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El Decreto 166/1999, de 27 de julio, por el que se regulan las actuaciones contenidas en el III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo, desarrolla en los artículos 42 y siguientes la figura de la Promoción Pública Cofinanciada.
El artículo 44.1 del mencionado Decreto establece que la Consejería de Obras Públicas y Transportes asume los costos derivados de la dirección facultativa de las obras.
Con fecha 10 de septiembre de 2001 se suscribió Convenio de Ejecución entre la Consejería de Obras Públicas y Transportes y la Excma. Diputación de Sevilla, en el que se recoge la actuación específica a desarrollar por dicha Diputación, y en el que se reconoce el derecho a percibir las ayudas que establece el III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo, siempre que se cumplan a su vez los requisitos señalados en dicho Plan.
La Orden de 27 de enero de 2000, sobre desarrollo y tramitación de los distintos programas de vivienda y suelo del III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo para el cuatrienio 1999-2002, en sus artículos 24 y 25, regula la solicitud del promotor de la aportación económica para financiar esos trabajos técnicos, así como las condiciones para su concesión por parte de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
El Decreto 127/2002, de 17 de abril, modificó la normativa del III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 1999-2002, a través de su Disposición Transitoria Primera.
La Orden de 2 de julio de 2002, por la que se modifica la Orden de 27 de enero de 2000, estableció en su artículo 78 el procedimiento y las condiciones para solicitar las subvenciones.
Sevilla Activa, como promotor de la actuación de 16 viviendas públicas cofinanciadas sitas en C/ Ramos Calderón, finca Los Gallos nº 2.327; expediente SE-01/110-CF, ha solicitado la ayuda económica cumpliendo con los requisitos establecidos en la referida normativa. Entre ellos, la no concurrencia con otras subvenciones para el mismo fin, y no estar incurso en procedimiento de reintegro de otras subvenciones concedidas.
A propuesta de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda, y en virtud de las facultades que me confieren los ar- tículos 10 y 107 de la Ley General 5/1983 de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, vengo en disponer:
Primero: Conceder a Sevilla Activa una subvención de carácter reglada por importe de 24.867,64 €, cantidad que importan los honorarios de dirección de obras, en la promoción de 16 viviendas de promoción pública cofinanciada sitas en C/ Ramos Calderón, finca Los Gallos núm. 2.327; expediente SE-01/110-CF.
Segundo. El plazo para la dirección de obras será determinado por la duración de la ejecución de obras.
Tercero. El importe de la subvención será abonado a Sevilla Activa de acuerdo con lo establecido en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el año 2007, mediante un único pago de 24.867,64 €, una vez haya sido publicada la presente Orden de Subvención en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El abono se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria siguiente:
0.1.13.00.03.00 74300 43A 5. 2002000193
Cuarto. La subvención que se concede lo es con base a lo previsto en el Título VIII de la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su redacción dada por el artículo 26.2 de la Ley 7/1996, de 31 de julio, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de 1996, teniendo la consideración de Subvención Reglada.
Quinta. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para el otorgamiento de esta subvención, y en todo caso la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la presente Orden.
Sevilla, 30 de noviembre de 2007
CONCEPCIÓN GUTIÉRREZ DEL CASTILLO
Consejera de Obras Públicas y Transportes
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