Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 21/02/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 28 de diciembre de 2006, del Ayuntamiento de Salobreña, de bases para la selección de personal funcionario.

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Don Gustavo Aybar Benítez, Alcalde-Presidente Acctal. del Ayuntamiento de Salobreña (Granada).

Hago saber, con fecha 28 de diciembre de 2006 se ha dictado Decreto de la Alcaldía aprobando la convocatoria y las siguientes bases generales que regirán en el concurso-oposición para la provisión de las plazas que se indican vacantes en la Plantilla del Ayuntamiento de Salobreña (Granada).

1. Convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad en Turno Libre y por el sistema de Concurso-oposición de las siguientes plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Salobreña, incorporadas a la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2006 publicada en el BOE núm. 121 de 22.5.06.

Escala Administración Especial. Subescala Técnica. Clase Técnico Superior.

Plaza Grupo Vacantes Anexo

Arquitecto Superior A 1 I

Escala Administración Especial. Subescala Servicios Especiales. Clase Personal de Oficios

Plaza Grupo Vacantes Anexo

Operario E 1 II

Personal Laboral.

Puesto Grupo Vacantes Anexo

Operario jardines E 2 III

1.2. Los procesos selectivos de las mencionadas plazas se regirán par las presentes Bases Generales y por lo que se determina en los correspondientes Anexos. Para lo no previsto en las mismas le será de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, RD 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y RD 896/91 de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y programas mínimos a los que ha de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local y Ley 7/85 de 2 de Abril de Bases del Régimen Local.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de los procesos selectivos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales además de los especificados en los anexos de cada convocatoria:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos 18 años de edad

c) Estar en posesión del titulo exigido para cada plaza según se especifica en los anexos o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme.

f) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse en el última día del plazo de presentación de solicitudes.

3. Instancias y documentación.

3.1. Quienes deseen tomar porte en estos pruebas selectivas cursarán su solicitud ajustada al modelo que se inserta al final de estas Bases, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base segunda de esta convocatoria y acompañando certificación o fotocopia compulsada de los méritos alegados para la Fase de Concurso que habrán de relacionarse en la solicitud.

3.2. Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Salobreña y se presentarán en el Registro General en cualquiera de las formas contempladas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.3. Las solicitudes vendrán acompañadas de justificante de haber ingresado los derechos de examen que se fijan en 18 . Su cuantía se ingresará en la Tesorería Municipal o bien mediante giro postal o telegráfico. Las aspirantes que concurran a más de una vacante deberán abonar los derechos de examen correspondientes a cada una de ellas. Las Tasas satisfechas en concepto de examen no serán devueltas cuando las candidatos resulten excluidos en listas definitivas por error cometido en su solicitud y atribuible a ellos mismos.

3.4. Quedará exento del abono de los derechos de examen el personal que preste sus servicios en el Ayuntamiento de Salobreña por aplicación del Acuerdo Regulador del Personal.

4. Admisión de candidatos.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias por la Alcaldía se dictará Resolución, en el plazo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión, lugar de exposición de dichas listas y plazo para subsanación de errores. La Resolución será publicada en el BOP y tablón de anuncios del Ayuntamiento de Salobreña.

4.2. Transcurrido el plazo de subsanaciones la Alcaldía dictará Resolución aprobando las listas definitivas, designando los miembros del tribunal e indicará el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio. A la Resolución se dará publicidad mediante Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

4.3. Los aspirantes excluidos podrán interponer recurso Contencioso-Administrativa en el plazo de 2 meses a partir de la publicación de la Resolución.

5. Tribunales.

5.1. Los Tribunales tendrán la siguiente composición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.e) y f) del RD 896/91 de 7 de junio:

- Presidente: El de la Corporación o miembro en quien delegue.

- Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía, un representante de la Junta de Personal (delegado de personal para el puesto laboral) el concejal de personal y un funcionario del Ayuntamiento o miembros en quienes deleguen.

- Secretario: El Secretario de la Corporación o funcionario del Ayuntamiento en quien delegue.

5.2. Todos los Vocales y los suplentes que se designen, deberán poseer igual o superior titulación a la exigida a los aspirantes a cada vacante.

5.3. El vocal-representante de la Junta de personal o delegado de personal, si careciesen del requisito de titulación antes expresado, podrán designar funcionario en su nombre que reúna dicho requisito.

5.4. Los Tribunales de selección no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros titulares o suplentes.

5.5. Los miembros del Tribunal están sometidos a las causas de abstención y recusación de las reguladas en la Ley de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6. Los distintos Tribunales que se formen están autorizados para resolver las dudas que se presenten y tomar las acuerdos necesarios para velar por el buen orden de lo convocatoria.

5.7. Los miembros de los Tribunales serán retribuidos de acuerdo con lo dispuesto en el RD 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones. La categoría estará en función del Grupo que se corresponda con la plaza a cubrir.

6. Desarrollo de las pruebas.

6.1. La fecha, hora y lugar en que dará comienzo el primer ejercicio de la oposición serán anunciados, al menos, con 10 días de antelación, mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de edictos de lo Corporación y en el lugar en donde se estén llevando a cabo las pruebas, sin que entre lo terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente exista un plazo inferior a 72 horas.

6.2. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. El orden de actuación de los opositores, en su caso, se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience con la letra "A".

6.3. Una vez comenzada las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las pruebas en el BOP. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el Tablón de anuncios de este Ayuntamiento o en los locales donde se hallan celebrado las pruebas anteriores.

7. Calificación de los ejercicios.

A) Fase Concurso:

7.1. La fase de concurso, que será previa a la fase oposición, no tendrá carácter eliminatorio. La calificación de los méritos no podrá superar el 40% de la puntuación de la fase oposición y se calculará conforme a lo indicado en el apartado concurso-oposición.

7.2. Sólo se considerarán como servicios prestados los realizados en régimen laboral o en régimen funcionarial (de carrera o interinidad).

B) Fase oposición:

7.3. Los ejercicios de la fase oposición serán calificadas por cada miembro del Tribunal otorgando una puntuación de 0 a 10 puntos. La calificación de cada prueba será la media aritmética de las otorgadas por los miembros del Tribunal quedando eliminado el opositor que no alcance una media de 5 puntos, en cada una de ellos.

7.4. La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la media de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición más los puntos del concurso sin que éstos puedan tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase oposición.

8. Listas de aprobados, presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera.

8.1. Una vez terminada la calificación de los aspirantes, cada Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aprobados, por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas. Igualmente elevarán propuestas a la Presidencia de la Corporación para que proceda a los correspondientes nombramientos.

8.2. Los aspirantes propuestos por el Tribunal dispondrán de un plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación en el Tablón de Edictos de las relaciones de aprobados, para presentar los siguientes documentos:

a) Certificación en extracto del Acta de nacimiento expedida en el Registro Civil correspondiente.

b) Fotocopia compulsada, del título exigido o equivalente.

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones propias de la plaza convocada.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico, ni psíquico que impida el desempeño de los funciones propias de la plaza convocada.

e) Declaración de no estar incurso en incompatibilidad y compromiso de no desempeñar ninguna otro actividad pública o privada ajena a esta Administración, salvo las legalmente permitida en el régimen de incompatibilidades.

8.3. Presentados los documentos la Alcaldía dictará resoluciones nombrando a los propuestos por el Tribunal quienes deberán tomar posesión en el plazo de 30 días naturales, contados a partir de la fecha de notificación del nombramiento. El aspirante que no tomara posesión de su cargo, sin causa justificada, decaerá en todos sus derechos.

9. Base final.

La convocatoria, sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en la forma establecida por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

CONCURSO-OPOSICION

Será común para todas las plazas convocadas y se realizará y puntuará de la siguiente forma:

Fase concurso. Baremo de Méritos (máximo 4 puntos).

Por cada tres meses de servicios prestados en Administraciones Públicas en puestos relacionados con las plazas convocadas: 0,2 puntos.

Fase de oposición:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario, de entre tres seleccionado por el tribunal antes del inicio, comprensivo de veinte preguntas con tres respuestas alternativas, tipo test, de las que sólo una será correcta, todas ellas pertenecientes al temario. Cada pregunta contestada acertadamente se valorará en 0,50 punto. Los errores se penalizarán con 0,50 puntos. Se requiere un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio Tiempo máximo: una hora.

Segundo ejercicio: Consistirá en un caso práctico relacionado con las materias del programa y determinado por el tribunal antes de su inicio. El ejercicio será calificado por cada miembro del Tribunal de cero a diez puntos, siendo la nota del ejercicio la media aritmética de las puntuaciones emitidas. Se requiere un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio. Tiempo máximo: una hora.

ANEXO I

Plaza: Arquitecto superior.

Vacantes: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Clase: Técnico Superior.

Grupo: A.

Titulación: Licenciado en Arquitectura.

Provisión: Concurso-Oposición Libre.

T E M A R I O

Materias Comunes

1. La Constitución española de 1978: estructura, contenido y reforma.

2. El modelo español de organización territorial: el estado autonómico. Naturaleza jurídica y principios. Las formas de acceso.

3. Los estatutos de autonomía. El proceso estatuyente. contenido, reforma y organización político institucional de las comunidades

4. La Administración local: posición constitucional de municipios y provincias. Distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas sobre la administración local. Tipología de los entes locales. La provincia: organización y competencias. El municipio: organización y competencias.

5. El régimen local. La administración local en la constitución. La carta europea en la autonomía local. El principio de autonomía local.

6. La organización municipal. Organos necesarios: el alcalde, los teniente de alcalde. El pleno. La junta de gobierno. La comisión especial de cuentas. Las comisiones informativas. Los órganos complementarios.

7. Otras entidades locales de ámbito inferior al municipio. Las comarcas. Las mancomunidades de municipios. Las áreas metropolitanas.

8. La cooperación económica del Estado a las inversiones en las entidades locales. Los planes provinciales e insulares de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal y de red viaria local.

9. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. El procedimiento administrativo. Principios informadores. Las fases del procedimiento: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Procedimientos de ejecución. Los procedimientos especiales.

10. Los contratos administrativos: naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Procedimientos y formas de adjudicación. Ejecución y modificación de los contratos. La extinción de los contratos administrativos.

11. El contrato de obras. Actuaciones administrativas preparatorias. Efectos. Extinción y ejecución de obras por la propia administración.

12. El contrato de gestión de servicios públicos. El contrato de suministros. Otros contratos administrativos tipo.

13. Clasificación tradicional de las formas de acción administrativa. El fomento. La actividad de policía. La potestad sancionadora de la administración. El servicio público. Formas de gestión.

14. Los bienes de las entidades locales. Clasificación. Administración, disfrute y aprovechamiento de los mismos.

15. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio. Expropiaciones especiales. Garantías jurisdiccionales. La responsabilidad patrimonial de la administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

16. La responsabilidad patrimonial de la Administración pública. Procedimiento administrativo en materia de responsabilidad.

17. Los recursos de las haciendas locales. La imposición y ordenación de tributos.

18. Impuestos municipales. Tasas, precios públicos y contribuciones especiales.

Temario Específico

19. Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía. Objeto y fines específicos.

20. El plan general de ordenación urbanística.

21. Los planes de ordenación intermunicipal y los planes de sectorización.

22. Los planes parciales.

23. Los planes especiales.

24. Los estudios de detalle. Los catálogos.

25. Determinaciones complementarias sobre ordenación, programación y gestión y contenido documental de los instrumentos de planeamiento.

26. Los restantes instrumentos de ordenación urbanística.

27. Actos preparatorios para la elaboración de los instrumentos de planeamiento. Competencia y procedimiento para la aprobación de los instrumentos de planeamiento.

28. Tramitación de los instrumentos de planeamiento y efectos de su aprobación. Información pública y publicidad.

29. Vigencia, revisión y modificación de los instrumentos de planeamiento.

30. Actuaciones de interés público en los terrenos con el régimen de suelo no urbanizable.

31. Los convenios urbanísticos en la LOUA (Convenios urbanísticos de planeamiento y convenios urbanísticos de gestión).

32. Competencias del municipio en la ley 7/2002 de 17 de diciembre de la LOUA.

33. Los instrumentos de intervención en el mercado público del suelo en la LOUA. Patrimonio municipal de suelo, derecho de superficie y ejercicio de los derechos de adquisición preferente.

34. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo de acuerdo a la ley 6/1998 de 13 de abril sobre el régimen del suelo y valoraciones.

35. Clasificación y categorías del suelo según la LOUA, ley 7/2.002 de 17 de diciembre.

36. El régimen del suelo no urbanizable de acuerdo a la LOUA. Normas de aplicación directa para suelo no urbanizable.

37. El régimen del suelo urbanizable de acuerdo a la LOUA.

38. El régimen del suelo urbano según la LOUA. Normas de aplicación directa para suelo urbano.

39. Las áreas de reparto. El aprovechamiento urbanístico.

40. Los proyectos de urbanización. Gastos de urbanización. Deber de conservación de las obras de urbanización. Recepción de las obras de urbanización.

41. Características y requisitos de las unidades de ejecución. Delimitación de las unidades de ejecución.

42. El sistema de compensación según la LOUA.

43. El sistema de cooperación según la LOUA.

44. El sistema de expropiación según la LOUA.

45. La reparcelación.

46. La figura del agente urbanizador, público o privado en la ley 7/2002.

47. La ejecución de las dotaciones. Ejecución mediante obras públicas ordinarias.

48. El deber de conservación y rehabilitación. Situación legal de ruina urbanística. Las órdenes de ejecución de las obras de conservación. Ruina física inminente.

49. Expropiación forzosa por razón de urbanismo.

50. Licencias urbanísticas: actos sujetos a licencia. Competencia y procedimiento.

51. La protección de la legalidad urbanística y restablecimiento del orden jurídico perturbado. Competencia de la comunidad autónoma. Las licencias u órdenes de ejecución incompatibles con la ordenación urbanística.

52. Las infracciones urbanística y las sanciones.

53. Situación legal de fuera de ordenación.

54. Disposiciones transitorias de la LOUA.

55. Anteproyectos y proyectos de obras del Estado: clasificación. Requisitos. Documentos y su contenido. Normativa técnica de aplicación y su alcance.

56. La valoración de inmuebles: distintos significados que se le da al valor. Métodos de valoración: valor en venta, valor por comparación y valor por capitalización.

57. Cartografía catastral. Interpretación y ejecución del catastro. Normativa y codificación.

58. Cimentaciones. Tipos.

59. Estructuras. Tipos.

60. Fachadas. Tipos.

61. Cubiertas. Tipos.

62. Patologías en la construcción. Conservación y mantenimiento en las edificaciones. Procedimiento para la rehabilitación.

63. La norma ehe. Componentes materiales del hormigón. Dosificación, fabricación y transporte. Puesta en obra del hormigón. Curado del hormigón.

64. Medidas de protección contraincendios. Medios de protección y prevención de incendios.

65. Protección contraincendios. Compartimentación, señalización y diseños de las vías de evacuación.

66. Seguridad e higiene en la construcción. Características del estudio y plan de seguridad y salud. Seguridad en las instalaciones y servicios generales de obra. Seguridad en la maquinaria y medios mecánicos. Seguridad en los tajos.

67. Las barreras arquitectónicas en edificios públicos.

68. Las obras de urbanización: diseño de las redes de prestación de servicios, de los espacios públicos y viales.

69. El patrimonio histórico español. Medidas de protección. La declaración de bienes de interés cultural.

70. El patrimonio histórico andaluz. Medidas para el fomento del patrimonio histórico: presupuestarias, tributarias, fiscales y policiales. Incidencia de la LOUA en la protección del patrimonio histórico.

71. Las obras de restauración.

72. Las viviendas de protección oficial: legislación reguladora. Ambito de aplicación. Destino, superficies y módulos. Normas técnicas de calidad de las viviendas sociales.

73. Ley de ordenación de la edificación. Objeto. Ambito de aplicación. Exigencias técnicas y administrativas de la edificación.

74. Ley de ordenación de la edificación. Agentes de la edificación.

75. Licencias de actividades inocuas.

76. La ley 7/1994 de protección ambiental de la comunidad autónoma de Andalucía. Prevención y calidad ambiental. Disciplina ambiental.

77. El reglamento de calificación ambiental.

78. El reglamento de informe ambiental.

79. Estudios de impacto ambiental. Concepto y contenido.

80. Reglamento de protección contra la contaminación acústica en Andalucía y el reglamento de calidad del aire.

81. El reglamento de residuos (Decreto 283/1995).

82. Las ordenanzas municipales de caminos rurales.

83. Las ordenanzas municipales para la eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas.

84. Las ordenanzas municipales para la edificación en suelo urbano.

85. Las ordenanzas municipales que regulan las edificaciones en Salobreña: en núcleos históricos, en el plan parcial "playa", en el plan parcial "Sector Este", en el plan parcial "sector norte" y en el polígono industrial "La Gasolinera".

86. Las ordenanzas municipales reguladoras de las construcciones en suelo no urbanizable.

87. El plan especial de protección del medio físico de granada: incidencia en el término municipal de Salobreña.

88. Ley de carreteras de Andalucía. Ambito de aplicación. Clasificación de las vías. Dominio público. Zonas de afección. Zona de servidumbre. Zona de no edificación.

89. Ley de aguas. Ambito de aplicación. Zona de dominio público hidráulico. Zona de afección.

90. Ley de vías pecuarias. Ambito de aplicación. Clasificación y dimensiones de las vías pecuarias.

ANEXO II

Plaza: Operario Medio Ambiente.

Vacantes: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Personal de Oficios.

Categoría: Operario.

Grupo: E.

Titulación: Estudios primarios o equivalente.

T E M A R I O

Grupo I (materias comunes)

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales.

2. La provincia en el régimen local. Organización provincial, competencias

3. El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento

4. Organización municipal. Competencias

Grupo II (materias específicas)

5. Protección Ambiental. Ordenanzas Municipales de Medio Ambiente. Servicios Medioambientales Municipales.

6. Atención e Información al Público. Consumo y Medio Ambiente.

7. Residuos Urbanos. Tipos. Origen. Limpieza Viaria.

8. Gestión del Agua. Abastecimiento y Saneamiento.

9. Calidad del Aire. Ruido.

10. Prevención de riesgos laborales.

ANEXO III

Plaza: Operario Jardines.

Vacantes: 2.

Plantilla Laboral: Fijo.

Grupo: E.

Titulación: Estudios primarios o equivalente.

T E M A R I O

Grupo I (materias comunes)

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales.

2. La provincia en el régimen local. Organización provincial, competencias

3. El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento

4. Organización municipal. Competencias

Grupo II (materias específicas)

5. Especies vegetales para jardinería más utilizadas. Características y necesidades especiales. Ciclo y calendario de mantenimiento.

6. Herramientas de jardinería. Tipos y características. Utilidad, ventajas e inconvenientes de cada una.

7. Enfermedades de las especies vegetales. Síntomas, diagnóstico y tratamiento.

8. La poda. Métodos y calendario de poda. Consecuencias de una poda incorrecta.

9. El suelo. Tipos. Suelos más adecuados para la jardinería. El riego.

10. Funcionamiento de un servicio de jardinería municipal. Prevención de riesgos laborales.

MODELO-SOLICITUD DE ADMISION A PRUEBAS SELECTIVAS

1. Plaza/puesto al que aspira:

1.1. Convocatoria: BOE núm. de fecha ......./......./.......

2. Datos personales:

Nombre: ...................................................................................

Apellidos: ...............................................................................

DNI: ............................................................................................

Domicilio para notificaciones: ................................................

Población: ..............................................................................

Código postal: .......................... Provincia: ..........................

3. Documentación que adjunta:

3.1. Resguardo del ingreso de los derechos de examen.

3.2. Méritos para la fase de Concurso (relacionar):

El abajo firmante, solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprometiéndose a probar documentalmente Sr. Alcalde.

Salobreña, 28 de diciembre de 2007.- El Alcalde Actal.

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