Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 10/04/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Acuerdo de 20 de marzo de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra a los representantes en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía.

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La Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma se encuentra prevista en el artículo 184 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía como órgano bilateral de relación entre el Estado y la Comunidad Autónoma, en el ámbito de la financiación autonómica.

Corresponde a dicha Comisión la concreción, aprobación, actualización y el seguimiento del sistema de financiación, así como la canalización del conjunto de relaciones fiscales y financieras entre ambas Administraciones.

De conformidad con lo establecido en el citado artícu-

lo 184, la Comisión Mixta estará integrada por un número igual de representantes del Estado y de la Comunidad Autónoma, y la presidencia será ejercida de forma rotatoria entre las dos partes en turnos anuales. En consecuencia, y de común acuerdo con la Administración del Estado, se ha fijado en cinco el número de vocales que paritariamente se designarán por cada una de las Administraciones.

Por otro lado, la disposición final segunda del mencionado texto legal establece que, en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor, se deberá crear la referida Comisión.

Por lo tanto, y para permitir su constitución efectiva, resulta necesario designar a las personas que formarán parte de la representación autonómica, y a quién ejercerá las funciones correspondientes a su Secretaría.

En su virtud, y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 20 de marzo de 2007, adoptó el siguiente

ACUERDO

Primero. Nombrar miembros de la representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma a las personas titulares de los siguientes cargos:

Presidencia: El titular de la Consejería de Economía y Hacienda.

Vocales:

- El titular de la Viceconsejería de Economía y Hacienda.

- El titular de la Secretaría General de Economía.

- El titular de la Secretaría General de Hacienda.

- El titular de la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria.

- El titular de la Dirección General Relaciones Financieras con otras Administraciones.

Sin perjuicio de lo anterior, el titular de la Presidencia podrá disponer la asistencia del titular de cualquier otro Centro Directivo en sustitución de alguno de los vocales anteriores.

Segundo. El titular de la Viceconsejería de Economía y Hacienda ejercerá la Presidencia de la Comisión en caso de ausencia de su titular.

Tercero. Nombrar titular de la Secretaría de la representación de la Comunidad Autónoma en la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Comunidad Autónoma a la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Hacienda.

Cuarto. El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de marzo de 2007

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Economía y Hacienda

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