Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
NIG: 4109142C20060031656.
Procedimiento: Juicio Cambiario 1068/2006. Negociado: 4.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: El Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla.
Procuradora: Sra. Susana García Guirado.
Contra: Don Antonio Pozo García y Anro y Yerga Construcciones, S.L.
Procurador: Sr. Víctor Alberto Alcántara Martínez.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Juicio Cambiario 1068/2006, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Veintidós de Sevilla a instancia de El Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla, contra don Antonio Pozo García y Anro y Yerga Construcciones, S.L., sobre Reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Sevilla, a tres de julio de dos mil ocho.
Ilmo. Sr. don Jesús Medina Pérez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Veintidós de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Cambiario 1068/2006 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante El Monte de Piedad y Caja de Ahorros San Fernando de Huelva, Jerez y Sevilla, con Procuradora doña Susana García Guirado y de otra como demandado don Antonio Pozo García y Anro y Yerga Construcciones, S.L., con Procurador don Víctor Alberto Alcántara Martínez, sobre Reclamación de cantidad.
FALLO
Que desestimando los motivos de oposición alegados frente a la demanda deducida por la Procuradora doña Susana García Guirado, en nombre y representación de Cajasol contra don Antonio Pozo García y la entidad Anro y Yerga Construcciones, S.L., sobre reclamación de cantidad, debo despachar y despacho ejecución frente a los demandados por el importe de 18.245,04 euros de principal, más los intereses legales.
Se condena a los demandados al abono de las costas del presente juicio.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la entidad codemandada Anro y Yerga Construcciones, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a doce de mayo de dos mil nueve.- El/La Secretario.
Descargar PDF