Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 17/09/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 7 de julio de 2008, de la Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales, por la que se aprueba la desafectación y modificación parcial de trazado de la vía pecuaria «Cañada Real de los Potros», en el tramo desde la salida del casco urbano hasta los puntos 55D y 55I del deslinde, en el término municipal de La Peza, provincia de Granada. VP 112/07.

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Examinado el expediente de desafectación y modificación parcial de trazado de la vía pecuaria «Cañada Real de los Potros», en el tramo desde la salida del casco urbano hasta los puntos 55D y 55I del deslinde, en el término municipal de La Peza, provincia de Granada, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria «Cañada Real de los Potros», en el término municipal de La Peza, provincia de Granada, fue clasificada por Orden Ministerial de 19 de septiembre de 1954, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 1 de noviembre de 1954.

Segundo. Solicitada la presente desafectación y modificación parcial de trazado por el Ayuntamiento de La Peza, en virtud de acuerdo plenario de 2 de mayo de 2007, la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Granada informa favorablemente la referida solicitud por entender que se cumplen todos los requisitos técnicos exigidos por el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de nuestra Comunidad Autónoma.

Tercero. La modificación de trazado de la vía pecuaria «Cañada Real de los Potros», en el tramo desde la salida del casco urbano hasta los puntos 55D y 55I del deslinde, en el término municipal de La Peza, provincia de Granada, se fundamenta en solventar los problemas planteados por la existencia de construcciones de naves agrícolas en el actual trazado, que en su día fueron autorizadas por la referida corporación municipal, con una longitud de 516,99 m y una superficie de 33.001,17 m².

El tramo resultante desvía la vía pecuaria «Cañada Real de los Potros» hacia la izquierda, arrojando una longitud de 289,02 m y una superficie de 33.004,1 m².

Cuarto. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, de 6 de agosto de 2007, se acordó el inicio del expediente de modificación de trazado de la vía pecuaria «Cañada Real de los Potros», en el término municipal de La Peza, provincia de Granada.

Quinto. Redactada la Propuesta de Resolución de modificación de trazado, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, se somete a exposición pública, previamente notificada a posibles interesados y organismos públicos, y anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 222, de 19 de noviembre de 2007.

Sexto. Durante el período de exposición pública no se presentó ninguna alegación con respecto a la modificación de trazado de la vía pecuaria de referencia.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 1 de julio de 2008.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales la resolución del presente Procedimiento Administrativo de modificación de trazado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. Examinado el procedimiento seguido en la instrucción del expediente se constata que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido de conformidad con lo establecido tanto en el artículo 11 de la Ley de Vías Pecuarias, como en los artículos 33 y siguientes del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía así como quedan garantizados los requisitos exigidos en el citado Reglamento relativos a la continuidad, el tránsito ganadero y los demás usos complementarios y compatibles.

Vista la propuesta formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada,

RESUELVO

Primero. Desafectar parcialmente la vía pecuaria «Cañada Real de los Potros», en el tramo desde la salida del casco urbano hasta los puntos 55D y 55I del deslinde, en el término municipal de La Peza, provincia de Granada, con una longitud de 516,99 m y una superficie de 33.001,17 m².

Segundo. Aprobar la modificación de trazado de la vía pecuaria «Cañada Real de los Potros», en un tramo de 289,02 m y una superficie de 33.004,1 m², desplazándose la vía pecuaria hacia la izquierda, delimitada mediante las coordenadas que se relacionan a continuación.

Tramo a modificar:
COORDENADAS DEL TRAZADO ANTIGUO
PUNTO X (m) Y (m)
46D 474767,918448 4126133,849851
47D 474766,036927 4126141,86425
48D 474737,865159 4126179,319133
49D 474730,923524 4126187,099299
50D 474755,960086 4126222,813597
51D 474786,623628 4126276,975873
52D 474798,720658 4126327,085294
53D 474766,07521 4126379,297992
54D 474674,720075 4126433,938092
55D 474563,964717 4126521,967174
17C 474731,228935 4126125,573428
16C 474721,640127 4126135,404977
15C 474705,419915 4126157,570057
14C 474681,012323 4126170,704972
13C 474678,877853 4126185,638887
12C 474680,622974 4126209,154636
11C 474688,911874 4126216,557931
10C 474698,945895 4126227,444946
9C 474707,670934 4126233,541527
8C 474716,832394 4126243,122111
7C 474722,405779 4126257,428475
6C 474712,836821 4126260,567651
50I 474694,332979 4126266,638427
51I 474715,975998 4126304,867469
52I 474718,183346 4126314,010214
53I 474711,65091 4126323,813405
54I 474631,825372 4126371,946024
55I 474521,498212 4126459,634816
Nuevo trazado:
COORDENADAS DE LA PROPUESTA
DE DESAFECTACIÓN Y MODIFICACIÓN DE TRAZADO
PUNTO X (m) Y (m)
1D 474521,50 4126459,63
2D 474551,38 4126433,59
3D1 474556,26 4126424,46
3D2 474560,53 4126417,42
3D3 474565,54 4126410,90
3D4 474571,23 4126404,95
3D5 474577,54 4126399,67
3D6 474584,39 4126395,11
4D 474608,46 4126380,90
5D 474629,65 4126333,47
6D 474635,28 4126315,88
7D 474638,24 4126307,40
8D 474637,42 4126246,33
1I1 474563,96 4126521,97
1I2 474570,92 4126516,34
2I1 474600,80 4126490,30
2I2 474607,29 4126483,91
2I3 474612,97 4126476,79
2I4 474617,74 4126469,02
3I 474622,61 4126459,89
4I1 474646,69 4126445,69
4I2 474654,38 4126440,49
4I3 474661,37 4126434,37
4I4 474667,55 4126427,45
4I5 474672,84 4126419,81
4I6 474677,14 4126411,58
5I 474700,03 4126360,35
6I 474706,61 4126339,76
7I1 474709,24 4126332,25
7I2 474711,65 4126323,81
7I3 474713,06 4126315,15
7I4 474713,46 4126306,39
8I 474712,84 4126260,57
1C 474639,20 4126245,45
2C 474649,87 4126240,19
3C 474650,12 4126244,99
4C 474682,87 4126268,64
5C 474690,10 4126268,03
COORDENADAS DE LA PROPUESTA DE DESAFECTACIÓN Y MODIFICACIÓN DE TRAZADO DESCANSADERO
PUNTO X (m) Y (m)
L1 474638,63 4126450,43
L2 474676,69 4126466,69
L3 474691,02 4126476,02
L4 474708,79 4126477,24
L5 474726,25 4126479,78
L6 474742,32 4126483,30
L7 474787,58 4126490,42
L8 474800,00 4126429,82
L9 474735,00 4126410,61
L10 474748,62 4126363,50
L11 474704,12 4126347,54
L12 474700,02 4126360,34
L13 474677,14 4126411,58
L14 474672,83 4126419,81
L15 474667,55 4126427,44
L16 474661,36 4126434,37
L17 474654,37 4126440,48
L18 474646,68 4126445,68

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de julio de 2008.- La Directora General, P.A. (Decreto 194/2008, de 6.5), la Directora General de Gestión del Medio Natural, Marina Martín Jiménez.

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