Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 80 de 24/04/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 16 de marzo de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Cordel de Retumba, tramo único incluido descansadero-abrevadero de la Balsa del Sabinar", en el término municipal de Berja provincia de Almería. (VP@1661/05).

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Examinado el Expediente de Deslinde de la vía pecuaria "Cordel de Retumba, tramo único incluido descansadero-abrevadero de la Balsa del Sabinar", en el término municipal de Berja (Almería) instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Las vías pecuarias denominadas "Cordel de Retumba, tramo único incluido descansadero-abrevadero de la Balsa del Sabinar", en el término municipal de Berja (Almería) fueron clasificadas por Orden Ministerial de fecha 19 de noviembre de 1969.

Segundo. El deslinde se inicia a propuesta de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Almería por Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de 29 de septiembre de 2005, con relación a las vías pecuarias catalogadas Prioridad 1 por el Plan de Recuperación y Ordenación de las vías pecuarias de Andalucía, que a su vez configuran la Red Verde Europea (REVERD MED) y el Proyecto ITER (Conexión de Espacios Naturales).

Tercero. Las operaciones materiales de Deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el día 11 de enero de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 243 de fecha 22 de diciembre de 2005, así como mediante Edicto en el Excmo. Ayuntamiento de Berja y Anuncios en el tablón de Anuncios de la Delegación Provincial de Medio Ambiente.

A dicho acto no se han presentado alegaciones por parte de los asistentes al mismo.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 71 de 17 de abril de 2006.

Quinto. A la Proposición de Deslinde no se han presentado alegaciones.

Sexto. Mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente de 22 de septiembre de 2006, se solicitó Informe del Gabinete Jurídico, acordándose la interrupción del plazo establecido para instruir y resolver el procedimiento, hasta la recepción del mismo.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 6 de octubre de 2006.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente Deslinde, en virtud de lo preceptuado en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 206/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria "Cordel de Retumba, tramo único incluido descansadero-abrevadero de la Balsa del Sabinar", en el término municipal de Berja (Almería), fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 19 de noviembre de 1969, debiendo, por tanto, el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada Vía Pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Cuarto. A la Proposición de deslinde no se han presentado alegaciones.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable al caso.

Vistos la propuesta favorable al deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería con fecha 15 de septiembre de 2006, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de 6 de octubre de 2006.

R E S U E L V O

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria "Cordel de Retumba, tramo único incluido descansadero-abrevadero de la Balsa del Sabinar", en el término municipal de Berja (Almería) instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Almería, a tenor de los datos y la descripción que siguen a continuación :

- Longitud: 5.120,99 metros.

- Anchura: 37,61 metros.

Descripción.

Finca rústica, en el término municipal de Berja, provincia de Almería, de forma alargada con una anchura de 37,61 metros, una longitud deslindada de 5.120,99 metros, una superficie deslindada de 192.409,29 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como "Cordel de Retumba". Esta finca linda:

Norte:

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 7, Parcela 16.

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 26, Parcela 9005.

- Parcela de cortafuegos, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 7, Parcela 9008.

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 26, Parcela 3.

- Parcela de cortafuegos, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 7, Parcela 9003.

- Senda, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 25, Parcela 9003.

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 26, Parcela 9001.

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 25, Parcela 2.

- Senda, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 25, Parcela 9011.

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 25, Parcela 5.

Sur:

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 7, Parcela 16.

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 26, Parcela 9005.

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 26, Parcela 3

- Parcela de cortafuegos, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 7, Parcela 9003.

- Senda, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 25, Parcela 9003.

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 26, Parcela 9001.

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 25, Parcela 2.

- Senda, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 25, Parcela 9011.

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 25, Parcela 5.

Este:

- Descansadero Abrevadero de la Balsa del Sabinar.

Oeste:

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 25, Parcela 5.

- Vía Pecuaria Vereda de Ylar.

Descansadero-abrevadero de la Balsa del Sabinar.

Finca rústica, en el término municipal de Berja, provincia de Almería, de forma casi circular con un "radio" de 37,61 metros, un perímetro de 235,56 metros, y una superficie deslindada de 4.387,29 metros cuadrados, que en adelante se conocerá como "Descansadero Abrevadero de la Balsa del Sabinar". Esta finca se encuentra en el polígono 7 parcela 16 del catastro de rústica del Término Municipal de Berja. Esta finca linda:

Norte:

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 7, Parcela 16.

- Vía Pecuaria Cordel del Sabinar.

Sur:

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Dalias, Polígono 4, Parcela 89 en el término municipal de Dalías.

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 7, Parcela 16.

- Vía Pecuaria Cordel de la Balsa del Sabinal en el término municipal de Dalías.

Este:

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Dalias, Polígono 4, Parcela 89 en el término municipal de Dalías.

Oeste:

- Parcela de monte bajo y monte alto, con titular catastral Ayuntamiento de Berja, Polígono 7, Parcela 16.

- Vía Pecuaria Cordel de Retumba.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 16 de marzo de 2007.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

Actuación Cofinanciada por Fondos Europeos

ANEXO A LA RESOLUCION DE 16 DE MARZO DE 2007, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE DE LA VIA PECUARIA "CORDEL DE RETUMBA, TRAMO UNICO INCLUIDO DESCANSADERO-ABREVADERO DE LA BALSA DEL SABINAR", EN EL TERMINO MUNICIPAL DE BERJA, PROVINCIA DE ALMERIA

Relación de Coordenadas UTM de la vía pecuaria

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