Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 07/02/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 13 de noviembre de 2006, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Estepona, dimanante del procedimiento ordinario núm. 703/2004. (PD. 383/2007).

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NIG: 2905142C20040002128.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 703/2004. Negociado: MJ.

De: La As. G. Tit. Loc. Zona Deptva. Puerto de la Duquesa.

Procurador: Sr. Mayor Moya, Luis.

Contra: Fawzan, S.A.

Doña Mercedes San Martín Ortega, Secretario de Primera Instancia número Uno de los de Estepona y su partido.

Hago saber: Que en el Juicio ordinario de referencia se ha dictado Sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia. En Estepona a 25.10.2006.

Se adjunta copia, publicación de encabezamiento y fallo.

Para que sirva de notificación de Sentencia al/a la demandado/a Fawzan, S.A., se expide la presente, que se insertará en el Boletín Oficial de la Provincia, y tablón de anuncios de este Juzgado.

En Estepona a trece de noviembre de dos mil seis.- El/La Secretario.

SENTENCIA Núm.

En Estepona, a veinticinco de octubre de dos mil seis.

Vistos por doña Susana García Ruiz, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de los de esta Ciudad y su Partido judicial, los presentes autos del juicio verbal núm. 703/04, seguidos a instancia de la Asamblea General de Titulares de Locales de la Zona Deportiva del Puerto de la Duquesa representada por la entidad que ostenta su presidencia Marina del Mediterráneo Duquesa, S.L., representada por el procurador Sr. Mayor Moya y asistida por las letradas Sras. Mayor Olea contra la entidad Fawzan, S.A., en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Asamblea General de Titulares de Locales de la Zona Deportiva del Puerto de la Duquesa Representada por la entidad que ostenta su presidencia Marina del Mediterráneo Duquesa, S.L., representada por el procurador Sr. Mayor Moya contra la entidad Fawzan, S.A.

Primero. Debo condenar y condeno a la entidad demandada a que pague a la actora la cantidad de cinco mil treinta y cuatro con setenta y cuatro euros (5.034,74) así como el interés devengado hasta su completo pago.

Segundo. Todo ello se entiende con expresa condena en costas a la entidad demandada.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que en su caso deberá prepararse por escrito manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan ante este Juzgado en el plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de su notificación, y para su resolución por la Audiencia Provincial de Málaga, debiendo para poderse admitir el recurso interpuesto por los condenados acreditar al prepararlo tener satisfecha o consignada la cantidad líquida a que se contrae la sentencia.

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