Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 10/03/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación.

Resolución de 24 de enero de 2008, de la Dirección General de Administración Local, por la que se suprime el puesto de trabajo de Oficial Mayor de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Lucena (Córdoba).

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El Ayuntamiento de Lucena (Córdoba), mediante acuerdo adoptado por el pleno con fecha 14 de diciembre de 2007, ha solicitado de esta Dirección General de Administración Local la supresión del puesto de trabajo de Oficial Mayor, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio.

El apartado 3 de la disposición adicional segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y el artículo 9 del mencionado Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, confieren al órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva la competencia para la creación, clasificación y supresión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por la disposición adicional novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre; el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, y el artículo 8.17 del Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, de acuerdo con la nueva redacción establecida por el artículo primero del Decreto 101/2007, de 10 de abril, esta Dirección General de Administración Local

RESUELVE

Primero. Suprimir el puesto de trabajo de Oficial Mayor de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Lucena (Córdoba).

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de enero de 2008.- El Director General, Juan Osuna Baena.

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