Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 135 de 08/07/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 19 de junio de 2008, del Juzgado de lo Social núm. Veintisiete de Madrid, dimanante de autos 19/2008.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 28079 4 0000771/2008. 01005.

Núm. Autos: Demanda 19/2008.

Materia: Ordinario.

Demandante: Nerea Isabel Horcajada Méndez.

Demandados: Grupo Gexproex Gestora de Proyectos de Expansión, S.A., Gesproex Obras, S.L., Recreativos Guadalhorce, S.L., Gestora de Proyectos de Expansión Sur, S.A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elisa Cordero Díez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Veintisiete de Madrid, hago saber:

Que en el procedimiento Demanda 19/2008 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de doña Nerea Isabel Horcajada Méndez contra la empresa Grupo Gexproex Gestora de Proyectos de Expansión, S.A., Gesproex Obras, S.L., Recreativos Guadalhorce, S.L., Gestora de Proyectos de Expansión Sur, S.A., sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución, cuya copia se acompaña.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Grupo Gexproex Gestora de Proyectos de Expansión, S.A., Gesproex Obras, S.L., Gestora de Proyectos de Expansión Sur, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de junio de dos mil ocho.- La Secretaria Judicial.

Núm. Autos: Demanda 19/2008.

Núm. Sentencia: 158/08.

En la ciudad de Madrid, a nueve de junio de dos mil ocho.

Doña Concepción del Brio Carretero, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm. Veintisiete de Madrid tras haber visto los presentes autos sobre Ordinario entre partes, de una y como demandante Nerea Isabel Horcajada Méndez y de otra como demandado Gestora de Proyectos de Expansión, S.A., Gesproex Obras, S.L., Recreativos Guadalhorce, S.L., Gestora de Proyectos de Expansión Sur, S.A.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por Nerea Isabel Horcajada Méndez contra Gestora de Proyectos de Expansión, S.A., Gesproex Obras, S.L., Gestora de Proyectos de Expansión Sur, S.A., Recreativos Guadalhorce, S.L., debo condenar y condeno solidariamente a las demandadas Gestora de Proyectos de Expansión, S.A., Gesproex Obras, S.L., Gestora de Proyectos de Expansión Sur, S.A., a que abonen a la actora la cantidad de 3.454,22 euros más el interés por mora del art. 29.3 ET.

Absolviendo a la empresa Recreativos Guadalhorce, S.L., de las peticiones formuladas en su contra.

Se ratifica el embargo acordado por Auto de 7.3.2008.

Se notifica esta Sentencia a las partes con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado, o su representante al hacerle la notificación de aquella, de su propósito de entablarlo o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado, o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado núm. 2525 que tiene abierto en el Banesto Madrid Urbana C/Orense, núm 19, Código Postal 28020 de Madrid (Código Entidad 0030, Código Oficina 1143), haciendo constar en el ingreso el núm. de expediente y el año.

Asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 ptas.) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha, por la Iltma. Sra Magistrada-Juez Concepción del Brio Carretero que la suscribe, en la Sala de Audiencias de este Juzgado . Doy fe.

Descargar PDF