Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 14/07/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 30 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Torremolinos (Antiguo Mixto núm. Seis), dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 57/2001. (PD. 2792/2008).

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NIG: 2990143C20016000070.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 57/2001. Negociado: FJ.

Sobre: Declaración de dominio.

De: Doña Anders Krogh Nielsen y doña Susanne Krogh Bender.

Procuradora: Sra. Ballenilla Ros, Matilde.

Letrado: Sr. Lara de la Plaza, Manuel.

Contra: Doña María Henriette Kesteman, don Kenneth Samuel Matty y doña Elaine Matty.

edicto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

AUTO

Doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Torremolinos.

En Torremolinos, a diez de abril de dos mil ocho.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, en nombre del Rey y con la autoridad conferida por el pueblo español,

PARTE DISPOSITIVA

Se rectifica la sentencia núm. 2/2006, de fecha de 4 de enero de 2006, cuyo fallo queda redactado de la forma siguiente:

Que, estimando la demanda formulada por don Anders Krogh Nielsen, provisto del NIE núm. X-1571159-Y, mayor de edad, casado con doña Vibeke Westenberg Larsen en régimen legal de gananciales, y por doña Susanne Krogh Bender, provista del NIE núm. X-0943981-S, mayor de edad, divorciada, representados ambos por la Procuradora Sra. Ballenilla Ros, contra doña María Henriette Kesteman, don Kenneth Samuel Matty y doña Elaine Matty, todos ellos en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro suficientemente acreditada la adquisición por los referidos demandantes por mitad (50%), de la siguiente finca: «Urbana: Finca número ciento ochenta y cuatro. Apartamento novecientos doce, bloque Complejo Residencia “Cruz del Sur”, sito en el lugar denominado Derramar Alto, término municipal de Benalmádena. Linda: Oeste, en terraza y living, con línea fachada posterior a zona de piscina y jardines; Este, pasillo distribuidor; Norte, apartamento novecientos once; Sur, apartamento novecientos trece. Linda asimismo en parte superior, la cubierta y parte inferior, apartamento ochocientos doce. Tiene una extensión superficial construida con terraza y servicios comunes de sesenta y cuatro metros, diez decímetros cuadrados. Consta: hall con armario empotrado, cocina, baño completo, vestíbulo de dormitorio empotrado, dormitorio, living y terraza. Cuota: Cero enteros cuatrocientos sesenta y tres milésimas por ciento. Inscrita al Folio 190, Tomo y Libro 82 del Registro de la Propiedad de Benalmádena, Finca 5.165».

Asimismo, y como consecuencia de la anterior declaración, debo mandar y mando llevar a cabo la rectificación del asiento de inscripción de dominio de la referida finca, vigente en la actualidad, extendiéndose inscripción de dominio de la misma a favor de los demandantes, don Anders Krogh Nielsen y doña Susanne Krogh Bender, cuya rectificación en ningún caso perjudicará los derechos adquiridos por tercero a título oneroso de buena fe durante la vigencia del asiento rectificado.

Expídase certificación de esta resolución para su incorporación a los autos.

Así por esta mi resolución, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe.

La Magistrado-Juez, el Secretario.

Y como consecuencia del ignorado paradero de María Henriette Kesteman, Kenneth Samuel Matty y Elaine Matty, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Torremolinos, treinta de junio de dos mil ocho.- El/La Secretario.

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