Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 153 de 01/08/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 1 de julio de 2008, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de Autos núm. 389/2008.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Procedimiento: Social Ordinario 389/2008. Negociado: BF.

Sobre: Reclamación de cantidad.

NIG: 2906744S20086000095.

De: Don Juan Luis García Villar.

Contra: Montaje de Carpintería Jacasur, S.L.

EDICTO

Doña M.ª del Carmen Ortega Ugena, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los Autos seguidos en este Juzgado bajo el número 389/2008 a instancia de la parte actora don Juan Luis García Villar contra Montaje de Carpintería Jacasur, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 1.7.2008 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

S.S.ª dispuso: Con la demanda que se da cuenta, fórmese el oportuno expediente que se registrará en el libro de los de su clase. Se admite cuando ha lugar en derecho la demanda presentada. Para la celebración de los actos de juicio y en su caso conciliación, que tendrán lugar ante este Juzgado de lo Social, y que se celebrarán en la Sala de Audiencias del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, se señala el día 24 de noviembre de 2008 a las 11,50 horas de su mañana, a cuyo efecto se citará a las partes, con entrega a las demandadas de copia simple de la demanda, advirtiéndoles que es única convocatoria y que deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, sin que se pueda suspender el acto por falta injustificada de asistencia de aquellas, y de no comparecer el demandante, ni alegar justa causa, se le tendrá por desistido de su demanda sirviendo la notificación de la presente de citación en forma.

Cúmplase lo prevenido en la Ley de Procedimiento Laboral.

Se admiten las pruebas interesadas.

Cítese a Montaje de Carpintería Jacasur, S.L., a fin de que comparezca personalmente al acto de juicio para prestar confesión, apercibiéndole de que en el caso de no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida podrá ser tenido por confeso en los hechos de la demanda.

Requiérase a la empresa para que aporte al acto del juicio la documental propuesta.

Notifíquese esta Resolución a las partes.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de reposición dentro de los cinco días siguientes a su notificación para ante este Juzgado.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra. doña Rosa María Rojo Cabezudo, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga. Doy fe.

El/La Magistrado-Juez. El/la Secretario/a.

Y para que sirva de notificación al demandado Montaje de Carpintería Jacasur, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a uno de julio de dos mil ocho.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF