Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 11 de 16/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte.

Resolución de 14 de diciembre de 2007, de la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística, por la que se conceden subvenciones de acuerdo con la Orden que se cita, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de turismo (modalidad 6, FFI).

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. De conformidad con lo previsto en la Orden de 9 de noviembre de 2006, el procedimiento de concesión de subvenciones ha sido tramitado en régimen de concurrencia competitiva, en único procedimiento, iniciado por la Resolución de inicio de 17 de septiembre y por la Propuesta de Resolución de 22 de octubre de 2007.

Segundo. La Orden de 9 de noviembre de 2006, establece la delegación de la competencia para resolver de la persona titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, en la persona titular de la Dirección General de Calidad, Innovación y Prospectiva Turística de los expedientes en los que la actividad objeto de subvención incida en un ámbito territorial superior al de la provincia (en el caso de las modalidades SCT y FFI), teniéndose en consideración en la Resolución los informes remitidos por las Delegaciones Provinciales.

Tercero. Iniciada la tramitación de los expedientes de subvención de conformidad con la citada Resolución de 17 de septiembre, habiéndose producido su valoración en atención a los criterios contenidos en el artículo 12 de la Orden reguladora, y habiendo sido fiscalizados de conformidad por la Intervención Delegada de esta Consejería los expedientes según Propuesta de Resolución de 22 de octubre, agotando el crédito disponible en los diferentes conceptos presupuestarios cuya dotación corresponde a la Convocatoria de referencia, procede la siguiente

R E S O L U C I O N

Primero. Conceder las subvenciones, en correspondencia con las solicitudes presentadas a la convocatoria de referencia, según se detallan en el Anexo a la presente Resolución, relacionándose las personas beneficiarias de las mismas, así como las correspondientes actividades a realizar, el presupuesto aceptado para las mismas, porcentaje subvencionado, cuantía de la subvención, con desglose de anualidades, y plazo de ejecución de la actividad.

Segundo. Las personas beneficiarias quedarán obligadas a lo previsto en el artículo 22 de la Orden reguladora, además de lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en la Ley 5/1983, de 13 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en lo que resulte de aplicación.

Tercero. La ejecución se llevará a cabo conforme a lo previsto en la Orden reguladora, la Ley 38/2003, en lo que resulte de aplicación, la Ley 5/1983 y resto de normativa en materia de subvenciones.

Cuarto. El abono de las subvenciones se realizará mediante transferencia bancaria, en dos pagos; el primero de ellos de hasta el 75% del importe de la subvención concedida, en modo de anticipo sin justificación previa. La cantidad restante se abonará, una vez finalizadas las actividades subvencionadas, previa presentación por la persona beneficiaria de la documentación justificativa que se indica en el artículo 21 de la Orden reguladora, y tras la comprobación técnica y documental de la actividad.

No podrá proponerse el pago de subvenciones a las personas beneficiarias que no hayan justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas con anterioridad con cargo al mismo programa presupuestario por la Administración Autonómica o sus Organismos Autónomos, sin perjuicio de su posible excepción en los supuestos y con el procedimiento establecido.

Quinto. El importe definitivo de la actividad se liquidará aplicando al coste de la actividad efectivamente realizada por la persona beneficiaria, conforme a la justificación presentada, el porcentaje de financiación establecido para cada una, sin que, en ningún caso, pueda sobrepasar su cuantía el importe autorizado en cada caso.

Sexto. La justificación de la subvención se realizará en el plazo máximo de 3 meses contados a partir de la finalización de la actividad, mediante la presentación de cuenta justificativa del gasto realizado, en la forma y en los términos previstos en el artículo 21 de la Orden reguladora.

Séptimo. Las personas beneficiarias, por razones justificadas debidamente acreditadas, podrán solicitar del órgano concedente la modificación de esta Resolución de concesión, incluida la ampliación de los plazos de ejecución y justificación, antes de que finalice el plazo inicialmente establecido, sin que en ningún caso pueda variarse el destino o finalidad de la subvención, ni alterar la actividad, programa, actuación para los que se hubiera solicitado la subvención ni elevar la cuantía de la subvención obtenida que figura en el Anexo.

Octavo. Se desestiman el resto de solicitudes no incluidas en la relación de personas beneficiarias contenidas en el Anexo. No obstante, cuando se produzca un aumento de los créditos inicialmente previstos para la concesión, podrá acordarse la concesión de esa cuantía adicional entre aquellas solicitudes de subvenciones, que, cumpliendo con los requisitos exigidos en las bases reguladoras, no fuesen atendidas por insuficiencia de crédito, en el orden correspondiente establecido por la comisión de valoración.

Noveno. Esta Resolución será publicada en el tablón de anuncios de la Consejería, así como en la página web de la misma, en los términos del artículo 59.6 b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Simultáneamente, se publicará un extracto del contenido de la Resolución en el BOJA, indicando los tablones donde se encuentra expuesto su contenido íntegro.

Lo anteriormente indicado se entiende sin perjuicio de la notificación personal que pudiera completar la comunicación de la Resolución, y de la comunicación por vía telemática a la persona beneficiaria, en la que se informe de las notificaciones realizadas, si la persona o entidad consintiera expresamente dicho medio de comunicación.

Décimo. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, en los términos del artículo 23 de la Orden reguladora.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer -con carácter potestativo- en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de reposición ante este órgano, o, si lo desea, directamente recurso Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14.7.1998).

Sevilla, 14 de diciembre de 2007.- La Directora General, M.ª Francisca Montiel Torres.

A N E X O

01.15.00.01.00.741.02.75D.

Expediente: 40/07.

Beneficiario: Universidad Internacional de Andalucía. Sede Santa María de la Rábida.

Objeto: V Master universitario en planif. gestión y desarrollo turístico Sostenible.

Presupuesto: 182.496,85 euros.

Importe subvención: 60.000,00 euros.

Plazo de Ejecución: Febrero 2007-marzo 2008.

01.15.00.01.00.760.01.75D.

Expediente: 11/07.

Beneficiario: Mancomunidad de Municipios del Bajo Guadalquivir.

Objeto: Desarrollo guía buenas prácticas. Mejora y diversificación actividad ganadera hacia usos turísticos. Desarrollo y estrategia turística territorial.

Presupuesto: 141.600,00 euros.

Importe subvención: 60.000,00 euros.

Plazo de ejecución: Julio 2007-mayo 2008.

01.15.00.01.00.770.00.75D.

Expediente: 20/07.

Beneficiario: GDT Asesoramiento Empresarial S.L.

Objeto: Plataforma tecnológica y píldoras informativas.

Presupuesto: 78.350,00 euros.

Importe subvención: 47.010,00 euros.

Plazo de ejecución: Octubre 2007-marzo 2008.

Expediente: 26/07.

Beneficiario: UTE GDT Asesoramiento Empresarial S.L.U. Residencial Torrealmadena S.A.

Objeto: Habilidades directivas, metodología didáctica, manual de operaciones OPERA.

Presupuesto: 98.025,00 euros.

Importe subvención: 58.815,00 euros.

Plazo de ejecución: Octubre 2007-marzo 2008.

Expediente: 38/07.

Beneficiario: Granaforma.

Objeto: Curso delegados de calidad en empresas turísticas de Andalucía Occidental.

Presupuesto: 82.500,00 euros.

Importe subvención: 45.500,00 euros.

Plazo de ejecución: Noviembre 2007-febrero 2008.

01.15.00.01.00.781.00.75D

Expediente: 01/07.

Beneficiario: Asociación Haciendas y Cortijos de Andalucía.

Objeto: Inventario de haciendas y cortijos de Andalucía.

Presupuesto: 64.390,00 euros.

Importe subvención: 38.634,00 euros.

Plazo de ejecución: Noviembre 2007-junio 2008.

Expediente: 09/07.

Beneficiario: Fundación Andaluza Fondo Formación y Empleo.

Objeto: Estudio denominaciones vino andaluz: Montilla- Moriles, Marco de Jerez, Condado de Huelva y Sierra de Málaga como reclamo turístico.

Presupuesto: 45.338,36 euros.

Importe subvención: 27.203,01 euros.

Plazo de ejecución: Junio 2007-diciembre 2007.

Expediente: 10/07.

Beneficiario: Federación Andaluza de Hostelería.

Objeto: III Edición premios hosteleros y gastronómicos de la calidad en Andalucía.

Presupuesto: 79.350,00 euros.

Importe subvención: 47.610,00 euros.

Plazo de ejecución: Marzo 2007-diciembre 2007.

Expediente: 23/07.

Beneficiario: Asociación Inst. Planificación y Gestión Integral.

Objeto: Curso "Agente local de turismo sostenible".

Presupuesto: 14.650,00 euros.

Importe subvención: 5.150,00 euros.

Plazo de ejecución: Agosto 2007-diciembre 2007.

Expediente: 32/07.

Beneficiario: Unión de Consumidores de Andalucía UCA/UCE.

Objeto: Edición manual y CD interactivo sobre calidad turística en Andalucía.

Presupuesto: 30.000,00 euros.

Importe subvención: 18.000,00 euros.

Plazo de ejecución: Mayo 2007-noviembre 2007.

Expediente: 34/07.

Beneficiario: Asociación Turismo de Naturaleza Marca Parques Naturales de Andalucía.

Objeto: Jornadas de formación y sensibilización "Marca Parque Natural de Andalucía".

Presupuesto: 9.210,00 euros.

Importe subvención: 5.526,00 euros.

Plazo de ejecución: Junio 2007-octubre 2007.

Expediente: 36/07.

Beneficiario: Centro de Equitación Terapéutica de Andalucía.

Objeto: Curso de formación turismo ecuestre y desarrollo local.

Presupuesto: 10.800 euros.

Importe subvención: 6.480,00 euros.

Plazo de ejecución: Septiembre 2007-noviembre 2007.

Expediente: 44/07.

Beneficiario: Colegio Oficial de Biólogos de Andalucía.

Objeto: Congreso andaluz de sostenibilidad: Ecofuturo 2007. Urbanismo y Turismo: Binomio sostenible.

Presupuesto: 63.375,85 euros.

Importe subvención: 16.835,00 euros.

Plazo de ejecución: Abril 2007.

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