Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 08/02/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 21 de diciembre de 2006, del Ayuntamiento de Lucena, de bases para la selección de Arqueólogo.

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BASES QUE HAN DE REGIR EN EL CONCURSO-OPOSICION LIBRE CONVOCADO POR ESTE AYUNTAMIENTO PARA LA PROVISION, EN PROPIEDAD, DE UNA PLAZA DE ARQUEOLOGO

Primera. Número de plazas, identificación y procedimiento de selección.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, en propiedad, por el procedimiento de concurso-oposición libre, de una plaza de Arqueólogo, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2004 y encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Superiores, Grupo de clasificación A, del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

Segunda. Requisitos.

Para ser admitido al concurso-oposición se precisa reunir los requisitos siguientes:

- Tener nacionalidad española o de cualquier país integrado en la Unión Europea.

- Tener cumplidos 18 años de edad.

- Estar en posesión del título de Licenciado en Geografía e Historia, especialidad o sección de Prehistoria y Arqueología, o equivalente, o hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. También será suficiente estar en posesión del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos del título.

- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

- No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa vigente.

Tercera. Solicitudes de admisión, lugar y plazo de presentación.

La instancia solicitando ser admitido al concurso-oposición habrá de expresar que el aspirante reúne las condiciones exigidas en la Base Segunda de esta convocatoria.

A la instancia se adjuntarán:

a) Los documentos acreditativos de los méritos alegados, conforme al Baremo que se establece en la Base Octava. El Tribunal no valorará méritos que no estén acreditados documentalmente el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

b) El resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen, que ascienden a 42,00 euros (cuarenta y dos euros), cantidad que podrá ser abonada a este Ayuntamiento mediante ingreso o transferencia en su cuenta corriente abierta en la entidad Caja General de Granada, núm. 2031 0379 35 0100002121, o por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, sita en Pza. Nueva núm. 1-14900 Lucena, debiendo consignar, en todo caso, el nombre del aspirante, aún cuando sea realizado por persona distinta, así como la convocatoria a la que se opta.

Las referidas instancias deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Alcalde de este Ayuntamiento y podrán presentarse:

a) En el Registro de entrada de documentos de este Ayuntamiento, situado en la planta baja de la Casa Consistorial, en Plaza Nueva, núm. 1-14900 Lucena, en horario de 8 a 14 horas.

b) En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado o a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas.

c) En las oficinas de Correos, en la forma determinada en sus reglamentos.

d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarta. Lista de aspirantes, comienzo de los ejercicios y orden de actuación.

Para ser admitido bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen los requisitos exigidos en la Base Segunda, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, y que conste acreditado el abono de la tasa de examen.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, concediéndose de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1.992, un plazo de diez días para que los aspirantes excluidos puedan subsanar o completar su documentación, con los efectos administrativos previstos en dicho precepto.

En la misma Resolución se expresará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.

Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.

Las referidas listas de aspirantes serán también insertadas en el portal web de este Ayuntamiento (www.aytolucena.es).

La publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

El orden de actuación de los aspirantes, para aquel o aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, de conformidad con el resultado del sorteo efectuado en la Casa Consistorial el día 21.2.06, se iniciará por aquél cuyo apellido comience con la letra "L", siguiéndose sucesivamente de manera alfabética.

Quinta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación, o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- La Concejala Delegada de Presidencia. Será su suplente, el Concejal Delegado de Personal.

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un representante a propuesta de la Junta de Personal de este Excmo. Ayuntamiento.

- Un representante a propuesta de los grupos municipales de la oposición.

- Un representante de la Universidad de Granada.

- El Director del equipo de investigación de la Cueva del Angel.

Secretario: Un funcionario designado por el Sr. Alcalde, que actuará con voz pero sin voto.

Los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

Tanto para que el Tribunal quede válidamente constituido como para su actuación, se requerirá la presencia de, al menos la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, más la del Presidente y Secretario o quienes les sustituyan.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

Sexta. Llamamientos.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

Los llamamientos se efectuarán mediante los correspondientes anuncios que se publicarán en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial y en el lugar de celebración de las pruebas, así como se insertarán en el portal web de este Ayuntamiento (www.aytolucena.es).

Séptima. Lugar y calendario de realización de las pruebas.

Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en dependencias municipales, y darán comienzo en la fecha y hora que se determine por la Alcaldía.

A partir del inicio de la indicada fase de oposición, el Tribunal determinará la fecha de la práctica de las sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos de setenta y dos horas ni más de cuarenta y cinco días naturales.

Octava. Desarrollo del concurso-oposición.

El concurso-oposición constará de dos fases diferenciadas; primero se celebrará la fase de concurso y después la de oposición.

A) Fase de Concurso. Constituido el Tribunal, éste procederá con carácter previo a la evaluación de los méritos alegados por los aspirantes con arreglo al siguiente baremo:

a) Experiencia profesional:

1. Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, de igual o similar contenido e igual categoría a la plaza a la que se opta: 0,20 puntos.

Por cada mes de servicios prestados en otras Adminis-traciones Públicas de igual o similar contenido e igual categoría a la plaza a la que se opta: 0,10 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Puntuación máxima por este apartado: 6 puntos.

2. Por la dirección de intervenciones arqueológicas (prospecciones o excavaciones en cualquier modalidad de puesta en valor):

Por cada una: 0,10 puntos.

Por la participación en intervenciones arqueológicas (prospecciones o excavaciones en cualquier modalidad de puesta en valor), en calidad distinta a la de Director.

Por cada una: 0,05 puntos.

Puntuación máxima por este apartado 3 puntos

b) Titulaciones Académicas:

Título de Doctor Universitario en Geografía e Historia: 1 punto.

Puntuación máxima por este apartado: 1 punto.

No se valorarán como méritos, títulos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

Las titulaciones deberán ser otorgadas, reconocidas u homologadas por el Ministerio de Educación y Ciencia.

c) Cursos, seminarios, congresos, exposiciones y jornadas.

Por la participación, como asistente o colaborador, a cursos, seminarios, congresos, exposiciones o jornadas que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza a que se opta y hubiesen sido impartidos por Instituciones de carácter público o privado:

Por cada treinta horas lectivas, se le asignará una puntuación de: 0,20 puntos.

Cuando la duración sea mayor o menor de treinta horas se prorrateará tal puntuación.

Los cursos que no expresen duración alguna serán valorados con la puntuación de: 0,03 puntos.

Puntuación máxima a otorgar por este apartado: 2,00 puntos.

d) Elaboración o impartición de Ponencias, realización de publicaciones, etc:

- Por cada impartición de cursos, seminarios, congresos o jornadas, como Director, Coordinador o Ponente y relacionados con la titulación académica exigida, realizados o validados por organismos oficiales: 0,10 puntos.

- Por cada publicación de trabajos de especial relevancia, calidad o rigor científico, relacionados con el campo arqueológico o museográfico lucentino: 0,30 puntos.

Puntuación máxima a otorgar por este apartado 3 puntos.

Acreditación de los méritos alegados:

a) Experiencia profesional.

Los servicios prestados en la Administración, mediante certificación expedida por la Administración correspondiente.

b) Titulaciones académicas.

Mediante la presentación del original o fotocopia compulsada del título académico o certificado de estudios desarrollados, expedidos por la autoridad docente competente.

c) Cursos, seminarios, congresos, exposiciones y jornadas.

Mediante certificado o documento acreditativo, en original o fotocopia compulsada, expedido por el Organismo de carácter público o privado organizador de los mismos.

d) Elaboración o impartición de Ponencias, realización de publicaciones, etc.

Mediante certificado o documento acreditativo de la asistencia, expedido por el Organismo organizador de los mismos, Programa Oficial de la actividad o copia del texto presentado.

Esta fase no tendrá carácter eliminatorio y su calificación se hará pública en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial y lugar de celebración de las pruebas al menos una hora antes del inicio del primer ejercicio de la oposición.

En ningún caso las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso podrán aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

B) Fase de oposición: Constará de tres ejercicios, obligatorios y eliminatorios, y serán los siguientes:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, un tema de entre dos, extraídos al azar, de los comprendidos en la Parte I (materias comunes) del Anexo de esta convocatoria.

Segundo ejercicio: También escrito, consistirá en desarrollar en tiempo máximo de tres horas, dos temas de entre cuatro, extraídos al azar, de los comprendidos en la Parte II (materias específicas) del Anexo de esta convocatoria.

Tercer ejercicio: De carácter práctico, a determinar por el Tribunal, relativo a las materias específicas comprendidas en la Parte II del Anexo de esta convocatoria, y en el que se valorará los conocimientos, capacidad y destreza en su Resolución. Período máximo para resolver, dos horas.

Los tres ejercicios deberán ser leídos obligatoriamente y con posterioridad a su desarrollo por los aspirantes, en sesión pública, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificada, en cuyo caso serán leídos por el Tribunal.

Si transcurridos diez minutos de exposición el Tribunal aprecia deficiencia notoria en la actuación del aspirante, podrá invitar a éste a que desista de continuar el ejercicio.

Novena. Calificación de los ejercicios.

Cada ejercicio será calificado hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de cero a diez.

El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal presentes, desechándose a estos efectos las notas máxima y mínima cuando entre ambas exista una diferencia igual o superior a tres puntos. En caso de que éstas fueran varias, se eliminará únicamente una de cada una de ellas.

En base a una mayor objetividad en la calificación, ésta se realizará mediante votación secreta cuando así lo requiera cualquier miembro del Tribunal.

El orden de clasificación definitiva estará determinado por la suma de puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios, más la puntuación alcanzada en la fase de concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien hubiere obtenido mayor puntuación en la fase de oposición. Si persistiera el empate, será seleccionado quien hubiere obtenido mayor puntuación en el tercer ejercicio.

Décima. Publicidad de las calificaciones.

La calificación otorgada en la fase de concurso se hará pública en la forma y momento previstos en la Base 8ª de esta convocatoria.

Igualmente, finalizado cada ejercicio y una vez calificado éste, serán hechos públicos los resultados mediante anuncios suscritos por el Secretario del Tribunal que se insertarán en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial y local de celebración de las pruebas, así como en el portal web de este Ayuntamiento (www.aytolucena.es).

Por este mismo procedimiento se publicará la relación de aprobados, por orden de puntuación.

Undécima. Propuesta de nombramiento.

El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de la plaza convocada, y elevará la correspondiente relación a la Presidencia de la Corporación, a efectos del nombramiento del aspirante propuesto; no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los restantes aspirantes.

Si se rebasare en la relación, el número de plazas convocadas, la propuesta será nula de pleno derecho.

Duodécima. Aportación de documentos.

El aspirante presentará ante esta Administración

Recursos Humanos

, dentro del plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el interesado no presentare la documentación, o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.

Si tuviera la condición de funcionario estará exento de justificar las condiciones y requisitos, ya acreditados, para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Decimotercera. Nombramiento.

Finalizado el período de aportación de documentos, el Sr. Alcalde efectuará el correspondiente nombramiento.

Decimocuarta. Juramento.

Una vez efectuado el nombramiento, antes de la toma de posesión, el nombrado deberá prestar juramento o promesa en la forma legalmente prevenida.

Decimoquinta. Toma de posesión.

El interesado deberá tomar posesión dentro del plazo de un mes, a contar desde el día de la fecha de notificación del nombramiento.

Cuando, sin causa justificada, no tomase posesión dentro del plazo señalado, decaerá en su derecho de hacerlo.

Decimosexta. Resoluciones del Tribunal, Impugnaciones.

Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse nuevamente las pruebas o trámites afectados por la irregularidad.

También la presente convocatoria y sus Bases, así como los actos administrativos que se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992 anteriormente mencionada.

Decimoséptima. Interpretación de las Bases e incidencias.

Se atribuye a la Alcaldía la facultad de interpretar estas Bases, y de Resolución de incidencias y recursos, hasta el acto de constitución del Tribunal, en que se atribuirá a éste la facultad de interpretación y resolución de incidencias hasta la terminación de las pruebas.

Decimoctava. Clasificación del Tribunal.

El Tribunal calificador tendrá la categoría Primera, de conformidad con lo dispuesto en el RD 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

Decimonovena. Legislación aplicable.

En lo no previsto en la presente convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento de Funcionarios de Administración Local, aprobado por Decreto de 30 de mayo de 1952; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y demás disposiciones aplicables en esta materia.

A N E X O

Parte I. Materias Comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales, Características y estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. La Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley y clases de Leyes.

Tema 5. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Especial consideración del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos con la Administración.

Tema 6. El acto administrativo. Concepto, eficacia y validez.

Tema 7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Recursos administrativos.

Tema 9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

Tema 10. Régimen local español. Organización y competencias municipales. Principios.

Tema 11. Organización y competencias municipales y provinciales.

Tema 12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 13. El Servicio Público Local: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 15. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local. Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

Tema 16. Derechos y deberes del personal al servicio de las Corporaciones Locales. Incompatibilidad, responsabilidad y régimen disciplinario.

Tema 17. Los recursos de las Entidades Locales. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.

Tema 18. El Presupuesto Local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del Presupuesto local.

Parte II. Materias Específicas

Tema 1. Los bienes integrantes del patrimonio cultural en Andalucía. Selección e identificación. Criterios para la Protección. La legislación vigente sobre patrimonio histórico en Andalucía.

Tema 2. El catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz: Los bienes de interés cultural. Las inscripciones con carácter específico y genérico. Las Zonas de Servidumbre Arqueológica. El Inventario General de Bienes Muebles.

Tema 3. Competencias y régimen jurídico del patrimonio cultural en las Comunidades Autónomas del Estado español. Estudio comparado.

Tema 4. Patrimonio y ciudad. Protección y gestión integrada.

Tema 5. Patrimonio y territorio. Protección y gestión integrada.

Tema 6. El patrimonio arqueológico. Las zonas arqueológicas. Las actividades arqueológicas. Gestión y valorización del patrimonio arqueológico.

Tema 7. Los conjuntos arqueológicos en Andalucía.

Tema 8. El patrimonio etnográfico. Concepto y significados. Desarrollo legislativo. Régimen jurídico. Los bienes muebles, inmuebles, lugares y actividades de interés etnográfico.

Tema 9. El patrimonio inmaterial de interés etnográfico y la problemática de su protección. El patrimonio etnográfico como patrimonio colectivo de los andaluces.

Tema 10. Los museos: Definición y fines. El régimen jurídico de los museos de Andalucía. Titularidad y gestión. Instituciones museísticas de titulación autonómica. El Sistema Andaluz de Museos.

Tema 11. Las medidas de fomento y el régimen sancionador del patrimonio histórico andaluz según la legislación vigente.

Tema 12. Los Bienes Culturales. Valores y significados individuales y colectivos. Los usos sostenibles y perjudiciales en los Bienes Culturales.

Tema 13. Organismos e instituciones nacionales e internacionales encargados de la tutela de Patrimonio Histórico. Antecedentes y situación actual. Principios para la Declaración de Patrimonio Mundial.

Tema 14. Cartas y documentos internacionales relativos al Patrimonio Histórico.

Tema 15. Acciones básicas en la tutela y gestión integral del Patrimonio Cultural: identificación, investigación, protección, conservación y difusión.

Tema 16. Los instrumentos de evaluación y conocimiento en el Patrimonio Cultural. Registros, Inventarios, Catálogos, Cartas Arqueológicas,.. etc. Antecedentes y situación actual en Andalucía.

Tema 17. La conservación preventiva en el Patrimonio Cultural: Concepto, metodología y técnicas.

Tema 18. Teoría de la Restauración y Conservación del Patrimonio Cultural. Evolución histórica y criterios actuales.

Tema 19. La complejidad del proyecto patrimonial: La articulación interdisciplinar.

Tema 20. Sistemas de información y documentación aplicados al Patrimonio Cultural de Andalucía.

Tema 21. Los Planes Generales de Bienes Culturales en Andalucía.

Tema 22. La musealización y valorización del Patrimonio Cultural. Problemas y perspectivas.

Tema 23. Museo, museología y museografía. El papel del museo en la sociedad contemporánea. Situación actual de los museos andaluces. Perspectivas de futuro.

Tema 24. El patrimonio cultural como centro de confluencias de intereses públicos, privados, culturales, económicos y sociales.

Tema 25. La comunicación científica y social del patrimonio. De la difusión tradicional a las nuevas técnicas de comunicación e interpretación.

Tema 26. La ciencia arqueológica. Tendencias teóricas actuales.

Tema 27. Conceptualización del documento arqueológico. Arqueología y documentación escrita.

Tema 28. La prospección arqueológica. Metodología y técnicas de detección, delimitación, valoración y registro de yacimientos.

Tema 29. La excavación arqueológica. Metodología y técnicas de recuperación del registro.

Tema 30. La interdisciplinariedad en la arqueología y en la tutela del patrimonio arqueológico.

Tema 31. El análisis arqueológico de la arquitectura. Metodología y técnicas de recuperación del registro.

Tema 32. Recuperación y conservación in situ de los materiales arqueológicos en los trabajos de campo.

Tema 33. El Patrimonio Arqueológico inmueble: agentes de deterioro físico, ambiental y contextual. Criterios de conservación.

Tema 34. La arqueología prehistórica en el término municipal Lucena. Estado actual de la investigación.

Tema 35. Las primeras culturas de cazadores recolectores. El origen del hombre. Cultura material paleolítica. Primeras manifestaciones artísticas.

Tema 36. La arqueología protohistórica y del mundo ibérico en el término municipal de Lucena. Estado actual de la investigación.

Tema 37. La arqueología romana y tardo antigua en el término municipal de Lucena. Estado actual de la investigación.

Tema 38. Edilicia romana. Los materiales. La obra muraria. Obras públicas no urbanas.

Tema 39. Edilicia romana II. Ritos de fundación de la ciudad. Trazado de la muralla. El foro y edificios públicos.

Tema 40. Edilicia romana III. Edificios lúdicos. Abastecimiento de agua. Termas. La casa romana.

Tema 41. Cultura material romana: Cerámica, fases y evolución.

Tema 42. Cultura material romana: Sistema de producción de la cerámica. Los figlinae. El horno romano.

Tema 43. El sistema monetal romano. Origen y evolución histórica de las monedas.

Tema 44. La muerte en el mundo romano. Legislación ritos y ceremonias. Evolución del rito de enterramiento. La importancia de las inscripciones: material, tipos y principales formulas.

Tema 45. El paisaje agrario romano. Centuriaciones. Villa rústica y residencial. El caso del sur de la provincia de Córdoba: Almedinilla. Cabra. Puente Genil.

Tema 46. La minería romana. Explotaciones mineras en la provincia de Córdoba.

Tema 47. La arqueología en la alta Edad Media, cristiana, judía e islámica en el término municipal de Lucena.

Tema 48. Basílica visigoda de Coracho.

Tema 49. Edilicia andalusí I. Los materiales. La obra muraria.

Tema 50. Edilicia andalusí II. Murallas urbanas y sistemas defensivos: el caso de las almenaras en línea de frontera.

Tema 51. Edilicia andalusí III. Edificios públicos: mezquitas, zocos, baños, palacios, alcázares.

Tema 52. La casa islámica: espacios y usos. Los arrabales califales de Córdoba.

Tema 53. El sistema agrario islámico en Al-Andalus. Innovaciones en la agricultura autóctona. La noria de agua y sus tipos. La zuda. La huerta. Almunias y alquerías.

Tema 54. Cultura material en Al-Andalus I: Cerámica. Tipología, fases y evolución.

Tema 55. Cultura material en Al-Andalus II: El sistema monetal en Al-Andalus. Origen y evolución histórica de las monedas.

Tema 56. La muerte en Al-Andalus. Tipos de cementerios. Ritos de enterramientos. Monasterios.

Tema 57. La ciudad de Al-Yussana. Origen y trama urbanística. Sinagoga y escuela talmúdica. Sistema político. Economía urbana y rural. Principales rabinos y poetas.

Tema 58. El PGOU de Lucena y la protección del Patrimonio Arqueológico. Líneas a desarrollar en el futuro.

Tema 59. La Cueva del Angel. Características. Desarrollo de las investigaciones. Proyectos de futuro.

Tema 60. La Ciudad Iberorromana de Morana. Historia del yacimiento. Nivel de protección. Descripción de estructuras. Horizontes culturales detectados. Proyectos de futuro.

Tema 61. La práctica de la investigación arqueológica en el casco urbano de Lucena.

Tema 62. La protección, conservación y valorización de los yacimientos como recurso turístico: Cueva del Angel, Morana, alfar romano de los Tejares y la aceña de Jauja.

Tema 63. El Plan Municipal de Turismo, Patrimonio y Cultura. Fundamentos, principios y objetivos generales. Interdisciplinariedad. Ejemplos.

Tema 64. El Museo Arqueológico y Etnológico de Lucena. Principios museográficos y museológicos. Salas expositivas. Régimen interno. Principales colecciones.

Tema 65. Reglamento Municipal de gestión del Museo Arqueológico y Etnológico de Lucena. Organos consultivos y asesores.

Tema 66. Historia del Museo Arqueológico y Etnológico de Lucena. Descripción e historia del edificio.

Tema 67. El panorama museográfico provincial. Origen, historia, objetivos y funciones de la APMLC.

Tema 68. Historiografía lucentina desde el siglo XVIII a la actualidad.

Tema 69. El Patrimonio Arquitectónico Civil Urbano de Lucena. Edificios civiles catalogados. Entornos.

Tema 70. El Patrimonio Industrial Histórico: El caso de los molinos harineros lucentinos. Tipos y descripción.

Tema 71. La Alfarería Lucentina. Orígenes y tipología de la producción. Estado actual y futuro del sector.

Tema 72. La Orfebrería y el Metal en Lucena. Orígenes, tipología de producción. Estado actual del sector.

Lucena, 21 de diciembre de 2006.- El Alcalde, José Luis Bergillos López.

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