Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 05/03/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente.

Resolución de 5 de febrero de 2008, de la Secretaria General Técnica, por la que se aprueba la previa desafectación y la modificación de trazado de la via pecuaria ¿Cordel de Jerez del Marquesado¿, en un tramo de 128,28 metros que discurre entre las parcelas 9005, 12 y 13 del polígono 3, en el término municipal de Lugros, en la provincia de Granada. VP 187/05.

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Examinado el expediente de Modificación de Trazado de la vía pecuaria "Cordel de Jerez del Marquesado", en un tramo de 128,28 metros que discurre entre las parcelas 9005, 12 y 13 del polígono 3, en el término municipal de Lugros, provincia de Granada, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada, se desprenden los siguientes.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria "Cordel de Jerez del Marquesado", en el término municipal de Lugros, provincia de Granada, fue clasificada por Orden Ministerial de 25 de agosto de 1953, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 21 de septiembre de 1953.

Segundo. Solicitada la presente Modificación de Trazado por don Juan Gámez Medialdea, la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Granada, informa favorablemente la referida solicitud por entender que se cumplen todos los requisitos técnicos exigidos por el Decreto 155/1.998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de nuestra Comunidad Autónoma.

Tercero. La Modificación de Trazado de la vía pecuaria "Cordel de Jerez del Marquesado", en un tramo de 128,28 metros que discurre entre las parcelas 9005, 12 y 13 del polígono 3, en el término municipal de Lugros, provincia de Granada, consiste en desplazar la vía pecuaria unos metros al Norte para ocupar en una menor proporción la parcela 12 del polígono 3, propiedad del solicitante, que se encuentra cultivada con olivos.

Cuarto. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente, de 21 de junio de 2006, se acordó el inicio del expediente de Modificación de Trazado de la vía pecuaria "Cordel de Jerez del Marquesado", en el término municipal de Lugros, provincia de Granada, procedimiento cuyo plazo para resolver fue ampliado por Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de 20 de junio de 2007.

Quinto. Redactada la Propuesta de Resolución de Modificación de Trazado, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, se somete a Exposición Pública, previamente notificada a posibles interesados y organismos públicos, y anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada número 110, de 11 de junio de 2007.

Sexto. Durante el periodo de exposición pública no se presentó ninguna alegación con respecto a la modificación de trazado de la vía pecuaria de referencia.

Séptimo. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía emitió el preceptivo informe con fecha 11 de enero de 2008.

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la resolución del presente Procedimiento Administrativo de Modificación de Trazado, en virtud de lo preceptuado en el artículo 41.5.ª del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás legislación aplicable al caso.

Considerando que del examen del expediente se desprende que de conformidad con lo establecido tanto en el artículo 13 de la Ley de Vías Pecuarias, como en el artículo 39 y siguientes del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía quedan garantizados la continuidad, el tránsito ganadero y los demás usos complementarios y compatibles con aquél, quedando justificada la conveniencia de efectuar la modificación parcial del trazado, y que en su tramitación se ha seguido el procedimiento legalmente establecido,

Vista la propuesta formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Granada,

R E S U E L V O

Primero. Desafectar parcialmente la vía pecuaria "Cordel de Jerez del Marquesado", en un tramo de 123,24 metros que discurre entre las parcelas 9005, 12 y 13 del polígono 3, en el término municipal de Lugros, provincia de Granada.

Segundo. Aprobar la Modificación de Trazado de la vía pecuaria "Cordel de Jerez del Marquesado", en un tramo de 128,28 metros que discurre entre las parcelas 9005, 12 y 13 del polígono 3, en el término municipal de Lugros, provincia de Granada, desplazándose la vía pecuaria unos metros al Norte para ocupar en menor proporción la parcela 12 del polígono 3, propiedad del solicitante.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso de Alzada, conforme a la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 5 de febrero de 2008.- La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez.

ANEXO A LA RESOLUCION DE 5 DE FEBRERO DE 2008, DE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA LA PREVIA DESAFECTACION Y LA MODIFICACION DE TRAZADO DE LA VIA PECUARIA "CORDEL DE JEREZ DEL MARQUESADO", EN UN TRAMO DE 128,28 METROS QUE DISCURRE ENTRE LAS PARCELAS 9005, 12 Y 13 DEL POLIGONO 3, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE LUGROS, EN LA PROVINCIA DE GRANADA

Tramo a modificar:

Nuevo trazado:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 49)

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