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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adoptada en su sesión de fecha 8 de marzo de 2007, por la que se suspende la aprobación definitiva de la Modificación núm. 2 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de La Puebla de los Infantes (Sevilla), en la UE-5.
TEXTO DE LA RESOLUCION
"Visto el proyecto de Modificación núm. 2 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de La Puebla de los Infantes (Sevilla), en la UE-5, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.
Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás legislación urbanística aplicable.
H E C H O S
Primero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto modificar los parámetros de edificabilidad y densidad en el ámbito de la UE-5 del suelo urbano, establecidos por el Plan General para el desarrollo pormenorizado de la referida Unidad de Ejecución.
Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.
Segundo. La Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería.
Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de La Puebla de Los Infantes para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.
Cuarto. El proyecto presenta las siguientes deficiencias urbanísticas:
a) La Modificación propone un incremento del aprovechamiento de la UE-5, sin que, paralelamente se incremente el nivel de dotaciones de la misma, tal como exige el artículo 36.2.2.º de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, no siendo admisible alegar el alto nivel de dotaciones que tiene la Unidad de Ejecución en relación con las que se toma como referencia.
b) Dado que esta Modificación fue aprobada inicialmente una vez entrada en vigor la Ley 13/05 de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo, le es de aplicación la obligatoriedad de reservar el 30% de la edificabilidad residencial que se incrementa con destino a viviendas protegidas.
Quinto. Las deficiencias urbanísticas que presenta el proyecto obligan a que, previamente a la resolución definitiva del expediente, sean corregidas adecuadamente por el Ayuntamiento, tal como dispone el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,
HA RESUELTO
Suspender la aprobación definitiva del proyecto de Modificación núm. 2 del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de La Puebla de los Infantes (Sevilla), en la UE-5, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 22 de noviembre de 2006, para que, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, por el Ayuntamiento de dicha localidad se proceda a subsanar las deficiencias señaladas en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta resolución.
Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, bien directamente o a través de esta Delegación Provincial, ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Sevilla, 9 de abril de 2007.- El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.
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