Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 25/02/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda.

Acuerdo de 5 de febrero de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la enajenación directa de determinados bienes de titularidad de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, mediante su aportación no dineraria para suscribir el aumento de capital social de la entidad Zona de Actividades Logísticas del Campo de Gibraltar, S.A.

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La entidad Zona de Actividades Logísticas del Campo de Gibraltar, S.A. (ZAL Campo de Gibraltar) es una empresa de la Junta de Andalucía, asimilable a las previstas en el artículo 6.1.a) de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La participación de la Administración de la Junta de Andalucía en el capital social de la citada entidad es una participación indirecta a través de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía (antes denominada Empresa Pública de Puertos de Andalucía) y de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, en un porcentaje del 70,56% y del 27,53 respectivamente.

Esta empresa ZAL Campo de Gibraltar tiene por objeto social la gestión integral del Centro de Transportes de Interés Autonómico del Campo de Gibraltar, conforme a lo dispuesto en la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las áreas de transporte de mercancías en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Agencia Pública de Puertos de Andalucía y la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, a través de sus respectivos órganos rectores superiores, han acordado incorporar al capital social de la citada entidad ZAL Campo de Gibraltar, su participación en la titularidad de los suelos patrimoniales que les corresponden sobre el sector 2 de la ZAL del Campo de Gibraltar, definido en el Plan Funcional aprobado por Orden de la Consejera de Obras Públicas y Transportes con fecha de 16 de mayo de 2006 (BOJA núm. 109, de 8 de junio).

La citada titularidad se corresponde con una participación en régimen de pro indiviso sobre una parcela de terreno de 119,8318 hectáreas, en un porcentaje del 43,1755% por parte de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía y del 13,1826% por la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, sujeta a la ordenación recogida en el Plan Especial aprobado por resolución del Secretario General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de 7 de noviembre de 2006 (BOJA núm. 233, de 1 de diciembre). La participación restante en el pro indiviso de la referida parcela corresponde a la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras.

Con fecha de 21 de noviembre de 2007, ambas entidades, a través de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, solicitan a la Consejería de Economía y Hacienda la tramitación del expediente para la enajenación directa de su participación en la propiedad de los terrenos citados, debido a las características específicas de los mismos, mediante la aportación no dineraria para el aumento del capital social de la entidad ZAL Campo de Gibraltar.

Efectuada la valoración de la participación citada, que asciende a 113.845.784,67

, la autorización para la enajenación compete, conforme al artículo 89 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 5 de febrero de 2008,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en los artículos 89 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y 203 de su Reglamento de aplicación, se autoriza la enajenación, mediante la aportación no dineraria para suscribir el aumento del capital social de la entidad Zona de Actividades Logísticas del Campo de Gibraltar, de la participación que ostentan en régimen de pro indiviso la Agencia Pública de Puertos de Andalucía y la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, de 43,1755% y de 13,1826%, respectivamente, sobre la parcela de 119,8318 hectáreas de superficie, integrada por las fincas registrales número 34.140, sita en el término municipal de San Roque y número 1.552, sita en el término municipal de Castellar de la Frontera, inscritas en el Registro de la Propiedad de San Roque, al tomo 1496, libro 505, folio 169 y al tomo 1401, libro 22, folio 116, respectivamente.

Segundo. Efectuada la enajenación que se autoriza, se dará traslado de la misma a la Dirección General de Patrimonio de la Consejería de Economía y Hacienda, para su constancia en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. El presente Acuerdo tendrá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de febrero de 2008

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Economía y Hacienda

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