Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 10/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Decreto 302/2007, de 18 de diciembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

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El presente Decreto aborda la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, que afecta a determinados centros residenciales para personas mayores y centros de atención socioeducativa.

Por un lado, con el objeto de llevar a la práctica la adecuación funcional para la mejora de la calidad asistencial en los centros residenciales para personas mayores, se ha estimado procedente la modificación de la relación de puestos de trabajo correspondiente a los centros residenciales para personas mayores de «El Palo» (Málaga) y de Úbeda (Jaén), en los que se está acometiendo progresivamente una reforma integral con el fin de reconvertir plazas de atención a personas válidas en plazas de atención a personas asistidas. Dicha reforma tiene, como especial incidencia, la necesidad de incremento del número de puestos de trabajo adscritos a la categoría profesional de Auxiliar de Clínica y Ayuda a Domicilio para adaptar la plantilla de personal, para dar cumplimiento a la ratio de puestos por usuario establecida en la Orden de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de fecha 3 de julio de 2006, de modificación parcial de la Orden de 1 de julio de 1997, por la que se regula la acreditación de los centros de atención especializada a las personas mayores y personas con discapacidad.

Por otro lado, dentro del marco de desarrollo social impulsado por el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, se ha puesto en funcionamiento el centro de atención socioeducativa «Arco e Iris», se ha aumentado la capacidad de otros centros de atención socioeducativa, así como de la «Residencia Asistida Marchena». La incorporación de nuevos centros y la ampliación de otros hace que sea necesario modificar la relación de puestos de trabajo para adaptarla a las nuevas necesidades. Asimismo, teniendo en consideración lo establecido en el Decreto 48/2006, de 1 de marzo, de ampliación y adaptación de medidas de apoyo a las familias andaluzas, entre las que se incluyen las relativas a los centros de atención socioeducativa a niños y niñas menores de tres años, se hace necesario reforzar la relación de puestos de trabajo de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, dotándola de los recursos humanos necesarios de la categoría profesional de Técnico Superior en Educación Infantil.

Según lo previsto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación del presente Decreto en el seno de la Comisión del Convenio.

En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 10.2 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 18 de diciembre de 2007,

D I S P O N G O

Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social queda modificada en los términos expresados en el Anexo de este Decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de la aprobación de este Decreto se producirán a partir del día 1 del mes siguiente al de su publicación.

Sevilla, 18 de diciembre de 2007

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MARÍA JOSÉ LÓPEZ GONZÁLEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

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