Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 17/06/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente.

RESOLUCION de 20 de mayo de 2008, de la Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales, de caducidad y archivo del procedimiento de deslinde de la vía pecuaria "Cañada Real del Arroyo de la Fresneda", en el tramo que va desde su encuentro con el Camino de la Fresneda, hasta el "Descansadero del Santo", en el término municipal de Guarromán, provincia de Jaén. (VP. 481/02).

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El art. 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone que es competencia del Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente dictar la Resolución que ponga fin al procedimiento de deslinde, así como el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Transcurrido el plazo máximo establecido según la normativa vigente al tiempo del inicio del procedimiento, sin que haya recaído resolución expresa, y de acuerdo con el art. 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede declarar la caducidad del mismo.

El acuerdo por el que se inicie un nuevo procedimiento de deslinde dispondrá, si procede, la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido no se haya visto alterado por el transcurso del tiempo y que pudieran hacerse valer en un momento posterior.

R E S U E L V O

Declarar la caducidad y ordenar el archivo del procedimiento de deslinde instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén correspondiente a la siguiente vía pecuaria:

Vía Pecuaria: Cañada Real del Arroyo de la Fresneda. Fecha de Inicio: Resolución de la Viceconsejería de

12 de septiembre de 2002. Clasificación: Orden Ministerial de 7 de junio de 1951. Tramo: Desde su encuentro con el Camino de la

Fresneda, hasta el "Descansadero del Santo". Longitud total aproximada de la vía pecuaria: 1.100

metros. Término municipal: Guarromán. Provincia: Jaén.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de la presente, conforme a lo dispuesto en los arts. 107 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 20 de mayo de 2008.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.

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