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NIG: 2906742C20020023899.
Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1053/2002. Negociado: 3L.
De: Ferretería Sebastián Guerrero, S.L.
Procuradora: Sra. María Teresa Garrido Sánchez.
Contra: T. Dacuan, S.L.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1053/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Málaga a instancia de Ferretería Sebastián Guerrero, S.L. contra T. Dacuan, S.L. sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
En Málaga, a quince de septiembre de dos mil tres.
La Sra. Dolores Ruiz Jiménez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de los de Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Ordinario núm. 1.053/02, seguidos ante este Juzgado entre partes, de una como demandante Ferretería Sebastián Guerrero, S.L., representado por el Procurador Sra. María Teresa Garrido Sánchez, y de otra como demandado T. Dacuan, S.L., sobre reclamación de cantidad,
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. María Teresa Garrido Sánchez en representación de Ferretería Sebastián Guerrero, S.L., contra T. Dacuan, S.L. quién fue declarado en rebeldía rebelde, debo condenar y condeno a los demandados a pagar a la parte actora la cantidad de cincuenta y cinco mil ochocientos cuarenta y seis euros con setenta céntimos (55.846,70 euros), más los intereses legales devengados desde la interposición de la demanda, así como al pago de las costas procesales causadas.
Contra esta Resolución cabe recurso de apelación conforme a los requisitos establecidos en los arts. 457, 458, 459, 460 y concordantes de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado T. Dacuan, S.L. en paradero desconocido, extiendo y firmo la presente en Málaga, a doce de diciembre de dos mil seis.- El/La Secretario.
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