Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 21/11/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 31 de octubre de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos), dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 1676/2006. (PD. 3972/2008).

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NIG: 0401342C20060011394.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1676/2006.

Negociado: JR.

Sobre: Cantidad.

De: Total España, S.A.

Procuradora: Sra. Arroyo Ramos, María Ángeles.

Contra: Don Miguel Lázaro López Freniche y Ana María Molina Baños.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1676/2006, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Almería (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de Total España, S.A., contra Miguel Lázaro López Freniche y Ana María Molina Baños sobre cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm.

En la Ciudad de Almería, a veintitrés de octubre de dos mil ocho.

En nombre de S.M. El Rey, la Ilma. Sra. doña Esther Marruecos Rumí, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Almería y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1.676/06, promovidos a instancia de Entidad Total España, S.A., que compareció representado por la Procuradora doña M.ª de los Ángeles Arroyo Ramos y dirigida por la letrada doña Almudena Sepúlveda Caballero; frente a don Miguel Lázaro López y doña Ana María Molina Baños en situación de rebeldía en los presentes autos, sobre Reclamación de Cantidad, y

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Procuradora Sra. Arroyo Ramos en nombre y representación de la Entidad Total España, S.A., frente a don Miguel Lázaro López Freniche y doña Ana María Molina Baños, debo condenar y condeno a los demandados con carácter solidario a abonar a la Entidad actora la cantidad de treinta y cinco mil quinientos setenta y seis euros con setenta y un céntimos (35.576,71 €) , más los correspondientes intereses legales moratorios, en la forma prevista en el fundamento de derecho cuarto de esta Resolución, e igualmente debo declarar y declaro la Resolución del Contrato de Suministro de productos y cesión de uso de equipo, de fecha 1.3.97 y Anexos novatorios de fecha 1.10.97, 1.8.00, así como Contrato de Objetivos con adelanto de Rappell de fecha 1.7.00, por incumplimiento de los demandados, y todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Contra la presente resolución cabe interposición de recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde la notificación.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los dernandado/s Miguel Lázaro López Freniche y Ana María Molina Baños, extiendo y firmo la presente en Almería a treinta y uno de octubre de dos mil ocho. El/La Secretario.

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