Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 01/07/2008

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Ayuntamientos

Anuncio de 17 de junio de 2008, del Ayuntamiento de Nueva Carteya, de bases para la selección de plaza de Auxiliar Administrativo.

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Por Resolución de Alcaldía de fecha 17 de junio de 2008, atendiendo requerimiento de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, se ha procedido a la rectificación para su adecuación a la legalidad de las bases del concurso-oposición para el acceso a la condición de funcionario de personal laboral del Ayuntamiento (una plaza de Auxiliar de Secretaría, de la escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Clase Auxiliar Administrativo), conforme a lo previsto en la D.T. Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, que habían sido aprobadas por Resolución de esta misma Alcaldía de 23 de abril de 2008 y publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 95, de 29 de mayo de 2008, en consecuencia se hace pública la rectificación siguiente:

«1. Base segunda. Legislación aplicable. Se añade referencia a Decreto 2/2002, quedando con la redacción siguiente:

“El acceso a la función pública mediante la funcionarización del personal laboral, se regirá por lo establecido en las presentes bases, y en su defecto, por la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en su redacción dada por la Ley 23/1988, de 18 de julio; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; y el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.”

2. Base cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias. Se establece para la presentación de instancias “el plazo de veinte días hábiles”.

3. Base sexta. Tribunal calificador. Se elimina como miembro del Tribunal el personal de elección política, quedando con la redacción siguiente:

“Tendrá la composición siguiente:

- Presidente: funcionario de Administración General, designado por la Alcaldía.

Vocales:

- Tres funcionarios del Ayuntamiento, preferentemente de Administración General, designados por la Alcaldía.

- El Delegado de Personal, representante de los funcionarios del Ayuntamiento.

Secretario: Secretario del Ayuntamiento o funcionario de Administración General en quien delegue.

.../...»

Contra la presente modificación de las bases, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-
Administrativa).

Nueva Carteya, 17 de junio de 2008.- El Alcalde.

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