Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 118 de 16/06/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 21 de mayo de 2008, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifica el puesto de trabajo de Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Benamejí (Córdoba) como puesto reservado a funcionarios de Administración Local como habilitación de carácter estatal.

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El Ayuntamiento de Benamejí (Córdoba), mediante Acuerdo adoptado por el Pleno con fecha 13 de marzo de 2008, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la clasificación del puesto de trabajo de Vicesecretaría-intervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en los artículos 2 y 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la Disposición Adicional Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Disposición Adicional Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, y el artículo 8.q) del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, esta Dirección General de Administración Local

RESUELVE

Primero. Clasificar el puesto de trabajo de Vicesecretaría-Intervención del Ayuntamiento de Benamejí (Córdoba) como puesto de colaboración inmediata a la Secretaría-Intervención, para su desempeño por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter estatal perteneciente a la subescala de Secretaría-Intervención.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 21 de mayo de 2008.- El Director General, Manuel Zafra Víctor.

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