Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 10/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Acuerdo de 18 de diciembre de 2007, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la concesión de subvención reglada mediante Resolución en materia de orientación del Servicio Andaluz de Empleo a la Unión General de Trabajadores de Andalucía.

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El Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía, establece en su artículo 4, entre otros, los Programas de Itinerarios y de Orientación Profesional y autoriza en su disposición final primera al titular de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en la actualidad Consejería de Empleo, según artículo 7 del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en dicho Decreto.

La Orden de 22 de enero de 2004, modificada por Orden de 23 de septiembre de 2004 y Orden de 9 de noviembre de 2005, establece las normas reguladoras y el régimen de convocatoria para la concesión de ayudas relativas al Programa de Orientación Profesional y regular el Programa de Itinerarios de Inserción de la Junta de Andalucía.

De otra parte, la Unión General de Trabajadores de Andalucía está capacitada para promover la inserción laboral de las personas demandantes de empleo prestando orientación y asesoramiento especializado y personalizado acerca de su elección profesional, posibilidades reales de empleo, cualificación necesaria, necesidades y opciones formativas, búsqueda de empleo o creación de su propio empleo, promoviendo la mejora de la empleabilidad.

Por todo ello, la Consejería de Empleo pretende conceder una subvención reglada para la Unión General de Trabajadores de Andalucía destinada a la implantación de Unidades de Orientación según se especifica en el artículo 7.1 y 2 de la Orden de 22 de enero de 2004, por un importe total de cuatro millones ochocientos noventa y un mil ciento treinta y cinco euros con veinte céntimos (4.891.135,20 €).

La normativa presupuestaria vigente establece en el artículo 104 de la Ley 5/1983 de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se requerirá Acuerdo del Consejo de Gobierno para aprobar subvenciones por importe superior a tres millones cinco mil sesenta euros con cincuenta y dos céntimos (3.005.060,52 €).

Por ello, a propuesta del Consejero de Empleo, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 18 de diciembre de 2007 adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Autorizar la concesión de la subvención de cuatro millones ochocientos noventa y un mil ciento treinta y cinco euros con veinte céntimos (4.891.135,20 €) a la Unión General de Trabajadores de Andalucía mediante Resolución del Servicio Andaluz de Empleo destinada a la implantación de Unidades de Orientación según se especifica en el artículo 7.1 y 2 de la Orden de 22 de enero de 2004.

Segundo. Para el abono de la citada subvención es de aplicación lo dispuesto en el artículo 21.1.c) de la Ley 11/2006, de 27 de diciembre, de presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2007.

Tercero. Se faculta al Consejero de Empleo para adoptar las Resoluciones que fueren necesarias para la puesta en práctica y ejecución del proyecto.

Sevilla, 18 de diciembre de 2007

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

ANTONIO FERNÁNDEZ GARCÍA

Consejero de Empleo

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