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Ver esta disposición en fascículo 2 de 2 de este mismo númeroPrimera. Número de plazas, identificación y procedimiento de selección.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de oposición libre, de una plaza de Técnico Auxiliar de Medio Ambiente, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2001 y encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Auxiliares, Grupo de Clasificación C, del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
Segunda. Requisitos.
Para ser admitido a la oposición se precisa reunir los requisitos siguientes:
- Tener nacionalidad española o de cualquier país integrado en la Unión Europea.
- Tener cumplidos 18 años de edad.
- Estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. También será suficiente estar en posesión del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos del título.
- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
- No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad conforme a la normativa vigente.
Tercera. Solicitudes de admisión, lugar y plazo de presentación.
Las instancias solicitando ser admitido a la oposición habrán de expresar que el aspirante reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Segunda de esta convocatoria, acompañándose a la solicitud el resguardo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen, que ascienden a 30 euros (treinta euros), cantidad que podrá ser abonada mediante ingreso o transferencia en la cuenta corriente abierta en la entidad Caja General de Granada, núm. 2031 0379 35 0100002121, o por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, sita en Pza. Nueva núm. 1-14900 Lucena, debiendo consignar en todo caso, el nombre del aspirante, aún cuando sean impuestos por persona distinta, así como la convocatoria a la que se opta.
Las referidas instancias deberán dirigirse al Ilmo. Sr. Alcalde de este Ayuntamiento y podrán presentarse:
a) En el Registro de entrada de documentos de este Ayuntamiento, situado en la planta baja de la Casa Consistorial, en Plaza Nueva, núm. 1-14900 Lucena, en horario de 8 a 14 horas.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado o a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas.
c) En las oficinas de Correos, en la forma determinada en sus reglamentos.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarta. Lista de aspirantes, comienzo de los ejercicios y orden de actuación.
Para ser admitido bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen los requisitos exigidos en la Base Segunda, referidos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, y que conste acreditado el abono de la tasa de examen.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, concediéndose de conformidad con lo establecido en el artículo 71-1 de la Ley 30/1992, un plazo de diez días para que los aspirantes excluidos puedan subsanar o completar su documentación, con los efectos administrativos previstos en dicho precepto.
En la misma Resolución se expresará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.
Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se expondrá en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial.
Las referidas listas de aspirantes serán también insertadas en el portal web de este Ayuntamiento (www.aytolucena.es).
La publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
El orden de actuación de los aspirantes, para aquel o aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, de conformidad con el resultado del sorteo efectuado en la Casa Consistorial el día 21.2.06, se iniciará por aquél cuyo apellido comience con la letra "L", siguiéndose sucesivamente de manera alfabética.
Quinta. Tribunal Calificador.
El Tribunal calificador estará integrado por los siguientes miembros:
Presidente: El de la Corporación, o miembro de la misma en quien delegue.
Vocales:
El Concejal Delegado de Personal. Será su suplente, el Concejal Delegado de Medio Ambiente.
Un representante de la Junta de Andalucía.
Un representante a propuesta de la Junta de Personal de este Excmo. Ayuntamiento.
Un representante a propuesta de los grupos municipales de la oposición.
Dos funcionarios de este Excmo. Ayuntamiento de igual o superior categoría a la plaza convocada, designados por el Sr. Alcalde.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.
Los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.
Tanto para que el Tribunal quede válidamente constituido como para su actuación, se requerirá la presencia de, al menos la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, más la del Presidente y Secretario o quienes les sustituyan.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.
Sexta. Llamamientos.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
Los llamamientos se efectuarán mediante los correspondientes anuncios que se publicarán en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial y en el lugar de celebración de las pruebas, así como se insertarán en el portal web de este Ayuntamiento (www.aytolucena.es).
Séptima. Lugar y calendario de realización de las pruebas.
Los ejercicios se celebrarán en dependencias municipales, y darán comienzo en la fecha y hora que se determine por la Alcaldía.
A partir del inicio de la oposición, el Tribunal determinará la fecha para la práctica de las sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos de setenta y dos horas ni más de cuarenta y cinco días naturales.
Octava. Desarrollo de la oposición.
La oposición constará de tres ejercicios, obligatorios y eliminatorios, y serán los siguientes:
Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas, un tema, entre dos, extraídos al azar, de entre los que constan en la Parte I (Materias Comunes) de los comprendidos en el Anexo de esta convocatoria.
Segundo ejercicio: Será escrito y consistirá en desarrollar en un tiempo máximo de dos horas, dos temas extraídos al azar, de entre los que constan en la Parte II (Materias Especificas), de los comprendidos en el Anexo de esta convocatoria.
Tercer ejercicio: Consistirá en la Resolución, por escrito, durante un período máximo de tres horas, de dos supuestos prácticos que planteará el Tribunal, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relacionados con las funciones a desempeñar y en consonancia con el temario específico de la convocatoria.
Los tres ejercicios deberán ser leídos obligatoriamente y con posterioridad a su desarrollo por los opositores, en sesión pública, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificada, en cuyo caso serán leídos por el Tribunal.
Si transcurridos diez minutos de exposición el Tribunal aprecia deficiencia notoria en la actuación del aspirante, podrá invitar a éste a que desista de continuar el ejercicio.
Novena. Calificación de los ejercicios.
Cada ejercicio será calificado hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.
El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de cero a diez.
El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal presentes, desechándose a estos efectos las notas máxima y mínima cuando entre ambas exista una diferencia igual o superior a tres puntos. En caso de que éstas fueran varias, se eliminará únicamente una de cada una de ellas.
En base a una mayor objetividad en la calificación, ésta se realizará mediante votación secreta cuando así lo requiera cualquier miembro del Tribunal.
El orden de clasificación definitiva estará determinado por la suma de puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios.
En caso de empate se resolverá a favor de quien hubiere obtenido mayor puntuación en el tercer ejercicio.
Décima. Publicidad de las calificaciones.
Finalizado cada ejercicio y una vez calificado éste, serán hechos públicos los resultados mediante anuncios suscritos por el Secretario del Tribunal que se insertarán en el Tablón de Edictos de la Casa Consistorial y local de celebración de las pruebas, así como en el portal web de este Ayuntamiento (www.aytolucena.es).
Por este mismo procedimiento se publicará la relación de aprobados, por orden de puntuación.
Undécima. Propuesta de nombramiento.
El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de la plaza convocada, y elevará la correspondiente relación a la Presidencia de la Corporación, a efectos del nombramiento del aspirante propuesto; no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los restantes aspirantes.
Si se rebasare en la relación, el número de plazas convocadas, la propuesta será nula de pleno derecho.
Duodécima. Aportación de documentos.
Dicho aspirante presentará ante esta Administración -Sección de Recursos Humanos-, dentro del plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria.
Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el interesado no presentare la documentación, o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Si tuviera la condición de Funcionario Público estará exento de justificar las condiciones y requisitos, ya acreditados, para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Decimotercera. Nombramiento.
Finalizado el período de aportación de documentos, el Sr. Alcalde efectuará el correspondiente nombramiento.
Decimocuarta. Juramento.
Una vez efectuado el nombramiento, antes de la toma de posesión, el nombrado deberá prestar juramento o promesa en la forma legalmente prevenida.
Decimoquinta. Toma de posesión.
El interesado deberá tomar posesión dentro del plazo de un mes, a contar desde el día de la fecha de notificación del nombramiento.
Cuando, sin causa justificada, no tomase posesión dentro del plazo señalado, decaerá en su derecho de hacerlo.
Decimosexta. Resoluciones del Tribunal, Impugnaciones.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse nuevamente las pruebas o trámites afectados por la irregularidad.
También la presente convocatoria y sus Bases, así como los actos administrativos que se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992 anteriormente mencionada.
Decimoséptima. Interpretación de las Bases e incidencias.
Se atribuye a la Alcaldía la facultad de interpretar estas Bases, y de resolución de incidencias y recursos, hasta el acto de Constitución del Tribunal, en que se atribuirá a éste la facultad de interpretación y Resolución de incidencias hasta la terminación de las pruebas.
Decimoctava. Clasificación del Tribunal.
El Tribunal Calificador tendrá la categoría segunda, de conformidad con lo dispuesto en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Decimonovena. Derecho Supletorio.
En lo no previsto en la presente convocatoria se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; el Reglamento de Funcionarios de Administración Local, aprobado por Decreto de 30 de mayo de 1952; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y demás disposiciones aplicables en esta materia.
A N E X O
Parte I. Materias Comunes
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales.
Tema 2. La Administración Pública en la Constitución. La regulación de la Administración en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las relaciones interadministrativas y sus principios.
Tema 3. La organización pública del Estado. La Jefatura del Estado. Las Cortes Generales. El Gobierno y la Administración.
Tema 4. La Comunidad Autónoma de Andalucía. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Competencias de la Comunidad Autónoma. Instituciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 5. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo y jerarquía normativa. El valor de la costumbre y los principios generales del Derecho.
Tema 6. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Administración Local.
Tema 7. Régimen Local español. Principios constitucionales. Regulación jurídica.
Tema 8. El Municipio. El término municipal. La población municipal. Consideración especial del vecino. El empadronamiento municipal.
Tema 9. Organización, atribuciones de sus órganos y competencias municipales.
Tema 10. Los bienes de las Entidades Locales. Clases de bienes. El dominio público y su utilización.
Tema 11. Personal al servicio de la entidad local. Los funcionarios públicos: Selección y Clases. El personal laboral: Tipología y selección. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales.
Tema 12. Las Haciendas Locales. Las ordenanzas fiscales. El presupuesto de las Entidades Locales: elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria.
Parte II. Materias Específicas
Tema 1. El procedimiento administrativo: Concepto y Clases. Principios informadores. Fases del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. El silencio administrativo.
Tema 2. Los recursos administrativos. Concepto y clases. Examen especial de los recursos de alzada y extraordinario de revisión. Las reclamaciones económico-administrativas. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones en vía judicial.
Tema 3. Los contratos administrativos: Naturaleza, elementos, competencia, caracteres y clases. Formas de contratación. Contenido y efectos de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración. Riesgo y ventura y fuerza mayor. Revisión de precios.
Tema 4. La Unión Europea. Los Tratados originarios y modificativos de las Comunidades Europeas. Las instituciones comunitarias. El Derecho comunitario y sus distintos tipos de fuentes.
Tema 5. El medio ambiente en la Constitución Española y el Estatuto de Andalucía. Distribución de competencias en materia medioambiental entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 6. El Municipio y el Medio Ambiente. El reparto institucional de competencias de Medio Ambiente. Competencias de las Corporaciones Locales.
Tema 7. Ley de Protección Ambiental de Andalucía: Conceptos, ámbito y objetivos.
Tema 8. Evaluación de Impacto Ambiental. Objeto, fines y competencias. Informe Ambiental. Calificación Ambiental. Procedimientos y análisis ambientales. Disciplina ambiental.
Tema 9. Espacios Naturales Protegidos: Legislación estatal y autonómica.
Tema 10. Instrumentos de ordenación y gestión de los Espacios Naturales Protegidos: Planes de ordenación de los recursos naturales y planes rectores de uso y gestión.
Tema 11. El uso público en Espacios Naturales. Tipos de equipamientos: Finalidad y gestión. Actividades, información, educación e interpretación ambiental. Seguimiento y control de actividades recreativas en la naturaleza.
Tema 12. Espacios naturales protegidos en la Provincia de Córdoba. Características particulares. Fauna y Flora más relevante. Riesgos contra su protección.
Tema 13. Concepto de ecosistema: Principios básicos de funcionamiento de un ecosistema. Principales ecosistemas andaluces: características; situación; problemática de conservación.
Tema 14. Zonas húmedas: Definición. Tipos. Importancia. Deterioro. Gestión.
Tema 15. Legislación Forestal: Ley de Montes. Ley Forestal de Andalucía y Reglamento de desarrollo.
Tema 16. Los incendios forestales: prevención, vigilancia, detección y extinción. Ecología del fuego. Los combustibles en la naturaleza. El uso del fuego como herramienta de manejo de hábitat.
Tema 17. Ley de aguas. Reglamentos de desarrollo. El dominio público hidráulico.
Tema 18. Contaminantes orgánicos e inorgánicos de las aguas. La contaminación de las aguas subterráneas.
Tema 19. Importancia de las aguas subterráneas para el abastecimiento humano.
Tema 20. Métodos de tratamientos de muestras de aguas potables para el análisis de sustancias nocivas.
Tema 21. La atmósfera: Descripción, circulación general de la atmósfera. Masas de aire y sistemas de presión.
Tema 22. Reglamento de la Calidad del Aire. Contaminación Atmosférica: local y global (lluvia ácida, capa de ozono, efecto invernadero). Efecto sobre fauna, flora y objetos. Fuentes de contaminación.
Tema 23. Los residuos: Definición, clasificaciones, producción, composición y características.
Tema 24. Gestión de residuos. Técnicas de tratamiento de residuos. Residuos Sólidos Urbanos: Caracterización, producción, recogida, gestión, reciclado, vertido e incineración.
Tema 25. Instalaciones de carácter supramunicipal: vertederos, plantas de transformación , puntos limpios. Factores a considerar en la ubicación de vertederos controlados. El aprovechamiento de los residuos.
Tema 26. Los residuos tóxicos y peligrosos: consideraciones para la ubicación de los depósitos de seguridad y su funcionamiento.
Tema 27. El ruido y las vibraciones como agentes contaminantes: Medidas Preventivas y de control.
Tema 28. Contaminación por residuos industriales.
Tema 29. Intervención ante incidentes ambientales: Toma y conservación de muestras; actuaciones administrativas; levantamiento de acta; elaboración de informe.
Tema 30. Código Penal: De los delitos entre los Recursos Naturales y el Medio Ambiente; de los delitos relativos a la protección de la Flora y la Fauna; delitos de Incendios Forestales; delito Ecológico. Procedimiento Sancionador: Principios Informadores. La Denuncia: Forma, Contenido Mínimo, Plazos, Presentación y Seguimiento.
Tema 31. Educación Ambiental. Actuación de las Administraciones Públicas en este campo.
Tema 32. Método y Técnicas para el diseño de campañas de educación medioambiental para distintos colectivos sociales.
Tema 33. Diseño y gestión de proyectos de regeneración medioambiental.
Tema 34. La energía. Las fuentes de energía y su impacto ambiental.
Tema 35. Las energías renovables. Tipos.
Tema 36. Las energías alternativas y desarrollo local sostenible.
Tema 37. Promoción de la salud desde la Administración Local: Control ambiental de plagas urbanas. Los alérgenos y el diseño de zonas verdes.
Tema 38. Campos electromagnéticos y salud. Campos electromagnéticos: Legislación vigente.
Lucena, 21 de diciembre de 2006.- El Alcalde, José Luis Bergillos López.
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