Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 15/10/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de septiembre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 979/2006. (PD. 3612/2008).

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J.O. 979/06.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Santander Consumer Establecimientos Financieros de Crédito, S.A.

Procuradora: Sra. Cabeza Rodríguez.

Contra: Antonio Valiente Vélez y otra.

Procuradora: Sra. Jiménez de la Plata Javaloyes, Rocío.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento ordinario numero 979/06 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga, a instancia de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., contra Antonio Valiente Vélez y otra, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es la siguiente.

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

En la ciudad de Málaga, a dos de abril de dos mil ocho.

La Ilma. Sra. doña María Isabel Gómez Bermúdez, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga y su Partido, ha pronunciado la siguiente

SENTENCIA núm. 104

Habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario núm. 979/06 seguidos ante este Juzgado a instancias de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., representada por la Procuradora Sra. Cabeza Rodríguez y asistida por el Letrado Sr. Mora Pérez contra don Antonio Valiente Vélez, declarado en situación de rebeldía, y contra doña Asunción Vélez Alamillo, representada por la Procuradora Sra. Jiménez de la Plata Javaloyes y asistida por el Letrado Sr. Gómez de la Rosa Aranda, en reclamación de la cantidad de 19.817,85 euros.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Cabeza Rodríguez en nombre y representación de Santander Consumer Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., contra don Antonio Valiente Vélez y doña Asunción Vélez Alamillo, debo condenar y condeno a don Antonio Valiente Vélez y doña Asunción Vélez Alamillo a abonar con carácter solidario a la parte actora la cantidad de diecinueve mil ochocientos diecisiete euros con ochenta y cinco céntimos (19.817,85 euros), más los intereses pactados correspondientes a contar desde la interposición de la demanda, esto es 20.6.06; ello con imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Contra esta sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, juzgando en Primera Instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Antonio Valiente Vélez, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintinueve de septiembre de dos mil ocho.- La Secretaria.

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