Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
NIG: 1808742C20060015463.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 924/2006. Negociado: MJ.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Aceros Inoxidables Moreno, S.L.
Procurador: Sr. Andrés Alvira Lechuz.
Letrada: Sra. Lourdes Castaño Torres.
Contra: Talleres Luis Barrios e Hijos, S.L.
EDICTO
Hago saber: Que en el procedimiento Procedimiento Ordinario 924/2006, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada a instancia de Aceros Inoxidables Moreno, S.L., contra Talleres Luis Barrios e Hijos, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 40/08
En Granada, a 25 de febrero de 2008.
Vistos por mí, don Alberto del Águila Alarcón, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Granada y los de su partido los autos de Juicio Ordinario núm. 924/06, promovidos a instancia de la entidad Aceros Inoxidables Moreno, S.L., representada por el Procurador don Andrés Alvira Lechuz y asistida del Letrado Sr. Piñas Marañón, contra la entidad Talleres Luis Barrios e Hijos, S.L., en rebeldía, sobre reclamación de cantidad y en base a los siguientes
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don Andrés Alvira Lechuz, en nombre y representación de la entidad Aceros Inoxidables Moreno, S.L., debo condenar y condeno a la entidad Talleres Luis Barrios e Hijos, S.L., a abonar a la actora la cantidad de cinco mil ochocientos cuarenta y ocho euros con ochenta y tres céntimos (5.848,83 €) más el interés legal de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, así como al pago de las costas del procedimiento.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación y del que conocerá la llma. Audiencia Provincial de Granada.
Así por esta mi sentencia de la que se deducirá testimonio literal para su unión a los autos, juzgando en primera instancia la pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal a la los demandada Talleres Luis Barrios e Hijos, S.L., que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Granada, a treinta de mayo de dos mil ocho.- El/La Secretario.
Descargar PDF