Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 23/09/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Orden de 1 de septiembre de 2008, por la que se otorga una subvención excepcional a la Asociación Accitana del Taxi para la instalación de una emisora de radio-taxi en Guadix (Granada).

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Con fecha 21 de febrero de 2008 la Asociación Accitana del Taxi solicita de la Dirección General de Transportes la concesión de una subvención para la instalación de una emisora de radio-taxi en la localidad de Guadix (Granada).

El Ayuntamiento de Guadix el 1 de febrero de 2008 ha habilitado un espacio existente en la entrada de la Plaza de Abastos del municipio para los fines indicados.

La Asociación Accitana del Taxi presenta, como complemento de su petición, memoria justificativa en la que valora positivamente el proyecto porque se mejoran los sistemas de comunicación para la prestación del servicio del taxi y acompaña presupuesto del coste de la instalación.

La Dirección General de Transportes eleva propuesta de concesión de subvención excepcional en base de su finalidad pública y por considerar que es de interés social la implantación de este tipo de instalaciones, ya que facilitan un mayor uso del transporte público.

Examinada la memoria justificativa de la Dirección General de Transportes de fecha 12 de mayo de 2008 en la que denota la necesidad de la referida actuación, la Viceconsejería de Obras Públicas y Transportes autoriza la iniciación del correspondiente expediente de subvención excepcional para la instalación de una emisora de radio-taxi en Guadix (Granada), encomendando su tramitación a la Dirección General de Transportes.

En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta que la citada subvención puede considerarse como excepcional, dada la finalidad pública y las razones de interés social de los objetivos que persigue, así como la inexistencia de bases reguladoras específicas a las que se pueda acoger conforme al artículo 15.2 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, y de conformidad con lo establecido en la Ley 3/2004, de 28 de diciembre de Medidas Fiscales, Tributarias, Administrativas y Financieras, lo dispuesto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en los artículos 104 y 107 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por esta Consejería se ha resuelto lo siguiente:

Primero. Conceder una subvención de carácter excepcional a favor de la Asociación Accitana del Taxi por importe de veintisiete mil cuatrocientos diez euros (27.410 €), para la instalación de una emisora de radio-taxi en Guadix (Granada).

Segundo. El importe de la subvención constituye el 100% del gasto total del presupuesto de ejecución y se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 1.13.00.03.00. 771.00.51B.

Tercero. La forma de pago de la subvención será la siguiente:

- Una primera aportación por importe de 20.557 euros, correspondiente al 75%, a la firma de la presente Orden en concepto de anticipo a justificar por el beneficiario en un plazo de seis meses desde la materialización del pago.

- La segunda aportación, por importe de 6.853 euros, correspondientes al 25% restante, se hará efectiva previa justificación del anticipo anterior, con aportación de la factura definitiva e informe de la Asociación Accitana del Taxi sobre la efectiva instalación.

- La justificación de la subvención se efectuará, en relación con el primer pago, en el plazo de seis meses a partir de la efectividad del pago de la ayuda y respecto al segundo pago en el plazo de un mes a partir de la finalización de las actividades a subvencionar.

Cuarto. Serán obligaciones del beneficiario las establecidas con carácter general en el artículo 105 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Ley 16/2005, de 31 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2006, así como en Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en la Comunidad Autónoma y el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus organismos autónomos, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre.

Quinto. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrán dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Sexto. El beneficiario estará obligado a hacer constar en toda información o publicidad que se efectúe de la actividad y objeto de la subvención que la misma está subvencionada por la Junta de Andalucía, indicando la Consejería que la ha concedido. Asimismo deberá cumplir con las disposiciones que sobre información y publicidad se dicten por la Unión Europea.

Séptimo. Se faculta a la Dirección General de Transportes para cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Sevilla, 1 de septiembre de 2008

LUIS MANUEL GARCÍA GARRIDO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

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