Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 30/03/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de marzo de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Quince de Málaga, dimanante del procedimiento ordinario núm. 353/2004. (PD. 1057/2007).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20040006662.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 353/2004. Negociado: P5.

Sobre: Rectificación registral.

De: Don Rafael Díaz Martín.

Procuradora: Sra. María Tinoco García.

Letrada: Sra. Irene Florido Morcillo.

Contra: Herederos de José Díaz Ramos y Antonia Martín Rumbado (José, Manuel y Maruja Díaz Martín), Junta de Patronato Construcción de Viviendas y Delegación Provincial Consejería de Obras.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 353/2004, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Quince de Málaga a instancia de Rafael Díaz Martín contra Herederos de José Díaz Ramos y Antonia Martín Rumbado (José, Manuel y Maruja Díaz Martín), Junta de Patronato Construcción de Viviendas y Delegación Provincial Consejería de Obras sobre Rectificación registral, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NUM. 18

En la ciudad de Málaga, a veintidós de enero de dos mil siete. Don Jaime Nogués García, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Quince de esta ciudad, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario tramitados en este Juzgado bajo el número 353/04, a instancia de don Rafael Díaz Martín, representado por la Procuradora doña María Tinoco García y defendido por la Letrada Sra. Florido Morcillo, contra Herederos de don José Díaz Ramos y doña Antonia Martín Rumbado: Don José, don Manuel y doña María Díaz Martín, Junta de Patronato para la Construcción de Viviendas de Obreros y la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, todos ellos en situación procesal de rebeldía, sobre acción declarativa de dominio.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña María Tinoco García, en nombre y representación de don Rafael Díaz Martín, contra Herederos de don José Díaz Ramos y doña Antonia Martín Rumbado: Don José, don Manuel y doña María Díaz Martín, Junta de Patronato para la Construcción de Viviendas de Obreros y la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, sobre acción declarativa de dominio y de rectificación registral, debo dictar Sentencia con los pronunciamientos siguientes:

1.º Declarar el dominio que ejerce don Rafael Díaz Martín sobre el inmueble identificado como parcela sita en la calle denominada La Prensa, con número 6, de la ciudad de Málaga, con una superficie aproximada de ciento quince metros cuadrados y sobre la que existe una construcción destinada a vivienda de sesenta y un metros cuadrados, y el resto destinado a patio, siendo sus linderos por el este, a la derecha entrando, con la casa de la misma calle señalada con el número 4, propiedad de don Jesús Vega Díaz; por el oeste a la izquierda entrando, con la casa número 8 propiedad de doña Inés Gallardo Torres, y al norte, fondo con la casa número 5 de la calle Tampa, propiedad de doña Francisca Rodríguez Moreno, al sur por donde tiene su entrada, con calle Princesa. Procede de la finca matriz número 4443, folio 15, tomo 205 del Registro de la Propiedad número 8 de Málaga: Parcela de terreno enclavada en el partido primero de la Vega de este término, lindera al norte con terreno del Marqués de Larios, espaldas de fincas del camino de Antequera y parcela de la Sociedad Económica de Amigos del País; al sur con calle de Aragón, antes callejón de la Pellejera y la parcela antes aludida; al este con terrenos de la Sociedad Azucarera Larios y la misma antedicha parcela; y al oeste con terrenos de la finca de la que se segrega otros de herederos de doña Paulina Piédrola y la indicada parcela de la Sociedad Económica y comprensiva de una superficie plana y horizontal que medida geométricamente es de diecisiete mil trescientos noventa y seis metros cuadrados. De dicha finca anteriormente descrita se han segregado las siguientes: El dominio de esta finca, con excepción de las superficies segregadas, aparece inscrito a nombre de la Junta de Patronato para la Construcción de Casas para Obreros, quien la adquirió por compra a doña María del Pilar Loreto Osorio Gutiérrez de los Ríos y de la Cueva, marquesa de Fernán Núñez, mediante escritura otorgada en esta ciudad el veinte de abril de mil novecientos once ante el Notario don Juan Barroso Ledesma, según consta en la inscripción 1.ª de rehabilitación fechada el veintiocho de enero de mil novecientos cincuenta y siete de la finca 4443, folio 15 del tomo 205 del archivo común.

2.º En consecuencia, librar mandamiento al Registro de la Propiedad número 8 de esta ciudad, firme que sea la presente resolución, a fin de proceder a la inscripción del referido inmueble a nombre del demandante.

3.º No hacer especial pronunciamiento en materia de costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes, por mitad.

Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación, que deberá prepararse en el plazo de cinco días hábiles desde su notificación, ante este Juzgado y para ante la Audiencia Provincial, manifestando su voluntad de apelar y los concretos pronunciamientos que impugna.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Herederos de José Díaz Ramos y Antonia Martín Rumbado (José, Manuel y Maruja Díaz Martín), Junta de Patronato Construcción de Viviendas y Delegación Provincial Consejería de Obras, extiendo y firmo la presente en Málaga, a seis de marzo de dos mil siete.- El/La Secretario.

Descargar PDF