Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 15/04/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de marzo de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga, dimanante del procedimiento verbal núm. 142/2007. (PD. 1474/2008).

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Número de Identificación General: 2906742C20070003199.

Procedimiento: Juicio Verbal 142/2007. Negociado: EA.

EDICTO

Juzgado: Juzg. de Primera Instancia núm. Doce de Málaga.

Juicio: Juicio Verbal 142/2007.

Parte demandante: Inmobiliaria Vitrubio, S.A.

Parte demandada: Manuel Valdés Medina.

Sobre: Juicio Verbal.

En el juicio referenciado, se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo es de tenor literal siguiente:

SENTENCIA

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

En la Ciudad de Málaga, a veintisiete de septiembre de dos mil siete.

Vistos por mí, doña Nuria Martínez Rodríguez, Magistrado-Juez sustituta de Juzgado de Primera Instancia número Doce de los de Málaga y su Partido Judicial, los presentes autos de juicio verbal, registrados con el número 142/07, siendo parte demandante la entidad «Inmobiliaria Vitrubio, S.A.» representada por el procurador Sra. Molina Pérez y asistida por el Letrado Sr. San Emeterio Iglesias y parte demandada Don Manuel Valdés Medina en situación procesal de rebeldía, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador Sra. Molina Pérez en representación de «Inmobiliaria Vitrubio, S.A.» contra don Manuel Valdés Medina, condenando a este último a que abone a la primera la cantidad de 1.130,34 euros, siendo a su cargo el pago de las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que habrá de ser preparado ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.

Firme que sea la resolución, llévese el original al Libro de las de su clase, quedándose testimonio de la misma en los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada Manuel Valdés Medina se ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación sentencia y en el BOJA.

Málaga, a veinticuatro de marzo de dos mil ocho.- El/La Secretario/a Judicial.

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