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Para general conocimiento se hace pública la Resolución de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Huelva, de 25 de febrero de 2008, en relación a la Corrección Material de errores del Plan General de Ordenación Urbanística de San Juan del Puerto.
Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se comunica que con fecha 27 de febrero de 2008, y con el número de registro 2692, se ha procedido al depósito del instrumento de Planeamiento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
En virtud de lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:
- Resolución de 25 de febrero de 2008 de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Huelva, referente al expediente CP-202/2007, por la que se subsana, inscribe y publica la Corrección Material de errores del Plan General de Ordenación Urbanística de San Juan del Puerto (Anexo l).
- Las Normas Urbanísticas del referido Instrumento de Planeamiento (Anexo II).
ANEXO 1
RESOLUCIóN SOBRE SUBSANACIóN, INSCRIPCIóN Y PUBLICACIóN DE LA CORRECCIóN MATERIAL DE ERRORES AL PLAN GENERAL DE ORDENACIóN URBANISTICA DE SAN JUAN DEL PUERTO
(CP-202/2007)
Visto el expediente administrativo municipal incoado sobre la solicitud citada en el encabezamiento y en virtud de las competencias que la Titular de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Huelva tiene atribuidas por el Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, dicta la presente Resolución conforme a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Procedente del Ayuntamiento de San Juan del Puerto, tuvo entrada en esta Delegación Provincial, sede de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, expediente administrativo municipal incoado referente a la Corrección Material de Errores del Plan General de Ordenación Urbanística de dicho término municipal, a los efectos del pronunciamiento de la Comisión Provincial en virtud de las competencias que tiene atribuidas por la legislación vigente.
Segundo. Con fecha 12 de noviembre de 2007, la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo resolvió aprobar definitivamente la citada Corrección Material de Errores de forma condicionada a la subsanación de los extremos señalados en dicho acuerdo, quedando supeditado el registro y publicación de la presente innovación al cumplimiento de los mismos.
Tercero. El Ayuntamiento de San Juan del Puerto con fecha 25 enero de 2008 presentó, en cumplimiento de la Resolución emitida por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de fecha 12 de noviembre de 2007, documentación complementaria, constando la misma de Certificado de Acuerdo Plenario de fecha 27 de diciembre de 2007 por la que se aprueba la Corrección Material de Errores del Plan General de Ordenación Urbanística, por el que se da cumplimiento a los condicionantes impuestos en la citada Resolución así como dicho documento debidamente diligenciado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El órgano competente para resolver es la Titular de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Urbanismo de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Segundo. La inscripción y deposito en el Registro de Instrumentos de Planeamiento Urbanísticos, así como su publicación, se realiza en cumplimiento de los artículos 40 y 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 2/2004, de 7 de enero de 2004.
Tercera. Tras el análisis de la documentación complementaria presentada por el Ayuntamiento de San Juan del Puerto, en cumplimiento de Resolución emitida por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 12 de noviembre de 2007, se emitió Informe Técnico favorable de fecha 25 de enero 2008.
RESUELVE
Primero. Declarar subsanada, inscribir en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Espacios y Bienes Catalogados y publicar el mismo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa su inscripción en el correspondiente Registro Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Espacios y Bienes Catalogados.
Segundo. La presente Resolución se notificará a los interesados, en los términos previstos en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativa con competencia territorial según se prevé en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo de 13 de julio, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que puede ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
ANEXO II
DOCUMENTO DE CORRECCIóN DE ERRORES MATERIALES DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIóN URBANíSTICA DE SAN JUAN DEL PUERTO
ANTECEDENTES
El Plan General de Ordenación Urbanística de San Juan del Puerto fue aprobado definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Delegación de Huelva de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, en fecha 31 de mayo de 2005 y publicado en el BOJA número 188 de 26 de septiembre de 2005.
Tras su entrada en vigor, han comenzado a tramitarse las distintas figuras de planeamiento de desarrollo para la transformación de los suelos urbanos no consolidados y urbanizables sectorizados.
El Plan Parcial-05 "Camino de Gibraleón" fue aprobado inicialmente por Resolución de la Alcaldía en fecha 24 de mayo de 2006 y sometido a información pública durante un mes. Se publicó en el diario Huelva Información de fecha 10 de junio de 2006 y en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 115, de 19 de junio de 2006. Así mismo se acordó requerir los informes dictámenes y otro tipo de pronunciamientos de los órganos y entidades administrativos gestores de intereses públicos afectados.
Se envió, por tanto, solicitud de informe a la Delegación Provincial de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento con registro de salida núm. 1088, de 29 de mayo de 2006.
En respuesta a dicha solicitud nos enviaron informe con registro entrada 1854 de fecha 28 de junio de 2006, poniendo de manifiesto que una zona del Dominio Público de la carretera A-49 quedaba incluida dentro del ámbito de actuación del PP-05 "Camino de Gibraleón" por lo que habría de retranquearse el límite de dicho ámbito.
Como contestación a este informe, el Ayuntamiento de San Juan del Puerto les envía un nuevo escrito con registro de salida 2016 de fecha 3 de noviembre de 2006 adjuntándole informe de los Servicios Técnicos Municipales, así como los informes favorables de dicha administración emitidos durante la tramitación del Plan General de Ordenación Urbanística.
El 14 de diciembre de 2006, con registro de entrada 3287, se recibe nuevo informe aclaratorio sobre el Plan Parcial 05 "Camino de Gibraleón" que concluye:
"No obstante lo anterior, se pretende incluir en este Plan Parcial núm. 05 unos terrenos, de titularidad del Estado, afectos a la carretera, expropiados en su día para la construcción de la autopista, ocupados por el camino de servicio de la misma, que es un elemento funcional de la carretera y que por tanto son terrenos de Dominio Público.
Por ser terrenos de Dominio Público no pueden ser incluidos en un Plan Parcial, en el que, por otro lado, no figura como afectado su Propietario y los linderos de la finca núm. 1 no son correctos ya que en la misma se engloba el mencionado camino de servicio.
En cualquier caso, esos terrenos no pueden ser tenidos en cuenta a los efectos de distribución de superficies en dicho Plan Parcial."
CONCLUSIóN
Vistos los anteriores informes y tras las conversaciones mantenidas con el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas se redacta el presente documento para corregir el error material detectado en la delimitación del ámbito de actuación del Plan Parcial-05 "Camino de Gibraleón".
Se retranquea la delimitación del ámbito de actuación dejando fuera la zona afectada al Dominio Público de la A-49. De esta forma, la superficie de actuación del Plan Parcial 05 queda en 189.155,86 m2, en vez de los 191.453,23 m2 que tenía según el PGOU.
La superficie que queda fuera del ámbito de actuación tras esta corrección pasa a ser Dominio Público de la autovía A-49 quedando adscrito al Sistema General de Carreteras.
Se modifican las fichas referentes a este sector contenidas en el PGOU, adaptándolas a la nueva superficie del ámbito de actuación, así como el Plano 16 se sustituye por el Plano 16'-03a-Gestión, Ejecución y Protección. Sirve este plano para dejar constancia de la nueva delimitación del PP-05 "Camino de Gibraleón", que se hará extensiva al resto del documento del Plan General de Ordenación Urbanística de San Juan del Puerto.
Huelva, 25 de febrero de 2008.- El Delegado, Gabriel Cruz Santana.
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