada gratuitamente en el Registro General de la Universidad Internacional de Andalucía (Rectorado, calle Américo Vespucio, número 2, Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla); Sede Antonio Machado (Palacio de Jabalquinto. Plaza de Santa Cruz s/n, 23440 Baeza, Jaén); Sede Santa María de la Rábida, (Paraje La Rábida s/n, 21819, Palos de la Frontera, Huelva); Sede Tecnológica, (Parque Tecnológico de Andalucía. C/Severo Ochoa, 10, 29590 Málaga), o bien fotocopia del modelo que figura en el Anexo III, en cuyo caso deberán adjuntar 3 ejemplares (Universidad, interesado y entidad bancaria).

3.2. Las solicitudes (ejemplar número 1 «Ejemplar para la Administración» del modelo de solicitud) se presentarán en el Registro General del Rectorado de la Universidad, o en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», y se dirigirán al excelentísimo señor Rector de la Universidad Internacional de Andalucía.

Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los lugares señalados en esta base se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro General de la Universidad Internacional de Andalucía.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de ser certificadas.

Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.3. Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de la solicitud: En el espacio destinado a «escala o categoría que aspira», harán constar «Escala de Gestión Universitaria».

3.4. Los derechos de examen para el acceso a la Escala de Gestión Universitaria serán de 24 euros y se ingresarán en la cuenta corriente número 2098/0145/55/0102000182 bajo el nombre «UNIA Derechos de examen».

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecanográfica o en su defecto sello y firma de la misma en el espacio destinado a estos efectos.

En ningún caso, la mera presentación y pago de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, del impreso de solicitud, con arreglo a lo dispuesto en la base 3.2.

3.5. Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar certificación expedida por la Gerencia de la Universidad Internacional de Andalucía, acreditativa de las condiciones estipuladas en el Anexo I de esta convocatoria. Asimismo podrán aportar cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los extremos contenidos en las presentes bases de la convocatoria.

3.6. La contravención de alguna de estas normas determinará la exclusión de los aspirantes que no la hubieran observado.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio, o a petición del interesado.

3.7. Los aspirantes con minusvalías deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad Internacional de Andalucía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En dicha resolución que será publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», figurarán los aspirantes excluidos (apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad), con indicación expresa de la causa de exclusión, la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio, así como los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las relaciones de admitidos. En todo caso, al objeto de evitar errores y posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino que, además, sus nombres constan en la correspondiente relación de admitidos. Los aspirantes que dentro del plazo no subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

La resolución que excluya definitivamente a algún aspirante, que será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Internacional de Andalucía (calle Américo Vespucio, núm. 2, Monasterio Santa María de las Cuevas, Isla de la Cartuja en la ciudad de Sevilla), pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso administrativo de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

4.3. De conformidad con lo establecido en el art. 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunal.

5.1. Los Tribunales Calificadores de estas pruebas son los que figuran como Anexo IV de esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artícu-
lo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar a los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2, o por otras causas.

5.4. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia del Presidente y del Secretario y la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones pertinentes, en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de Presidente y Secretario y la mitad, al menos de sus miembros, sean titulares o suplentes.

5.6. El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta norma, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas que resulten necesarios, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad Internacional de Andalucía.

5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquier otro equivalente. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Internacional de Andalucía (calle Américo Vespucio, 2. Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla. Teléfono 954 462 299) y correo electrónico cartuja@unia.es.

5.10. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría de la Escala que corresponda de las recogidas en el Anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo, modificado por Decreto 190/1993, de 28 de diciembre y Decreto 404/2000, de 5 de octubre (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 30 de noviembre).

5.11. En ningún caso, el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «B». En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «B», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «C», y así sucesivamente, de conformidad con lo previsto en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 17 de enero de 2007 («Boletín Oficial del Estado» de 26 de enero).

6.2. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.3. Los aspirantes serán convocados para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo en todo caso excluidos de la oposición quienes no comparezcan al mismo, dado el carácter de unidad del acto de la convocatoria.

6.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6.5. La publicación del anuncio de la celebración del primer ejercicio se realizará en la forma prevista en la base 4.1. Una vez comenzada las pruebas selectivas los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente con, al menos, 24 horas de antelación a su comienzo.

7. Listas de aprobados.

7.1. Finalizado el primer ejercicio el Tribunal hará pública, en el Rectorado de la Universidad Internacional de Andalucía de Sevilla, la lista de aspirantes con las puntuaciones correspondientes, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.2. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en la sede del Tribunal señalada en la base 5.9 y en aquellos otros que estime oportunos, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación final alcanzada en ambas fases que han superado el proceso selectivo, y con indicación, en todo caso, del documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios, la puntuación de la fase de concurso y la suma total de ambas fases.

7.3. La calificación final de las pruebas selectivas a efectos de declarar aprobados, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.

En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición, en caso de persistir el empate se atenderá a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso en el mérito que aparece enunciado en primer lugar, y así sucesivamente con los siguientes méritos en caso de persistir la igualdad.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

8.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieran públicas las listas de aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados deberán presentar en la Gerencia de la Universidad Internacional de Andalucía, los documentos exigidos en la base 2.

8.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud de participación en las pruebas.

8.3. Concluido el proceso selectivo, y comprobados los requisitos de los apartados anteriores, los aspirantes que lo hubieran superado (cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas), serán nombrados funcionarios de carrera de la Escala de Gestión Universitaria, mediante Resolución del Rector de la Universidad Internacional de Andalucía. Cualquier resolución que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho. Los nombramientos deberán publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

8.4. La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

9. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, asimismo, la Universidad Internacional de Andalucía podrá, en su caso, proceder a la revisión de la Resolución del Tribunal Calificador de las pruebas conforme a lo establecido en la citada Ley 30/1992.

Sevilla, 4 de diciembre de 2007.- El Rector, Juan Manuel Suárez Japón.

ANEXO I

Ejercicios y Valoración

El proceso selectivo constará de dos fases: Fase de oposición y fase de concurso. La fase de concurso sólo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

1. Fase de oposición: Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios.

1.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas sobre las materias contenidas en el programa a que hace referencia el Anexo II de esta convocatoria. El Tribunal podrá establecer una penalización por las respuestas contestadas erróneamente. El tiempo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal. Se calificará con 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

1.2. Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito una prueba de carácter práctico. El Tribunal propondrá tres supuestos desglosados en el número de preguntas que determine el Tribunal. Los opositores deberán elegir y realizar uno de los supuestos prácticos propuestos. Se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de ellos.

2. Fase de concurso.

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

2.1. Antigüedad: Hasta 4 puntos.

Se valorará con 0,25 puntos por cada año o fracción de servicios prestados en la Universidad Internacional de Andalucía o reconocidos en los términos de lo previsto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

2.2. Grado personal: Hasta 2 puntos.

Se valorará el grado personal consolidado conforme a la siguiente escala:

Grado 20-21-22: 2 puntos.

Grado 18-19: 1 punto.

2.3 Formación: Hasta 3 puntos.

Las acciones formativas deberán versar sobre materias directa o indirectamente relacionadas con las funciones de administración general, pudiendo ser reconocidas en el caso de que se refieran a cuestiones de informática o conocimiento de idiomas.

La valoración del apartado de formación se realizará conforme a la siguiente escala:

- Por cada crédito (o 10 horas lectivas): 0,05 puntos.

- Por cada acción formativa homologada, en la que no conste su carga lectiva: 0,05 puntos.

- Por cursos impartidos, la valoración será idéntica, no pudiéndose obtener más de 0,6 puntos en este subapartado.

2.4. Titulación: Hasta 1 punto.

Se valorará con 1 punto estar en posesión de una titulación superior a la exigida en la convocatoria.

3. Calificación final.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y de concurso, no pudiendo resultar aprobados un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, conforme a lo establecido en la base 7. En caso de empate en la puntuación total, una vez sumadas la fase de concurso y de oposición, se resolverá atendiendo a lo establecido en la base 7.3.

ANEXO II

ESCALA DE GESTIÓN UNIVERSITARIA (GRUPO A2)

I. ADMINISTRACIÓN UNIVERSITARIA

Tema 1. La autonomía universitaria: Reconocimiento constitucional, contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. Los estatutos de las Universidades. El Consejo de Universidades. Competencias educativas y órganos gestores a nivel universitario de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Ley Orgánica de Universidades.

Tema 2. Las Universidades Públicas (1). Naturaleza, fines y competencias. Organización académica: Departamentos, Facultades y Escuelas Universitarias.

Tema 3. Las Universidades Públicas (2). Órganos de Gobierno y representación colegiados: Consejo Social. Claustro Universitario. Consejo de Gobierno. Juntas de Facultad y Escuelas. Consejos de Departamento.

Tema 4. Las Universidades Públicas (3). Órganos de Gobierno y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores. Secretario General. Gerente. Decanos. Directores de Departamentos.

Tema 5. El Profesorado universitario: Clases y régimen jurídico. Retribuciones. Acreditación.

Tema 6. Las Universidades Públicas (4): Régimen económico y financiero: Financiación, Programación y Presupuesto. Régimen patrimonial. La colaboración con otras entidades o personas físicas previstas en el artículo 83 de la LOU y la creación de Fundaciones u otras personas jurídicas del artículo 84 de la LOU.

Tema 7. La Ley Andaluza de Universidades.

Tema 8. Ley 4/1994 de Creación de la Universidad Internacional de Andalucía. El Reglamento de Funcionamiento de la Universidad Internacional de Andalucía. Normativa de Estudios de Postgrado y de Formación Complementaria de la Universidad Internacional de Andalucía. Titulaciones propias y oficiales de la Universidad Internacional de Andalucía.

II. DERECHO ADMINISTRATIVO

Tema 1. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma. Efectos: eficacia demorada y retroactiva. Procedimientos de ejecución.

Tema 2. El acto administrativo: Nulidad de pleno derecho. Anulabilidad. Transmisibilidad. Conversión de actos viciados. Conservación de actos trámites. Convalidación.

Tema 3. El acto administrativo: Revisión de actos nulos. Revisión de actos anulables. Revocación de actos. Límites de la revisión.

Tema 4. Órganos de las Administraciones Públicas: Competencia. Abstención y recusación. Órganos colegiados.

Tema 5. Los interesados en el procedimiento administrativo. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Términos y plazos: Cómputo, ampliación y tramitación de urgencia.

Tema 6. El procedimiento administrativo: Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización.

Tema 7. Los recursos administrativos: Principios generales. Recursos ordinarios. Recurso de revisión. Reclamaciones administrativas previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales. Las reclamaciones económico-administrativas.

Tema 8. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Naturaleza, Extensión y límites. Órganos de la Jurisdicción 
Contencioso-Administrativa. Las partes en el proceso contencioso-administrativo. Objeto del recurso contencioso-administrativo.

III. CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. HACIENDA PÚBLICA Y GESTIÓN FINANCIERA

Tema 1. Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Ámbito de aplicación. Requisitos para contratar con la Administración.

Tema 2. Actuaciones administrativas preparatorias de los contratos. Tramitación de los expedientes de contratación. Prerrogativas de la Administración.

Tema 3. De los procedimientos y formas de adjudicación de los contratos. Revisión de precios en los contratos de la Administración.

Tema 4. Perfección y normalización de los contratos. Ejecución y modificación. Extinción de los contratos.

Tema 5. Cesión de los contratos y subcontratación. Contratación en el extranjero. Invalidez de los contratos.

Tema 6. El contrato de obras. Especialidades del contrato de elaboración de proyectos de obras.

Tema 7. El contrato de suministro.

Tema 8. Los contratos de consultoría y asistencia y los de servicios.

Tema 9. La Hacienda Pública y la Constitución. La Ley General Presupuestaria. El Presupuesto y los principios presupuestarios.

Tema 10. La Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El Presupuesto Autonómico: Contenido y estructura. Los criterios de clasificación de créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario: Fases de elaboración, aprobación y rendición de cuentas. Las modificaciones presupuestarias.

Tema 11. La Ley general de subvenciones: Disposiciones generales. Procedimientos de concesión y gestión. Reintegro de subvenciones. Control financiero. Infracciones y sanciones administrativas en materia de subvenciones.

Tema 12. La ejecución del Presupuesto de Gasto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El control de la actividad financiera de la Comunidad Autónoma de Andalucía: El control interno, el control financiero y el control financiero permanente. Operaciones de cierre del ejercicio. Gastos en materia de personal. Pagos: Concepto y clasificación. El anticipo de caja fija. Los pagos en el extranjero

Tema 13. Régimen económico y financiero de la Universidad Internacional de Andalucía. El Presupuesto de la Universidad Internacional de Andalucía: Contenido y estructura. Los ingresos y gastos de la Universidad. Bases de ejecución.

IV. ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

Tema 1. El Estatuto Básico del Empleado Público: Ámbito de aplicación.

Tema 2. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 3. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Retribuciones.

Tema 4. La negociación colectiva de los funcionarios públicos. Jornada de trabajo, permisos y vacaciones.

Tema 5. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Planificación de recursos humanos. Grupos de clasificación. Cuerpos y Escalas.

Tema 6. Provisión de puestos de trabajo y movilidad. Situaciones administrativas. Supuestos y efectos de cada una de ellas.

Tema 7. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Principios generales y ámbito de aplicación. Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.

Tema 8. El régimen disciplinario de los funcionarios: Personas responsables. Faltas y sanciones disciplinarias. Procedimiento para la sanción de las faltas disciplinarias.

Tema 9. El contrato de trabajo: Forma, validez y capacidad para contratar. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes derivados del contrato. Periodo de prueba. Tipos de Contratos. Modificación del contrato de trabajo. Suspensión, Extinción.

ANEXO IV

Tribunal calificador de las pruebas de acceso a la Escala de Gestión Universitaria

Miembros titulares:

Presidente: Luisa Rancaño Martín.

Secretario: Fernando Palencia Herrejón.

Vocales: Don Juan Luis Ruiz-Rico Díez, doña María Luisa Balbontín de Arce y doña María Dolores Lobo García.

Miembros suplentes:

Presidente: Don Antonio Sánchez Sánchez.

Secretario: Don Eusebio Rojas-Marcos Merchante.

Vocales: Don Felipe del Pozo Redondo, doña Lourdes Soria Herrera y doña Mercedes Herranz Sánchez-Rubio.

ANEXO V

Don/Doña .......................................................................................................................... con domicilio en .............................................................................................. y con Documento Nacional de Identidad número ............................

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala ....................................... de la Universidad Internacional de Andalucía, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En ...................., a........ de ........................ de 2007.

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