Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 19/04/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 12 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 14 de marzo de 2006, por la que se aprueba definitivamente la modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del municipio de Carrión de los Céspedes (Sevilla), en el ámbito del Sector Residencial Norte (RN) (Expte. SE-944/05), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 14 de marzo de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del municipio de Carrión de los Céspedes (Sevilla) en el ámbito del Sector Residencial Norte (RN).

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 8 de mayo de 2006, y con el número de Registro 1.165, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 14 de marzo de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del municipio de Carrión de los Céspedes (Sevilla) en el ámbito del Sector Residencial Norte (RN) (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

"Visto el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del municipio de Carrión de los Céspedes (Sevilla), en el ámbito del Sector Residencial Norte, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás legislación urbanística aplicable.

H E C H O S

Primero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto incrementar la capacidad residencial del sector

Residencial Norte RN

delimitado por las Normas Subsidiarias del Planeamiento de Carrión de los Céspedes, pasando de 280 a 360 viviendas y manteniendo la edificabilidad total del sector fijada en 0,48 m2t/m2s.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. En el expediente consta el informe de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente manifestando que no es necesario someter el proyecto al procedimiento de evaluación ambiental, ya que la Modificación propuesta no entra en los supuestos establecidos por el Apartado 20 del Anexo al Reglamento de Evaluación de impacto Ambiental.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Carrión de los Céspedes para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. Desde el punto de vista urbanístico, el proyecto se ajusta en cuanto a documentación y determinaciones a las normas legales y de planeamiento de rango superior que le son de aplicación, por lo que procede su aprobación, debiéndose incorporar a sus determinaciones las correcciones introducidas en la documentación complementaria aprobada en sesión plenaria de fecha 8 de marzo de 2006.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,

HA RESUELTO

1.º Aprobar definitivamente el proyecto de modificación de las Normas Subsidiarias del Planeamiento del municipio de Carrión de los Céspedes (Sevilla), en el ámbito del Sector Residencial Norte, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 21 de diciembre de 2005, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y en los términos especificados en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta Resolución.

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.

3.º Publicar la presente Resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas de este planeamiento, en el BOJA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

ANEXO II

La presente Modificación Puntual propone para la ordenación del Sector Residencial Norte las siguientes condiciones:

Sector Residencial Norte (RN)

1. Iniciativa de Redacción Plan Parcial: Particular.

2. Sistema de Ejecución: Compensación.

3. Edificabilidad de la zona residencial: 0,48 m2/m2.

4. Núm. máximo de viviendas: 360.

5. Superficie total del Sector: 96.824,79 m2.

6. Sistemas Locales: Se dimensionarán de acuerdo con lo establecido en el Anexo al Reglamento de Planeamiento "Reservas de suelo para dotaciones en Planes Parciales" sin perjuicio de que, cumpliendo en cualquier caso los mínimos establecidos en éste, las cesiones de suelo previstas para centros de EGB deban entenderse hechas a la enseñanza básica y ajustarse a lo establecido en la LOGSE (Ley 1/90, de 3 de octubre) conforme a la Disposición Adicional 17.4 de esta Ley. Los suelos destinados a dotación escolar se localizarán con carácter obligatorio en el denominado "Huerto Martín" contiguo a las actuales instalaciones escolares del Colegio Público Pío XII y de manera que se mantenga la continuidad de las nuevas instalaciones con las antiguas.

7. Sistemas Generales: incremento proporcional al número de habitantes previsto por la nueva densidad establecida de 40 viv./ha. Debido a la poca entidad de los Sistemas Generales de Espacios Libres se traducirá en un incremento de la superficie total de espacios libres (sistema local de dotaciones).

8. Otras condiciones: Cada vivienda dispondrá de una plaza de aparcamiento dentro de la parcela.

9. La densidad de viviendas del área de reparto correspondiente al ámbito del sector es de 37,184 viv./ha siendo el uso característico el residencial y la tipología característica la de viviendas unifamiliares adosadas (con retranqueos a linderos).

Sevilla, 12 de marzo de 2007.- El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.

Descargar PDF