Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 19/04/2008

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 25 de marzo de 2008, del Ayuntamiento de La Palma del Condado, de bases para la selección de plazas de funcionario.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por promoción interna, por el procedimiento de concurso-oposición, de 3 plazas: 1 plaza de Administrativo, 1 plaza de Encargado de Servicios Municipales y 1 plaza de Encargado de Mantenimiento Eléctrico, vacantes en la plantilla de funcionarios y que figuran en el Anexo que acompaña a estas bases. Las plazas objeto de esta convocatoria están incluidas en la Oferta Pública de 2007 y dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación en que se incluyen.

2.º Normas generales.

Las plazas que se convocan se ajustarán a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, R.D. 896/1991, de 7 de junio, Ley 7/1985, de 2 abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, R.D. 364/1995, de 10 de marzo, R.D. Legislativo 781/1986, de 18 abril, y por cualquier otra disposición aplicable.

3.º Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los solicitantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación exigida o bien, tener una antigüedad de diez años en una plaza del Grupo D o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá según criterios objetivos.

f) Ser funcionario de carrera de este Excmo. Ayuntamiento con una antigüedad de al menos dos años en esta Corporación, en el subgrupo de titulación inmediatamente inferior a la plaza que se opte, tal y como se especifica en el Anexo.

Los requisitos establecidos en estas bases deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de instancias y mantener los mismos durante todo el proceso selectivo.

4.º Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en la selección deberán hacerlo constar en instancia, debiendo constar en la misma la denominación de la vacante y la denominación expresa de que reúne todos y cada uno de los requisitos de la convocatoria. Las solicitudes se dirigirán a Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Palma del Condado, y se entregarán en el registro de entrada del Excmo. Ayuntamiento o en cualquiera de las formas contempladas en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

5.º Admisión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos en su caso. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará la causa de la exclusión, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/1992.

6.º Tribunales.

El Tribunal Calificador se nombrará según lo recogido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. El Tribunal Calificador estará constituido por Presidente, Secretario y 3 Vocales. La composición del Tribunal será predominantemente técnica y los miembros deberán poseer igual o superior nivel de titulación o especialización a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas. Se designarán miembros suplentes del Tribunal, que junto con los titulares se publicarán en el BOP, no pudiendo constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes le sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los interesados podrán promover la recusación de los mismos cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/92. Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del que actúe como Presidente. El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores técnicos, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades, con voz y sin voto. Los Tribunales Calificadores quedarán facultados, para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, y para decidir respecto a lo no contemplado en las mismas.

7.º Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

En la misma Resolución que aprueba las listas de admitidos y excluidos, se indicará composición nominal del Tribunal, hora y día de comienzo de las pruebas y el lugar de celebración de las mismas. Los sucesivos anuncios para la celebración de las restantes pruebas se harán públicos en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento con doce horas de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho horas si se trata de un nuevo ejercicio. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles. En cualquier momento del proceso selectivo, si los tribunales tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión y dar cuenta al órgano competente.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único. Salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal con absoluta libertad de criterio, la ausencia de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluidos en consecuencia del procedimiento selectivo.

8.º Procedimiento de selección.

Concurso-oposición.

Sistema de calificación.

Fase de concurso.

El concurso se regirá por el baremo de méritos que figura como Anexos a estas bases generales. La valoración inicial de méritos, que tendrá carácter provisional, se realizará respecto de aquellos/as aspirantes que hubiesen superado la prueba segunda, en aquellas plazas cuya fase de oposición conste de tres ejercicios, y la primera en aquellas que conste de dos ejercicios, atendiendo a los méritos alegados y acreditados, mediante fotocopias simples, junto con la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

A estos efectos, cuando los Tribunales hagan pública la calificación de la mencionada segunda o primera prueba, publicarán asimismo en el tablón de anuncios la valoración inicial de méritos, donde se indicarán la fecha, lugar y hora de presentación de los documentos originales o fehacientes de los méritos alegados, para posterior cotejo y compulsa de las fotocopias simples aportadas. Los/as interesados/as podrán presentar contra la resolución del Tribunal, donde se determina la valoración inicial de méritos, las alegaciones que estimen oportunas, mediante escrito dirigido al/a la Presidente/a del Tribunal, teniendo para ello un plazo de cinco días a partir de su publicación.

El trámite de notificación de la resolución de estas alegaciones se entenderá efectuado con la publicación de la Resolución de los Tribunales por la que se eleven a definitivas las puntuaciones de la fase de concurso. Sólo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, acreditados documentalmente. Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad de las fotocopias, el Tribunal elevará a definitiva la calificación de la fase de concurso, confirmando, en su caso, la puntuación inicialmente otorgada, o determinando la puntuación definitiva que corresponda, en base sólo a los méritos alegados y probados, según el procedimiento señalado en estas bases, en caso de que no se presentare la documentación original o fehaciente o que ésta no se corresponda con las fotocopias inicialmente presentadas.

Fase de oposición.

Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que serán leídos por los aspirantes si así lo decide el Tribunal Calificador, serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. Las distintas pruebas componentes de un ejercicio podrán realizarse conjunta o separadamente, según determine el Tribunal Calificador. Si en alguno de los temas o parte que contenga cada prueba, al/a la aspirante se le calificase con 0 puntos, ello supondrá la descalificación automática del/de la mismo/a, quedando, por tanto, eliminado/a. El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos. De las puntuaciones que otorgasen los miembros de los Tribunales Calificadores se eliminarán la mayor y menor puntuación, siempre que excedan de dos puntos respecto de la media, de tal manera que la nota que obtengan los/as aspirantes será la media de las restantes puntuaciones concedidas por los mismos.

Cuando los ejercicios en que consista la fase de oposición consistan en la contestación por el opositor a un cuestionario tipo test, estos se valorarán del siguiente modo:

- Las respuestas correctas serán valoradas con la cantidad que resulte de dividir la puntuación total que puede ser obtenida (10 puntos) por el número de preguntas que comprenda el cuestionario.

- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, restando una cantidad que será la mitad del valor que se asigne a la respuesta correcta.

- Las preguntas no contestadas no serán valoradas.

- Si el aspirante contestare o situare algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta se entenderá que esta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios de la Corporación.

La calificación de la fase de oposición será la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios de dicha fase.

Calificación final: La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones del concurso y de la oposición. En caso de empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en cada uno de los siguientes factores y por el siguiente orden:

- Mejor puntuación en la fase de oposición.

- Mejor puntuación en los apartados del concurso siguiendo el siguiente orden: Experiencia, antigüedad, cursos, y seminarios.

- Mejor puntuación en el primer ejercicio de la oposición.

- El Tribunal queda facultado para realizar una prueba adicional de desempate, que no computará para la puntuación total.

9.º Propuesta de selección, presentación de documentación y nombramiento.

El Tribunal publicará y elevará a la autoridad competente la propuesta de nombramiento y relación de aprobados/as, no pudiendo rebasar ésta el número de plazas convocadas, sin que quepa asignar, en ningún caso, cualquiera que fuere la puntuación que obtengan los/as demás aspirantes, la calificación de aprobado/a sin plaza u otra semejante.

Si se rebasare en la propuesta el número de plazas convocadas la propuesta será nula de pleno derecho. El/la aspirante propuesto/a aportará ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados/as, en la forma indicada en esta base, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en los Anexos, así como declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuesto de incompatibilidad previsto en la legislación vigente.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

En el supuesto de que algún/a aspirante fuera excluido/a por la no presentación o falsedad en la documentación o no supera el reconocimiento médico previsto en las bases generales o Anexos en que así se recogiese, el Tribunal Calificador queda facultado para proponer adicionalmente la inclusión, en el mismo número de los/as excluidos/as, de aquellos/as aspirantes que, habiendo superado todas las pruebas, estén fuera del cupo de las plazas convocadas. Seguidamente, se elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al/a la aspirante o aspirantes seleccionados/ as, a la Presidencia de la Corporación a los efectos de los correspondientes nombramientos. Cumplidos los trámites correspondientes, se procederá al nombramiento a favor de los/as aspirantes seleccionados/as, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado y quedarán sometidos/ as al sistema de incompatibilidad actualmente vigente. Contra las presentes bases generales podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia", de acuerdo con lo previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia", recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, conforme a lo dispuesto en el art. 10.c) de la Ley 30/1992, y el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, si lo estimasen oportuno.

ANEXO I

Baremo de méritos de estas bases generales para la fase de concurso

A) Cursos y seminarios.

Por la participación en cursos, seminarios, máster, becas, congresos y jornadas, siempre que tenga relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza solicitada, hasta un máximo de 2 puntos en la forma siguiente:

Asistencia/impartido.

- De duración superior a 50 horas: 0,50 puntos.

- De 20 a 49 horas: 0,40 puntos.

- De duración inferior a 20 horas: 0,30 puntos.

Aquellos en los que no se acredite debidamente las horas, no serán tenidos en cuenta.

Cuando no determinen el número de horas de la que constó, se valorarán como los de hasta 20 horas.

B) Experiencia.

La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados y hasta un máximo de 7 puntos, siempre que exista o haya existido relación funcionarial o contractual, en la forma siguiente:

- Por cada mes completo de servicio prestados en la Administración Local en plaza de inferior categoría o puesto similar contenido al que se opta: 0,07 puntos.

- Por cada mes completo de servicio prestados en otras Administraciones Públicas en plaza de inferior categoría o puesto similar contenido al que se opta: 0,04 puntos.

- Por cada mes completo de servicio prestados en la empresa privada en plaza de inferior categoría o puesto similar contenido al que se opta: 0,02 puntos.

Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

ANEXO II

No se computarán servicios que hayan sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de los/as aspirantes.

Los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

La puntuación máxima en la fase de concurso será la siguiente:

- Cursos y seminarios: Máximo 2.

- Experiencia profesional: Máximo 7 puntos.

10.º Incidencias.

El Tribunal calificador queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo de los procesos selectivos.

11.º Base final.

La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados en el plazo y forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración General.

Subescala: Administrativa.

Denominación: Administrativo.

Subgrupo C-1 (anterior Grupo C).

Sistema de selección: Concurso-oposición por promoción interna.

Titulación exigida: Título de Bachiller o Técnico o equivalente. O una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala de Grupo D, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal.

Segundo ejercicio: Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, de entre los que se planteen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

PROGRAMA

GRUPO I (MATERIAS COMUNES)

Tema 1. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: Sus clases. El Reglamento: Sus clases. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 2. El acto administrativo. Concepto. Elementos.

Tema 3. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo: Días y horas hábiles: Cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos.

Tema 4. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Convalidación. Revisión de oficio.

Tema 5. Los recursos administrativos. Clases. Recurso de alzada. Reclamaciones económico-administrativas.

Tema 6. El servicio público. Nociones generales. Los modos de gestión de los servicios públicos.

Tema 7. Régimen Local Español: Principios constitucionales.

Tema 8. La Provincia en el Régimen Local. Organización provincial. Competencias.

Tema 9. El Municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

Tema 10. Organos de Gobierno Municipal. El Pleno del Ayuntamiento. La Junta de Gobierno Local y las Comisiones Informativas: composición y atribuciones. Elección de los miembros del Ayuntamiento. El Alcalde: elección y atribuciones.

GRUPO II (MATERIAS ESPECIFICAS)

Tema 1. El Personal al Servicio de la Administración Local: Clases, Derechos y Deberes, Régimen disciplinario.

Tema 2. La acción protectora de la Seguridad Social. El concepto de accidente de trabajo y enfermedad profesional. La asistencia sanitaria: concepto, beneficiarios y requisitos. Reconocimiento de la condición de beneficiario. Nacimiento, duración y extinción. Prestaciones sanitarias. La protección por incapacidad temporal. La protección por maternidad y riesgo durante el embarazo.

Tema 3. La función publica. Clases de funcionarios.

Tema 4. La Oferta de Empleo Público.

Tema 5. Sistemas de selección del Personal funcionario: Bases.

Tema 6. Situaciones Administrativas de los funcionarios públicos locales.

Tema 7. El contrato de trabajo. Nociones Generales. Concepto y naturaleza jurídica. Funciones. Elementos esenciales. Capacidad Contractual. Nacimiento y validez.

Tema 8. La Seguridad Social: origen concepto y estructura. La gestión del sistema de la Seguridad Social, niveles de protección y sujetos protegidos.

Tema 9. El Estatuto del Empleado Público. Nociones básicas y cambios sustanciales en su implantación.

Tema 10. El empleo femenino en la Comunidad de Andalucía. Objetivos y medidas.

ANEXO II

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Denominación: Encargado de Servicios Municipales.

Subgrupo C-1 (anterior Grupo C).

Sistema de selección: Concurso-oposición por promoción interna.

Titulación exigida: Título de Bachiller o Técnico o equivalente. O una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala de Grupo D, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederá por criterios objetivos.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal.

Segundo ejercicio: Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, de entre los que se planteen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

PROGRAMA

GRUPO I. MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Estructura. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. El Gobierno y la Administración General del Estado. Organos centrales. La Administración periférica.

Tema 3. La Organización territorial del Estado en la Constitución. Principios Generales. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía.

Tema 4. La Administración Local. Concepto y evolución en España. Entidades que comprende. Legislación local vigente.

Tema 5. El Municipio. Población y territorio municipal. Organos de Gobierno municipales. Competencias municipales.

Tema 6. Organos de Gobierno Municipal. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno y las Comisiones Informativas: composición y atribuciones. Elección de los miembros del Ayuntamiento. El Alcalde: elección y atribuciones.

Tema 7. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ambito de aplicación y principios informadores.

Tema 8. El Procedimiento administrativo: fases. Cómputo de plazos. El silencio administrativo. Los recursos administrativos.

Tema 9. El administrado: concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración. Derechos del ciudadano frente a la Administración.

Tema 10. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. La eficacia de los actos administrativos y su condicionamiento.

GRUPO II (MATERIAS ESPECIFICAS)

Tema 1. Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.

Tema 2. Obras en la vía pública. Señalización, actuaciones en redes de saneamiento, abastecimiento y electricidad.

Tema 3. Organización de obra. Preparación del equipo. Replanteo. Material a emplear. Fases de desarrollo. Condiciones de seguridad, etc.

Tema 4. Enumeración y características esenciales de las diferentes categorías de niveles en la construcción. Encargado, oficial, etc.

Tema 5. Acopio de material y herramienta. Organización, mantenimiento y entretenimiento.

Tema 6. Organización del mantenimiento de parques urbanos. Siembra y plantación, riegos, podas y atención y cuidado del césped.

Tema 7. Distintas clases de firmes. Hormigón hidráulico. Adoquinado. Empedrado. Riegos asfálticos, etc.

Tema 8. Distintas clases de obras a realizar en instalaciones y edificios municipales. Mantenimiento.

Tema 9. Drenajes; particularidades y soluciones. Redes de servicios en el subsuelo, mantenimiento, localización e identificación de las mismas.

Tema 10. Características geométricas de las vías urbanas y carreteras, obras a realizar en las mismas, ejecución. Mantenimiento.

ANEXO III

Número de plazas convocadas: 1.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Denominación: Encargado de Mantenimiento Eléctrico.

Subgrupo C-1 (anterior Grupo C).

Sistema de selección: Concurso-oposición por promoción interna.

Titulación exigida: Título de Bachiller o Técnico o equivalente. O una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala de Grupo D, o de cinco años y la superación de un curso específico de formación al que se accederán por criterios objetivos.

Fase de oposición: Ejercicios.

Primer ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de 50 preguntas concretas sobre materias del programa, durante el tiempo que señale el Tribunal.

Segundo ejercicio: Consistirá en la solución, durante el tiempo que para ello señale el Tribunal, de un supuesto práctico, igual para todos/as los/as opositores/as, de entre los que se planteen por los miembros del citado Tribunal, sobre materias objeto de la plaza que se convoca, inmediatamente antes del comienzo del ejercicio.

PROGRAMA

GRUPO I. MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Estructura. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 2. El Gobierno y la Administración General del Estado. Organos centrales. La Administración periférica.

Tema 3. La Organización territorial del Estado en la Constitución. Principios Generales. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía.

Tema 4. La Administración Local. Concepto y evolución en España. Entidades que comprende. Legislación local vigente.

Tema 5. El Municipio. Población y territorio municipal. Organos de Gobierno municipales. Competencias municipales.

Tema 6. Organos de Gobierno Municipal. El Pleno del Ayuntamiento. La Comisión de Gobierno y las Comisiones Informativas: composición y atribuciones. Elección de los miembros del Ayuntamiento. El Alcalde: elección y atribuciones.

Tema 7. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ambito de aplicación y principios informadores.

Tema 8. El Procedimiento administrativo: fases. Cómputo de plazos. El silencio administrativo. Los recursos administrativos.

Tema 9. El administrado: Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración. Derechos del ciudadano frente a la Administración.

Tema 10. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. La eficacia de los actos administrativos y su condicionamiento.

GRUPO II (MATERIAS ESPECIFICAS)

Tema 1. Transporte, distribución, comercialización de la energía eléctrica. Real Decreto 1955/2000.

Tema 2. Reglamento de líneas eléctricas de alta tensión. Cruzamientos. Paralelismos.

Tema 3. Reglamento electrotécnico de baja tensión R. Decreto 842/2002. Autorización, puesta en servicio e inspección de las instalaciones eléctricas.

Tema 4. Redes aéreas y subterráneas para distribución de energía eléctrica. Instrucciones sobre materiales, cálculo mecánico, intensidades admisibles y ejecución de estas instalaciones.

Tema 5. Suministros eléctricos en BT. Previsión de cargas, acometidas, caja general de protección, líneas repartidoras y derivaciones individuales, contadores y dispositivos privados de mando y protección. Materiales, cálculo y ejecución de estas instalaciones.

Tema 6. Instalaciones de alumbrado publico. Elementos de las mismas. Tipos. Instrucciones y normas sobre materiales. Cálculos eléctricos y luminotécnicos. Ejecución de las instalaciones. Control y ahorro energético. Elementos de protección y puesta a tierra.

Tema 7. Instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia. Instalaciones eléctricas en locales con riesgo de incendio y explosión y en locales de características especiales. Prescripciones particulares.

Tema 8. Receptores eléctricos de alumbrado, caldeo, motores, generadores, convertidores, transformadores y autotransformadores, reactancias, rectificadores y condensadores.

Tema 9. Coste de la energía eléctrica. Tarifas de alta y baja tensión. Gestión y ahorro energético.

Tema 10. Instalaciones de alumbrado público. Instrucciones y normas sobre materiales, cálculo y ejecución de estas instalaciones.

La Palma del Condado, 25 de marzo de 2008.- El Alcalde.

Descargar PDF