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Advertido error en la citada Resolución publicada en el BOJA núm. 98, de fecha 19 de mayo de 2008, se procede a transcribir las oportunas rectificaciones:
En la página núm. 86 donde dice:
«E) Cursos de formación y perfeccionamiento (Máximo 15 puntos).
1) Se valorarán los cursos, jornadas, seminarios o encuentros recibidos siempre que el contenido de los mismos esté directamente relacionado con el puesto a desempeñar, a razón de 0,030 puntos con un máximo de 10 puntos.
2) Así mismo se valorarán los cursos, jornadas, seminarios o encuentros recibidos siempre que el contenido sea afín al del puesto a desempeñar, a razón de 0,015 puntos con un máximo de 5 puntos.»
Debe decir:
«E) Cursos de formación y perfeccionamiento (máximo 15 puntos).
1. Se valorarán los cursos, jornadas, seminarios o encuentros recibidos siempre que el contenido de los mismos esté directamente relacionado con el puesto a desempeñar, a razón de 0,030 puntos por hora, con un máximo de 10 puntos.
2. Así mismo, se valorarán los cursos, jornadas, seminarios o encuentros recibidos siempre que el contenido sea afín al del puesto a desempeñar, a razón de 0,015 puntos por hora, con un máximo de 5 puntos.»
Huelva, 26 de mayo de 2008
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