Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 157 de 07/08/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 23 de julio de 2008, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del escudo, bandera, emblema y logotipo del municipio de Guillena (Sevilla). (Expte núm. 006/2008/SIM).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de Símbolos, Tratamientos y Registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece la facultad que ostentan éstas de dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Guillena (Sevilla), ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su escudo, bandera, emblema y logotipo municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo Segundo de la mencionada Ley.

Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13, de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local, aprobó en sesión de fecha 14 de julio de 2008, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su escudo, bandera, emblema y logotipo municipal, con la siguiente descripción:

Escudo: Escudo español. En campo de gules castillo de oro aclarado de azur y mamposteado de sable, cargado de granada abierta al natural; adiestrado de árbol y siniestrado de palmera, todo de plata; en punta ondas de plata y azur, tres y dos respectivamente, alternadas. Al timbre corona real cerrada, que es un círculo de oro engastado de piedras preciosas, compuesto de ocho florones (cinco vistos) de hojas de acanto, interpolados de perlas, y de cuyas hojas salen otras tantas diademas sumadas de perlas, que convergen en un mundo que es de azur, con el semimeridiano y el ecuador, de oro, sumado de una cruz, y la corona forrada de gules.

Bandera: Bandera de proporciones 2:3, formada por tres franjas verticales de anchuras respectivas 2-3-2, azules las exteriores y blanca la central. Al centro carga el escudo municipal con una altura de un 60% del ancho de la bandera.

Emblema: El emblema constituye una simplificación gráfica del escudo respetando escrupulosamente la fisonomía del mismo, y al que se le han eliminado los relieves o tratamientos realistas, utilizando tintas planas.

Logotipo: Letra «G» mayúsculas, de color verde (Pantone 369C), sometida a un giro de 180º en sentido contrario al de las agujas del reloj, en cuyo interior se inscribe, de color azul (Pantone 314C) la vista frontal de un cauce de un río.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales. Mediante escrito de fecha 16 de julio de 2008, se solicita, por dicha Entidad Local, la inscripción de su escudo, bandera, emblema y logotipo municipal en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y del artículo 8.k) del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del escudo, bandera, emblema y logotipo del municipio de Guillena (Sevilla), en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 23 de julio de 2008.- El Director General, Manuel Zafra Víctor.

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