Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 29/07/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Resolución de 14 de julio de 2008, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, de delegación de competencia en la Directora del Centro Regional de Transfusión Sanguínea de Sevilla, para la suscripción de un Acuerdo de Colaboración entre la Oficina Provincial de la Cruz Roja en Sevilla y dicho Centro Regional.

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La Ley 2/98, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, plantea como uno de sus objetivos fundamentales la protección de la salud, teniendo entre otros principios de actuación la participación de los ciudadanos, la promoción del interés individual y social por la salud y por el sistema sanitario y la mejora continua en la calidad de los servicios.

En consonancia con todo ello, el III Plan de Salud de Andalucía plantea como marco político para el desarrollo de sus líneas estratégicas una alianza entre el Gobierno andaluz, los Ayuntamientos, los profesionales y los ciudadanos.

Este compromiso por la salud debe apoyarse en una alianza con la sociedad por razones participativas, pero también por motivos de efectividad y de necesidad de atención a aquellos grupos que más lo precisan o tienen dificultades para llegar a los servicios.

En este ámbito, y debido a los requerimientos que la elevación del nivel sanitario y de la esperanza de vida plantea en relación a un incremento continuo en la demanda de sangre, constituye un objetivo prioritario del más alto interés social la solidaridad y colaboración de la población a través de la donación voluntaria y altruista de sangre.

Entre los fines de Cruz Roja Española se encuentran la búsqueda y fomento de la paz, así como de la cooperación nacional e internacional, la atención a las personas y colectivos que sufren, previniendo y atenuando el dolor humano, la prevención y reparación de conflictos sociales, enfermedades, epidemias y otros riesgos o siniestros y sucesos similares, además de la protección y socorro de los afectados por los mismos, participando en las actuaciones necesarias en la forma establecida en las leyes y en los planes nacionales o territoriales correspondientes, y la promoción y colaboración en acciones de solidaridad y de bienestar social en general, y de servicios asistenciales y sociales, con especial atención a colectivos y a personas con dificultad para su integración social.

En virtud de ello, el Centro Regional de Transfusión Sanguínea de Sevilla, como responsable del suministro de sangre y derivados sanguíneos de todos los hospitales públicos y privados de su ámbito de actuación, suscribe este Acuerdo de Colaboración con la Oficina Provincial de la Cruz Roja en Sevilla.

En consecuencia, en ejercicio de las competencias de representación legal del Organismo que me atribuye el artículo 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y de acuerdo al art. 13 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

RESUELVO

Delegar en la Directora del Centro Regional de Transfusión Sanguínea de Sevilla la competencia necesaria para la suscripción de un Acuerdo de Colaboración entre el mencionado Centro y la Oficina Provincial de la Cruz Roja en Sevilla, cuyo objetivo es prestar apoyo, a través de las Asambleas Locales de Cruz Roja Española en la provincia de Sevilla, en la organización de campañas colectivas de donación de sangre en Sevilla y en las localidades de su provincia.

Sevilla, 14 de julio de 2008.- El Director Gerente, José Luis Gutiérrez Pérez.

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