Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 166 de 21/08/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 22 de julio de 2008, por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros docentes privados «Santa Clara», de Cazalla de la Sierra (Sevilla).

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Examinado el expediente tramitado a instancia de doña María de la Concepción del Río Aldariz, representante de la Congregación Misioneras de la Doctrina Cristiana, titular de los centros docentes privados de Educación Infantil, de Educación Primaria y de Educación Secundaria «Santa Clara», domiciliados en C/ Andalucía, 1, de Cazalla de la Sierra (Sevilla), y de doña Amparo Fernández-Bolaños Guzmán y doña María del Carmen Rey Fernández, como representantes de la Fundación Educativa Doctrina Cristiana, nueva titular de los mencionados centros, por el que solicitan el cambio de titularidad de los mismos, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que los centros con código 41001240 tienen autorización para impartir Educación Infantil (primer y segundo ciclos), Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria. En la actualidad, estos centros tienen suscrito concierto educativo con esta Consejería de Educación para dichas enseñanzas (excepto para el primer ciclo de Educación Infantil) y para una unidad de educación básica especial – apoyo a la integración.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad de los referidos centros, a favor de la Congregación Misioneras de la Doctrina Cristiana.

Resultando que la Congregación Misioneras de la Doctrina Cristiana, mediante escritura pública de cesión de titularidad número mil cuatrocientos setenta y cuatro, otorgada ante el Notario don Francisco Javier Pérez de Camino Palacios, Notario del Ilustre Colegio de Madrid y fechada en Madrid, a ocho de julio de dos mil ocho, cede la totalidad de derechos y obligaciones dimanantes como titular de los centros docentes privados «Santa Clara» a la Fundación Educativa Doctrina Cristiana.

Resultando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Vistas la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio (BOE de 14 de julio), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados «Santa Clara», con código 41001240, de Cazalla de la Sierra (Sevilla), que en lo sucesivo la ostentará la Fundación Educativa Doctrina Cristiana que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de las obligaciones y cargas que afectan a los centros, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que los mismos puedan tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que les correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración que a continuación se especifica:

Denominación genérica: Centro docente privado de educación infantil.

Denominación específica: «Santa Clara».

Código del centro: 41001240.

Titular: Fundación Educativa Doctrina Cristiana.

Domicilio: C/ Andalucía, 1.

Localidad: Cazalla de la Sierra.

Municipio: Cazalla de la Sierra.

Provincia: Sevilla.

Enseñanzas autorizadas:

Educación Infantil: Una unidad de primer ciclo con 15 puestos escolares; tres unidades de segundo ciclo con 74 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro docente privado de educación primaria.

Denominación específica: «Santa Clara».

Código del centro: 41001240.

Titular: Fundación Educativa Doctrina Cristiana.

Domicilio: C/ Andalucía, 1.

Localidad: Cazalla de la Sierra.

Municipio: Cazalla de la Sierra.

Provincia: Sevilla.

Enseñanzas autorizadas:

Educación Primaria: Seis unidades.

Puestos escolares: 150.

Denominación genérica: Centro docente privado de educación secundaria.

Denominación específica: «Santa Clara».

Código del centro: 41001240.

Titular: Fundación Educativa Doctrina Cristiana.

Domicilio: C/ Andalucía, 1.

Localidad: Cazalla de la Sierra.

Municipio: Cazalla de la Sierra.

Provincia: Sevilla.

Enseñanzas autorizadas:

Educación Secundaria Obligatoria: Cuatro unidades.

Puestos escolares: 114.

Segundo. La sucesión de la titularidad se producirá con efectos del 1 de septiembre de 2008, tal como consta en la escritura de cesión.

Tercero. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.

Cuarto. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.

Quinto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de julio de 2008

Teresa Jiménez Vílchez

Consejera de Educación

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