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NIG: 1402142C20060002715.
Procedimiento: J. Verbal (N) 383/2006. Negociado: D.
Sobre: Reclamación de cantidad en accidente de tráfico.
De: Don José Anaya Salvador.
Procuradora: Sra. María Luisa Espinosa de los Monteros López.
Letrado: Sr. Alberto Espejo Suárez, Rafael.
Contra: Don Francisco Cortés Arroyo y Cía. Fiatc, S.A.
Procuradora: Sra. Miriam Marton Guillén.
Letrada: Sra. Cano García y Lourdes.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento J. Verbal (N) 383/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Córdoba a instancia de José Anaya Salvador contra Francisco Cortés Arroyo y Cía. Fiatc, S.A., sobre Reclamación de cantidad en accidente de tráfico, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:
Juzgado de Primera Instancia número Ocho de Córdoba. Juicio verbal Núm. 383/2006-D
SENTENCIA NúM. 16/2007
En Córdoba, a treinta de enero de dos mil siete.
Vistos por la Ilma. Sra. doña Cristina Mir Ruza, Magistrada-Juez de Primera Instancia núm. Ocho de esta Ciudad y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal núm. 383/2006, seguidos a instancias de don José Anaya Salvador, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María Luisa Espinosa de los Monteros López y asistido del Letrado don Rafael Alberto Suárez, contra don Francisco Cortés Arroyo, declarado en situación procesal de rebeldía, y contra la entidad Fiatc, Mutua de Seguros, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Miriam Martón Guillén y asistida de la Letrada doña Lourdes Cano García, y
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña María Luisa Espinosa de los Monteros López, en nombre y representación de don José Anaya Salvador, contra don Francisco Cortés Arroyo y contra la entidad Fiatc, Mutua de Seguros, debo condenar y condeno a los referidos demandados a abonar solidariamente al actor la cantidad de novecientos noventa y cuatro euros con setenta y un céntimos (994,71 euros), cantidad que devengará respecto de la Cía.Aseguradora el interés previsto en el art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro, condenando en costas a los demandados.
Llévese testimonio de esta sentencia a los autos de su razón, y notifíquese la misma a las partes, en la forma legalmente establecida.
Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
E/.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Francisco Cortés Arroyo, extiendo y firmo la presente en Córdoba a uno de febrero de dos mil siete. El/La Secretario.
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