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NIG: 2906742C20070015499.
Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta de pago) 811/2007. Negociado: 1T.
De: Don Carlos Díaz Vallejo por Cdad. de Bienes Oppelt y otros.
Procuradora: Sra. María Dolores Cabeza Rodríguez.
Letrado: Sr. Alonso Martínez, Ignacio Julián.
Contra: Don Juan Carlos Ruiz Correa.
Doña M.ª Cruz Vílchez Cobo, Secretario de Primera Instancia número Uno de los de Málaga y su partido.
Hago saber: Que en el Juicio Verbal-Desahucio 811/07 que se siguen en este Juzgado se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
sentencia núm. 130
Juez que la dicta: Doña Dolores Ruiz Jiménez.
Lugar: Málaga.
Fecha: Seis de junio de dos mil ocho.
Parte demandante: Don Carlos Díaz Vallejo por Cdad. de Bienes Oppelt y otros.
Abogado: Alonso Martínez, Ignacio Julián.
Procuradora: María Dolores Cabeza Rodríguez.
Parte demandada: Juan Carlos Ruiz Correa.
Objeto del juicio: Acción de desahucio y reclamación de cantidad.
fallo
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña María Dolores Cabeza Rodríguez en nombre y representación de don Carlos Díaz Vallejo por Cdad. de Bienes Oppelt y otros, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que liga a las partes litigantes y que tiene por objeto la finca sita en calle Bolsa, 11, piso 2.º, de Málaga y, en consecuencia, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio condenando al demandado don Juan Carlos Ruiz Correa a que la desaloje y deje libre a disposición de la parte actora en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento de la parte demandada, y condenándole igualmente al pago de las rentas y cantidades asimiladas reclamadas vencidas, que ascienden a 3.264,86 euros, y todo ello con condena en costas a la parte demandada.
Contra esta resolución cabe recurso de Apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículos 457.2 LEC).
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Para que sirva de notificación de Sentencia al demandado don Juan Carlos Ruiz Correa, en atención a su ignorado paradero y situación de rebeldía, se expide la presente, que se insertará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y tablón de anuncios de este Juzgado.
En Málaga, a dieciocho de junio de dos mil ocho.- El/La Secretario.
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