Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 28/10/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 29 de septiembre de 2008, de la Directora General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada del Madroño y San Pedro», en su totalidad, en el término municipal de Tarifa, en la provincia de Cádiz. VP@613/2007.

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Examinado el expediente de Deslinde de la vía pecuaria «Colada del Madroño y San Pedro», en su totalidad, en el término municipal de Tarifa, en la provincia de Cádiz, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, ubicada en el término municipal de Tarifa, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 28 de enero de 1951, que ha sido modificada por la Orden Ministerial de fecha 31 de mayo de 1963, por la Orden Ministerial de fecha 21 de marzo de 1964 y por la Orden Ministerial de fecha 25 de mayo de 1965, publicada esta última en el Boletín Oficial del Estado núm. 130 de fecha 1 de junio de 1965 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 131 de fecha 10 de junio de 1965, con una anchura legal de 33,50 metros lineales.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 3 de abril de 2007, se acordó el inicio del Deslinde de la vía pecuaria «Colada del Madroño y San Pedro», en su totalidad, en el término municipal de Tarifa, en la provincia de Cádiz. El deslinde de la vía pecuaria está motivado por constituir la misma parte de la red de senderos para usos turísticos recreativos dentro del Parque Natural del Estrecho tal y como se recoge en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales aprobado por el Decreto 308/2002, de 23 de diciembre.

Tercero. Los trabajos materiales de Deslinde, previo a los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 4 de julio de 2007, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz núm. 87, de fecha 8 de mayo de 2007.

A esta fase de operaciones materiales no se presentó ninguna alegación.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm.  245 de fecha 21 de diciembre de 2007.

A dicha Proposición de Deslinde se presentó una alegación que será valorada en los Fundamentos de Derecho de la Resolución.

Quinto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo Informe con fecha 28 de julio de 2008.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Dirección General de Sostenibilidad en la Red de Espacios Naturales la resolución del presente Deslinde, en virtud de lo preceptuado en la Resolución del Consejo de Gobierno de 6 de mayo de 2008 y en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 194/2008, de 6 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica  de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria «Colada del Madroño y San Pedro» ubicada en el término municipal de Tarifa, en la provincia de Cádiz, fue clasificada por la citada Orden, siendo esta clasificación, conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, «... el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria...», debiendo por tanto el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada Vía Pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Cuarto. Durante la fase de exposición pública se presentó la siguiente alegación por parte de don Francisco González Gallego, la «Colada del Madroño y San Pedro» según plano catastral, actualmente atraviesa su finca y que ello no ha sido nunca así, sino que la vía pecuaria únicamente, y según consta en la descripción de la finca, en escritura de propiedad que aporta el interesado, linda desde siempre por el oeste con su finca, quedando la finca, por tanto, al este de la vía pecuaria.

El interesado tal y como se aprecia en los planos de deslindes, es el colindante número 11, sin que suponga intrusión alguna en el dominio público pecuario.

Considerando que el presente deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada, que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Procedimiento Administrativo Común, con sujeción a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y al Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos, la Propuesta favorable al Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Cádiz, de fecha 18 de junio de 2008, así como el Informe del Gabinete Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de fecha 28 de julio 2008.

RESUELVO

Aprobar el deslinde de la vía pecuaria denominada «Colada del Madroño y San Pedro», en su totalidad, en el término municipal de Tarifa, en la provincia de Cádiz, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Cádiz, a tenor de los datos, en función de la descripción y a las coordenadas que a continuación se detallan:

- Longitud deslindada: 3.345,08 metros lineales.

- Anchura: 33,50 metros lineales.

Descripción registral: Finca rústica de dominio público según establece la Ley 3/95 de Vías Pecuarias y el Decreto 155/98 por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan. El tramo deslindado de la vía pecuaria «Colada del Madroño y San Pedro» en el término municipal de Tarifa, Tiene una anchura legal de 33.5 metros, una longitud total de 3.345,08 metros y una superficie total deslindada de 113.640,81 metros cuadrados.

Sus linderos son:

NORTE:
Núm. COLINDANCIA: REF. CATASTRAL NOMBRE:
35 S/R C.R.ALGECIRAS
- SUR:
Núm. COLINDANCIA: REF. CATASTRAL NOMBRE:
37 S/R COLADA DE LA COSTA
ESTE:
Núm. COLINDACIA: REF. CATASTRAL NOMBRE:
01 43/043 NUÑEZ NUÑEZ, MARIA DE LA LUZ
02 43/9003 DIPUTACIÓN DE CÁDIZ
04 46/101 NUÑEZ NUÑEZ, MARIA DE LA LUZ
07 46/9006 DELEGACIÓN DE CULTURA
05 46/074 NUÑEZ NUÑEZ, MARIA DE LA LUZ
07 46/9006 DELEGACIÓN DE CULTURA
09 46/120 ARROYO VIÑAS, S.A.
07 46/9006 DELEGACIÓN DE CULTURA
13 46/9003 AYUNTAMIENTO DE TARIFA
16 46/9018 DELEGACIÓN DE CULTURA
19 46/069 ROJAS GALLEGO, ANA MARIA
16 46/9018 DELEGACIÓN DE CULTURA
39 S/R COL ADA DE ALCARIA
23 46/9005 DELEGACIÓN DE CULTURA
25 46/062 ROJAS GALLEGO, FERNANDO
27 46/058 ALCARAZ HUESCA, ANTONIO
23 46/9005 DELEGACIÓN DE CULTURA
33 46/051 CORTIJO EL ALGARROBO, S.L.
OESTE:
Núm. COLINDANCIA: REF CATASTRAL NOMBRE:
01 43/043 NUÑEZ NUÑEZ, MARIA DE LA LUZ
02 43/9003 DIPUTACIÓN DE CÁDIZ
04 46/101 NUÑEZ NUÑEZ, MARIA DE LA LUZ
07 46/9006 DELEGACIÓN DE CULTURA
08 46/114 TRUJILLO RUBIO, MARIA
12 46/119 ARROYO VIÑAS, S.A.
07 46/9006 DELEGACIÓN DE CULTURA
13 46/9003 AYUNTAMIENTO DE TARIFA
16 46/9018 DELEGACIÓN DE CULTURA
14 46/122 ARROYO VIÑAS, S.A.
18 46/123 ROJAS GALLEGO, ANA MARIA
20 46/9012 AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA-CUENCA MEDITERRANEA
22 46/139 ROJAS GALLEGO, FERNANDO
39 S/R DESCANSADERO DOÑA INES
39 S/R COLADA DE ALCARIA
23 46/9005 DELEGACIÓN DE CULTURA
Relación de coordenadas U.T.M. de la vía pecuaria
Punto X Y Punto X Y
1I 270961.8113 3993627.3208 1D 270922.4135 3993618.4787
2I 271038.3565 3993554.8975 2D 271015.3327 3993530.5633
2D’ 271022.5889 3993525.3402
2D’’ 271030.9682 3993522.2224
3I 271081.2652 3993545.1951 3D 271072.7097 3993512.7839
4I 271102.0920 3993538.8942 4D 271092.3911 3993506.8295
4I’ 271113.4212 3993532.9060
4I’’ 271121.6733 3993523.1023
5I 271132.8791 3993502.9378 5D 271101.7809 3993489.9328
6I 271152.0566 3993437.4676 6D 271119.7196 3993428.6919
7I 271165.4051 3993384.0898 7D 271131.5216 3993381.4979
8I 271163.2443 3993360.7609 8D 271129.4577 3993359.2143
9I 271171.8985 3993314.2185 9D 271138.2712 3993311.8149
10I 271169.0176 3993244.2181 10D 271135.1946 3993237.0606
11I 271201.0596 3993179.2536 11D 271169.3299 3993167.8522
12I 271219.3383 3993101.7837 12I 271186.3974 3993095.5158
13I 271228.4459 3993039.1289 13D 271194.9300 3993036.8158
14I 271228.2029 3993001.9826 14D 271194.7036 3993002.2016
14I’ 271226.3101 3992991.0983
14I’’ 271220.9799 3992981.4217
15I 271185.4708 3992936.5205 15D 271159.1945 3992957.3006
15D’ 271153.1995 3992945.5102
15D’’ 271152.2354 3992932.3184
16I 271188.4947 3992912.6035 16D 271155.7383 3992904.6132
17I 271237.2258 3992780.2364 17D 271203.2510 3992775.5554
18I 271233.1870 3992729.1676 18D 271199.4486 3992727.4758
19I 271239.0035 3992697.0435 19D 271206.0395 3992691.0749
19D’ 271210.6438 3992679.2115
19D’’ 271219.3405 3992669.9212
20I 271282.2196 3992665.7129 20D 271262.5566 3992638.5907
20I’ 271292.9185 3992652.7472
20I’’ 271295.9724 3992636.2168
21I 271291.3687 3992571.4123 21D 271258.1650 3992576.7712
22I 271280.8330 3992529.9971 22D 271248.3671 3992538.2561
22I’ 271275.5794 3992518.7180
22I’’ 271266.5718 3992510.1343
23I 271191.0242 3992461.2283 23D 271172.8194 3992489.3501
23D’ 271165.8076 3992483.2821
23D’’ 271160.7278 3992475.5245
24I 271160.5973 3992396.7482 24D 271126.7838 3992403.5910
25I 271162.4387 3992305.6818 25D 271128.5916 3992314.1892
26I 271160.2060 3992277.5147 26D 271126.6575 3992289.7895
27I 271149.0612 3992223.9557 27D 271116.5031 3992240.9900
28I 271113.6777 3992132.4043 28D 271082.8470 3992153.9082
29I 271063.6970 3992038.8624 29D 271034.1126 3992062.6988
30I 271035.1288 3991989.7144 30D 271006.6826 3992015.5090
30I’ 270953.9285 3991868.4011 30D’ 270921.1059 3991887.3711
31I 270939.5486 3991734.9075 31D 270905.5686 3991735.7180
31D’ 270910.7000 3991700.8464
32I 270946.1792 3991689.8478 32D 270913.8131 3991679.6904
32I’ 270954.1854 3991673.7725 32D’ 270932.7946 3991641.5786
32I’’ 270969.3259 3991643.3728
33I 270983.5011 3991614.9113 33D 270955.1817 3991596.6289
34I 271028.4675 3991559.8077 34D 270999.1805 3991542.7109
35I 271052.9400 3991497.1500 35D 271021.2014 3991486.3301
36I 271091.1347 3991366.6596 36D 271058.7656 3991357.9942
37I 271116.8056 3991261.0265 37D 271084.2659 3991253.0624
38I 271131.2579 3991202.3927 38D 271098.7314 3991194.3754
38D’ 271105.4424 3991181.0430
38D’’ 271117.2785 3991171.9489
39I 271172.0497 3991183.6617 39D 271159.3025 3991152.6520
40I 271240.5944 3991158.6749 40D 271223.9376 3991129.0904
41I 271283.9423 3991123.9060 41D 271256.6769 3991102.8306
42I 271313.1728 3991058.6786 42D 271280.1215 3991050.5144
43I 271318.6984 3990971.1343 43D 271285.2467 3990969.3133
44I 271322.1924 3990894.7876 44D 271289.0303 3990886.6396
45I 271360.6696 3990812.2281 45D 271330.7664 3990797.0876
46I 271393.0234 3990753.1811 46D 271369.9181 3990725.6340
46I’ 271455.3157 3990751.4736

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Actuación cofinanciada por Fondos Europeos

Sevilla, 29 de septiembre de 2008.- La Directora General, Rocío Espinosa de la Torre.

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