Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 19/04/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 12 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 31 de marzo de 2006, por la que se aprueba definitivamente la modificación del artículo 83 de las Normas Subsidiarias del municipio de Casariche (Sevilla), relativo a la "protección del suelo no urbanizable del cementerio" (Expte. SE-309/05), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 31 de marzo de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación del artículo 83 de las Normas Subsidiarias del municipio de Casariche (Sevilla), relativo a la "protección del suelo no urbanizable del cementerio".

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 8 de mayo de 2006, y con el número de registro 1.169, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 31 de marzo de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación del artículo 83 de las Normas Subsidiarias del municipio de Casariche (Sevilla), relativo a la "protección del suelo no urbanizable del cementerio" (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

"Visto el proyecto de Modificación del artículo 83 de las Normas Subsidiarias del municipio de Casariche (Sevilla), relativo a la

protección del suelo no urbanizable del cementerio

, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás legislación urbanística

aplicable.

HECHOS

Primero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto modificar la redacción del artículo 83 de las normas urbanísticas de las Normas Subsidiarias del municipio que regula los usos autorizables en la zona de protección del cementerio, delimitada a estos efectos en los planos de ordenación de las Normas Subsidiarias vigentes como suelo no urbanizable. La Modificación propone ampliar los usos autorizables a instalaciones vinculadas a los servicios funerarios, posibilitando así la implantación de un tanatorio que complemente las instalaciones del cementerio existente.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. En el expediente constan los siguientes informes sectoriales:

a) La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente ha informado el proyecto manifestando que no es necesario someterlo al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, ya que la Modificación propuesta no entra en los supuestos establecidos por el Apartado 20 del Anexo al Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental.

b) La Delegación Provincial de la Consejería de Salud ha informado el proyecto en relación con el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, reproduciendo las normas generales para la construcción, ampliación y reforma de los cementerios.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Casariche para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. Desde el punto de vista urbanístico, el proyecto se ajusta en cuanto a documentación y determinaciones a las normas legales y de planeamiento de rango superior que le son de aplicación, por lo que procede su aprobación, debiéndose incorporar a sus determinaciones las condiciones especificadas en el informe de la Delegación Provincial de la Consejería de Salud que consta en el expediente.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

HA RESUELTO

1.º Aprobar definitivamente el proyecto de Modificación del artículo 83 de las Normas Subsidiarias del municipio de Casariche (Sevilla), relativo a la protección del

suelo no urbanizable del cementerio

, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fechas 13 de abril de 2005 y 9 de febrero de 2006, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y en los términos especificados en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta Resolución.

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.

3.º Publicar la presente Resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas de este planeamiento, en el BOJA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

ANEXO II

En vigencia actual el artículo 83 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento. Normas de protección del suelo no urbanizable del cementerio nos dice literalmente como sigue:

- Dentro del área de protección del cementerio, señalada en el Plano de suelo no urbanizable de la presente Norma Subsidiaria, no se autoriza la concesión de licencias para la construcción de edificaciones e instalaciones de nueva planta o de reforma de las existentes, excepto las instalaciones industriales previstas en las presentes Normas.

MODIFICACION

La modificación del citado artículo 83, Normas de protección del suelo no urbanizable del cementerio, el que quedará, una vez actualizado y sustituido, redactado de la siguiente forma:

- Dentro del área de protección del cementerio, señalada en el Plano de suelo no urbanizable de la presente Norma Subsidiaria, no se autoriza la concesión de licencias para la construcción de edificaciones e instalaciones de nueva planta de reforma de las existentes, excepto las instalaciones u obras necesarias para los servicios funerarios o actividades análogas, así como las instalaciones industriales previstas en las presentes Normas.

Sevilla, 12 de marzo de 2007.- El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.

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