Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 09/01/2008

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de noviembre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga, dimanante del procedimiento ordinario núm. 1057/2005. (PD. 5532/2007).

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NIG: 2906742C20050022534.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1057/2005. Negociado: MJ.

De: Banco Español de Crédito, S.A.

Procurador: Sr. Carlos Javier López Armada.

Letrado: Sr. Peralta de las Heras, Andrés Manuel.

Contra: Don Miguel Pedro Puche Frías y Carmen de Haro Muñoz.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1057/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga a instancia de Banco Español de Crédito, S.A., contra Miguel Pedro Puche Frías y Carmen de Haro Muñoz, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia en nombre de S.M. El Rey

En la Ciudad de Málaga , a siete de septiembre de dos mil siete.

Vistos por mí, doña Nuria Martínez Rodríguez, Magistrada-Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia número Doce de los de Málaga los presentes autos de procedimiento ordinario registrados con el número 1057/05, siendo parte demandante "Banco Español de Crédito, S.A." representada por el Procurador don Carlos Javier López Armada y asistida por el Letrado don Andrés Manuel Peralta de las Heras, y parte demandada don Miguel Pedro Puche y doña Carmen de Haro Muñoz, en situación procesal de rebeldía ambos, sobre reclamación de cantidad,

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por el Procurador Sr. López Armada en nombre y representación de Banco Español de Crédito, S.A., contra don Miguel Pedro Puche frías y doña Carmen de Haro Muñoz, condenando a éstos últimos a que satisfagan a la actora la cantidad de 34.905,45 euros, más los intereses pactados desde el día 3.8.2005 y hasta el pago total. A la vez que se impone a la demandada el pago de las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer recurso de apelación para ante la Ilma Audiencia Provincial de Málaga, que habrá de ser preparado ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.

Firme que sea la resolución, llévese el original al Libro de las de su clase, quedándose testimonio de la misma en los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Miguel Pedro Puche Frías y Carmen de Haro Muñoz en ignorado paradero expido y firmo la presente en Málaga a veintinueve de noviembre de dos mil siete.- El/La Secretario.

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