Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 17/07/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de noviembre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Huelva (Antiguo Mixto núm. Diez), dimanante de Autos núm. 295/2005. (PD. 2861/2008).

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NIG: 2104142C20050001969.

Procedimiento: Tercería de Dominio (N) 295/2005. Negociado: A.

De: Doña Ana Vega Quintero.

Procurador: Sr. Rafael García Oliveira.

Contra: Doña María Araújo Cristóbal, María Pilar Ruiz Araújo y Polígono Industrial Romeralejo, S.A.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Tercería de Dominio (N) 295/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Huelva a instancia de Ana Vega Quintero contra María Araújo Cristóbal, María Pilar Ruiz Araújo y Polígono Industrial Romeralejo, S.A., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezanniento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 149

En Huelva, a diez de julio de dos mil siete.

Doña Margarita Borrego Carrión, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de los de esta ciudad y de su partido, ha visto, en juicio oral y público, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 295/05, de Tercería de Dominio, seguidos a instancia de doña Ana Vega Quintero, representada por el Procurador don Rafael García Oliveira y asistida por la Letrada doña Pilar de Miguel Banzo, contra doña María Araújo Cristóbal, doña María Pilar Ruiz Araújo, representadas por el Procurador don Alfredo Acero Otamendi y asistidas por el Letrado don Alfonso Navarro, y contra «Polígono Industrial Romeralejo, S.A.», en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de doña Ana Vega Quintero contra doña María Araújo Cristóbal, doña María Pilar Ruiz Araújo y «Polígono Industrial Romeralejo, S.A.», debo declarar y declaro que la finca registral finca núm. 64140, inscrita al Tomo 1722, Libro 324, Folio 177, pertenece en propiedad a doña Ana Vega Quintero.

No se hace pronunciamiento en costas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, del que es competente para conocer la Ilma. Audiencia Provincial de Huelva, conforme lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/00, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la codemandada Polígono Industrial Romeralejo, S.A., extiendo y firmo la presente en Huelva a trece de noviembre de dos mil siete.- El/La Secretario.

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